<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd='http://schemas.google.com/g/2005' xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855</id><updated>2011-12-23T23:39:48.268+01:00</updated><title type='text'>LAICISMO Y POLÍTICA</title><subtitle type='html'>Creación de las condiciones políticas, jurídicas y sociales idóneas para el pleno desarrollo de la libertad de conciencia. Para debates y comentarios sobre los temas aquí expuestos, nos vemos en Facebook o en mi correo electrónico: 
jfgb1953@yahoo.es</subtitle><link rel='http://schemas.google.com/g/2005#feed' type='application/atom+xml' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/feeds/posts/default'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default?max-results=100'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/'/><link rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>21</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>100</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-5082727917981952741</id><published>2011-12-23T22:57:00.012+01:00</published><updated>2011-12-23T23:39:48.279+01:00</updated><title type='text'>ESPAÑA, UN ESTADO ACONFESIONAL</title><content type='html'>&lt;div&gt;La toma de posesión del nuevo gobierno, donde todos los ministros juran sobre la biblia (es decir, su ley es la biblia y sus cuentas son ante Dios y la Historia, no ante la ciudadanía, como las del general Franco) no es algo nuevo.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5689447715158640066" style="WIDTH: 129px; CURSOR: hand; HEIGHT: 128px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/-GDA-xe4jSjQ/TvT6jY4wRcI/AAAAAAAAAOo/UcDLCogkwWM/s320/TPG1.jpg" border="0" /&gt;&lt;br /&gt;RAJOY&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/-5flZeoza_FQ/TvT7v-E1M6I/AAAAAAAAAO0/Q4yKHCIaHDI/s1600/ADOLFO%2BSU%25C3%2581REZ%2B1.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5689449030811464610" style="WIDTH: 108px; CURSOR: hand; HEIGHT: 133px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/-5flZeoza_FQ/TvT7v-E1M6I/AAAAAAAAAO0/Q4yKHCIaHDI/s320/ADOLFO%2BSU%25C3%2581REZ%2B1.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;ADOLFO SUÁREZ&lt;br /&gt;&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/-BfvWQ9aD6vI/TvT8aU2si-I/AAAAAAAAAPA/cGtVEjNd-GU/s1600/FELIPE%2BGTONZALEZ.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5689449758480698338" style="WIDTH: 124px; CURSOR: hand; HEIGHT: 95px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/-BfvWQ9aD6vI/TvT8aU2si-I/AAAAAAAAAPA/cGtVEjNd-GU/s320/FELIPE%2BGTONZALEZ.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;FELIPE GONZÁLEZ&lt;br /&gt;&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/-DtVnH8okPaY/TvT83Q0Y2TI/AAAAAAAAAPM/ejnWRpMhduI/s1600/AZNAR%2BPAPA.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5689450255613483314" style="WIDTH: 134px; CURSOR: hand; HEIGHT: 98px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/-DtVnH8okPaY/TvT83Q0Y2TI/AAAAAAAAAPM/ejnWRpMhduI/s320/AZNAR%2BPAPA.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;ASNAR (PERDÓN, AZNAR)&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/-12SoelGcdRI/TvT9pke-mHI/AAAAAAAAAPY/H0Q70ydrV5A/s1600/BONO%2BCA%25C3%2591IZARES.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5689451119885850738" style="WIDTH: 132px; CURSOR: hand; HEIGHT: 88px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/-12SoelGcdRI/TvT9pke-mHI/AAAAAAAAAPY/H0Q70ydrV5A/s320/BONO%2BCA%25C3%2591IZARES.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;SAN BONO&lt;br /&gt;&lt;a href="http://2.bp.blogspot.com/-LlOWaG5KziQ/TvT_UbO2xKI/AAAAAAAAAPk/7BT3G-2e74s/s1600/ZAPATERO%2BY%2BBENI%2BAGOSTO%2B2011.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5689452955648312482" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 161px" alt="" src="http://2.bp.blogspot.com/-LlOWaG5KziQ/TvT_UbO2xKI/AAAAAAAAAPk/7BT3G-2e74s/s320/ZAPATERO%2BY%2BBENI%2BAGOSTO%2B2011.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;ZAPATERO&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Y todavía hay quienes ponen en duda la verdad constatable a diario de que España es un Estado aconfesional. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-5082727917981952741?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/5082727917981952741'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/5082727917981952741'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2011/12/espana-un-estado-aconfesional.html' title='ESPAÑA, UN ESTADO ACONFESIONAL'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://4.bp.blogspot.com/-GDA-xe4jSjQ/TvT6jY4wRcI/AAAAAAAAAOo/UcDLCogkwWM/s72-c/TPG1.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-5617932363126129392</id><published>2011-12-04T22:20:00.004+01:00</published><updated>2011-12-04T22:48:55.727+01:00</updated><title type='text'>EL 20N Y LAS CAMISETAS VERDES</title><content type='html'>&lt;a href="http://1.bp.blogspot.com/-TGl4wuGvwPQ/TtvqH-twiKI/AAAAAAAAAOQ/QFGMDq82daE/s1600/monjas%2Bvotando.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5682392777672919202" style="WIDTH: 200px; CURSOR: hand; HEIGHT: 147px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/-TGl4wuGvwPQ/TtvqH-twiKI/AAAAAAAAAOQ/QFGMDq82daE/s320/monjas%2Bvotando.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Han transcurrido ya más de diez días desde las elecciones al Parlamento y al Senado, y aún nos siguen llegando noticias de personas apercibidas por la Junta electoral, y obligadas a declarar ante el juez, por presentarse a la votación vistiendo una camiseta verde con el lema "Escuela pública de &lt;a href="mailto:tod@s"&gt;tod@s&lt;/a&gt; para tod@s".&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Inocentemente, pensaba que la educación era un derecho recogido en nuestra carta magna y que su reivindicación no podía atribuirse a la propaganda hacia ningún partido político en concreto. Al parecer no es así, la Junta Electoral lo ve como un ataque hacia el PP, CIU y partidos de derechas cuyo propósito es acabar con la enseñanza pública. Es coherente con la realidad.&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;El 20N acudí a votar a una hora temprana (hacia las diez de la mañana), y me crucé con numerosos grupos de monjas de colegios religiosos vestidas con su hábito, además de con algún cura de traje negro y de clériman...&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;No sé, no veo coherencia alguna en la Junta electoral. La Iglesia católica hace constantemente propaganda política, contra los matrimonios homosexuales, contra el divorcio, contra la interupción del embarazo, contra las parejas de hecho... ¿Con qué criterio sí se permite acceder a las urnas, uniformados y haciendo propaganda indirecta a favor del PP, a estos fantoches, cuando, además, numerosos colegios electorales están presididos por un crucifijo?&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Parece que los principios de libertad y de igualdad brillan aquí por su ausencia.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-5617932363126129392?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/5617932363126129392'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/5617932363126129392'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2011/12/el-20n-y-las-camisetas-verdes.html' title='EL 20N Y LAS CAMISETAS VERDES'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://1.bp.blogspot.com/-TGl4wuGvwPQ/TtvqH-twiKI/AAAAAAAAAOQ/QFGMDq82daE/s72-c/monjas%2Bvotando.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-7077775791490023424</id><published>2011-09-13T09:13:00.009+02:00</published><updated>2011-09-14T07:34:28.766+02:00</updated><title type='text'>EL LAICISMO EN EL TEXTO 6 REVOLUCIONES</title><content type='html'>&lt;a href="http://1.bp.blogspot.com/-Xd8PmdsAceg/Tm8Fs4lEU2I/AAAAAAAAAOI/_qlKFl3q-QI/s1600/IU.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5651742326033503074" style="WIDTH: 122px; CURSOR: hand; HEIGHT: 109px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/-Xd8PmdsAceg/Tm8Fs4lEU2I/AAAAAAAAAOI/_qlKFl3q-QI/s320/IU.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;BORRADOR DEL PROGRAMA ELECTORAL DE IU, TITULADO “CONVOCATORIA SOCIAL PARA 6 REVOLUCIONES”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;Comento (en cursivas y negritas) lo relativo al laicismo en el texto propuesto por IU, para distinguirlo de los párrafos originales del mismo.&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;LAICIDAD.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;El término “laicidad” es un préstamo reciente en nuestro idioma para evitar la palabra “laicismo”. La intención de ese nuevo vocablo ha sido y es la de defender la noción de “Estado laico” como un estado multiconfesional o pluriconfesional, ignorando o marginando las creencias y convicciones de carácter no religioso. Si la intención de IU es la de defender la libertad de convicciones, independientemente del carácter religioso o no religioso de las mismas, sería conveniente hablar en todo momento de laicismo para evitar ambigüedades.&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;El laicismo supone la existencia de las condiciones políticas, jurídicas y sociales que permiten garantizar el derecho al pleno ejercicio de la libertad de conciencia en cualquiera de sus manifestaciones y en un plano de igualdad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;Esta definición me parece bastante más próxima a los planteamientos que se hacen desde el movimiento laicista, pero sería deseable concretar un poco más lo que entendemos por “conciencia”. Utilizamos este término en su doble acepción: como conciencia moral y como “consciencia”, es decir como algo asimilable a reflexión o a pensamiento. Fundamos nuestra exigencia en la Declaración universal de derechos humanos de 1948 y, más detalladamente, en la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminacion fundadas en la religion o las convicciones proclamada por la asamblea general de las naciones unidas el 25 de noviembre de 1981. Aquí se despliegan los artículos de la DU relativos a la libertad de conciencia como “Libertad de conciencia, de pensamiento, de religión o de cualesquiera convicciones de libre elección”.&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Hoy no existen tales condiciones porque el carácter aconfesional aludido en la Constitución viene negado con la afirmación del Art. 16.3 de que “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;Así es. Pero convendría subrayar el hecho de que se ignora la libertad de convicciones de libre elección, limitando las creencias o convicciones a las que tienen un carácter religioso.&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Esas relaciones se sustentan en: Concordato del año 53, los Acuerdos con la Santa Sede en 1979 y en la ley de Libertad Religiosa de 1980 que amparan subvenciones, privilegios fiscales, presencia y simbología religiosa en instituciones públicas..., negando el principio de separación entre Iglesias y Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;Aquí hay un error de forma que debería corregirse. En efecto, aunque modificada en todo su contenido, la estructura concordataria de 1953 se mantiene vigente gracias al Acuerdo Base de 1976, del que emanan los acuerdos de 1979. En lo que a la Ley de libertad religiosa se refiere, se consagra la negación de creencias o convicciones de carácter no religioso, consideradas como “ausencia de creencias o convicciones”. Esto tiene múltiples consecuencias, pero es de suma importancia la repercusión en todas las leyes orgánicas sobre el derecho a la educación, de la LODE a la LOE, que interpretan de una manera sesgada la DU de 1948, hablando del derecho de los padres a educar a sus hijos en sus convicciones religiosas y de hacerlo en la enseñanza de itinerarios oficiales (artículo 27.3 de la Constitución).&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Proponemos:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Eliminar cualquier tipo de financiación pública, exención fiscal o administrativa, donación de suelo público o subvención directa a instituciones religiosas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Suprimir todo tipo de simbología religiosa en los actos y espacios públicos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los actos confesionales no tendrán carácter “oficial”. Ningún funcionario público participará en su condición de tal. No debe haber ninguna ostentación de fe en la Jefatura del Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Respetar en la escuela el pluralismo ideológico y la libertad de conciencia de alumnado y profesorado, suprimiendo el adoctrinamiento religioso o la exhibición de símbolos confesionales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La formación religiosa, para quien la desee, debe quedar fuera de la enseñanza oficial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No puede haber financiación pública para los centros educativos con ideario religioso u otro que suponga exclusión y segregación ideológica o de cualquier otro tipo para el alumnado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Suprimir la obligación de declarar sobre las creencias, o sobre la ausencia de ellas, en cualquier tipo de documentación civil.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;En este punto se está utilizando el lenguaje de lo que se critica. Basta con exigir que el artículo 16.2 de la Constitución no sea una burla: “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.”&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Excluir de los centros públicos la presencia institucional de clérigos. &lt;strong&gt;&lt;em&gt;Ojo: no todos los profesores de religión católica son clérigos.&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Facilitar que cualquier ceremonia civil pueda celebrarse dignamente al margen de connotaciones religiosas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para fortalecer la convivencia en un plano de igualdad reivindicamos: incorporar conmemoraciones civiles al calendario laboral y escolar, nombres de personas ilustres de todas las tradiciones al callejero municipal, denominación neutra de las vacaciones escolares, igual acceso a los medios de comunicación públicos, eliminando el privilegio de trato concedido a sectores confesionales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;Esta serie de propuestas podría ir acompañada de la intención de IU de presentar una proposición de Ley orgánica de libertad de conciencia que sustituya la actual Ley de libertad religiosa. En su momento, José Luis Andrino y yo fuimos comisionados para elaborar el texto de esa presunta ley, que reproduzco a continuación:&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;&lt;em&gt;PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE LIBERTAD DE PENSAMIENTO, DE CONCIENCIA, DE RELIGIÓN O DE CONVICCIONES.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ANTECEDENTES&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.&lt;br /&gt;-Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981.&lt;br /&gt;-Constitución española de 1978.&lt;br /&gt;-Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de libertad religiosa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Constitución española de 1978, en su artículo 10.2, obliga a los poderes públicos a interpretar los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Dicha Declaración Universal establece, en su artículo 18, el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de convicción. Por otra parte, el referido artículo 18 de la DU ha sido prolijamente interpretado por la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981. La mencionada interpretación insiste a lo largo de todo su articulado en el derecho indivisible a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de cualesquiera convicciones de libre elección, poniendo, pues, de relevancia la estricta consideración de igualdad entre las convicciones de carácter religioso y las convicciones de carácter no religioso, e instando a la eliminación de toda forma de discriminación fundada en la religión o en las convicciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sin embargo, de este derecho fundamental a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones de libre elección no se ha hecho ningún desarrollo legislativo en España desde la Constitución de 1978 que garantice su ejercicio, como eje vertebrador de los derechos humanos y de la democracia, dando a los ciudadanos la consideración de hombres y mujeres libres e iguales, aptos para participar desde estos supuestos en la vida política y social.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por el contrario, este derecho indivisible a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones de libre elección ha sido fragmentado y sesgado por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, discriminando negativamente las opciones de pensamiento, de conciencia o de convicciones de carácter no religioso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por todo ello, la presente ley orgánica de libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones pretende superar ese vacío legal tratando de ser extensiva y sensible a todas las posibles opciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 1.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a. Se garantiza el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de cualesquiera convicciones de libre elección a todas las personas físicas del territorio del Estado español.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;b. Ya que a las personas físicas se les reconoce el derecho a asociarse libremente para defender de manera colectiva sus opciones de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones, también quedan bajo el amparo de esta ley las entidades de carácter religioso así como las entidades formadas en torno a convicciones filosóficas o ideológicas de carácter no religioso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;c. Quedan fuera del ámbito de protección de la presente ley orgánica los partidos políticos, ya que, por su papel institucional en la formación de los poderes públicos, se rigen por una normativa especial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 2.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. La libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona física a:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a. Profesar las creencias o convicciones que libremente elija, independientemente del carácter religioso o no religioso de las mismas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;b. Cambiar de religión o de convicciones o abandonar las que tenía. Los poderes públicos velarán porque ninguna organización religiosa o no religiosa pueda impedir o dificultar el ejercicio de este derecho.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;c. Manifestar sus propias creencias o convicciones o abstenerse de declarar sobre ellas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;d. Practicar los actos, sean cultuales o no, y recibir asistencia de organizaciones afines a sus creencias o convicciones personales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;e. Conmemorar sus festividades.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;f. Celebrar sus ritos matrimoniales. Este derecho se ejercerá sin perjuicio de que el Estado español sólo reconozca el matrimonio contraído ante las autoridades públicas habilitadas para ello, debidamente inscrito en el registro civil, mediante un procedimiento único para todos los ciudadanos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;g. Recibir sepultura digna. Los cementerios serán de titularidad pública y en los tanatorios se asegurará que todos los familiares de los difuntos, sin exclusión alguna por motivos de religión o de convicciones, puedan celebrar las ceremonias que les parezcan pertinentes. Ningún símbolo, icono o emblema de cualquier tipo, representativo de una religión o de una ideología particular, podrá presidir estos espacios públicos, a excepción de los que a los familiares del difunto les parezca oportuno utilizar en el transcurso de las ceremonias y los que deseen exhibir en la sepultura del fallecido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;h. No ser obligado a participar en actos, sean o no de culto, propios de creencias o convicciones particulares ni a recibir asistencia religiosa o moral contraria a sus propias convicciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;i. Recibir e impartir enseñanza en materia de religión o de convicciones, en los locales apropiados para ello, así como publicar y difundir información religiosa, filosófica o ideológica de todo tipo, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;j. Reunirse o manifestarse públicamente y asociarse para desarrollar colectivamente las actividades propias de su religión o de su sistema de convicciones, de conformidad con el ordenamiento jurídico general y lo dispuesto en la presente ley orgánica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. En el ámbito familiar, la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones comporta el derecho de los padres o, en su caso, los tutores legales del niño a:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a. Organizar la vida dentro de la familia de conformidad con su religión o sus convicciones y habida cuenta de la moral, religiosa o no religiosa, en la que crean que debe educarse el niño.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;b. Todo niño gozará del derecho a tener acceso a educación en materia de religión o de convicciones no religiosas, ofrecida por las distintas entidades religiosas o de carácter filosófico o ideológico, en los locales habilitados por ellas con este fin, conforme con los deseos de sus padres o de sus tutores legales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;c. Ningún niño será obligado a instruirse en una religión o en un sistema de convicciones contra los deseos de sus padres o de sus tutores legales, sirviendo de principio rector el interés superior del niño.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;d. El niño estará protegido frente a cualquier forma de discriminación por motivos de religión o de convicciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;e. La práctica de la religión o de las convicciones en que se educa un niño no deberá perjudicar su salud física o mental ni su desarrollo integral.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;f. Los poderes públicos son responsables de disponer una red de centros de enseñanza completamente aconfesionales, no adscritos a ninguna convicción particular religiosa, filosófica o ideológica, para asegurar la educación en los itinerarios oficiales a todos y cada uno de los ciudadanos, independientemente de las convicciones particulares de estos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3. Así mismo, comprende el derecho de las Iglesias, confesiones, comunidades religiosas y organizaciones ideológicas o filosóficas de carácter no religioso a establecer lugares donde desarrollar sus actividades, a designar a sus ministros o a sus dirigentes, a divulgar y propagar sus propias creencias o convicciones, y a mantener relaciones con otras organizaciones, sea en territorio nacional o en el extranjero.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;4. Para la aplicación real y efectiva de estos derechos, los poderes públicos permitirán la asistencia religiosa, así como la asistencia psicológica o moral de carácter no religioso libremente elegida, en los establecimientos públicos militares, hospitalarios, asistenciales, penitenciarios y otros de su dependencia. Las personas encargadas de estas labores asistenciales, sean religiosas o no, en ningún caso tendrán graduación militar ni carácter de funcionarios o de empleados públicos, ni serán remuneradas por la Administración.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 3.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El ejercicio de los derechos dimanantes de la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones tiene como único límite la protección del derecho de los demás al ejercicio de las libertades públicas y derechos fundamentales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 4.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los derechos reconocidos en esta ley orgánica, ejercitados dentro de los límites que la misma señala, serán tutelados mediante amparo judicial ante los Tribunales Ordinarios y amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 5.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. Las Iglesias, confesiones y comunidades religiosas, así como las asociaciones y organizaciones filosóficas o ideológicas constituidas en torno a convicciones de carácter no religioso, y sus respectivas federaciones, gozarán de personalidad jurídica una vez inscritas en el correspondiente Registro Público que se crea, a tal efecto, en el Ministerio de Justicia. Dicho registro público será único y comprenderá todas las asociaciones religiosas, ideológicas, filosóficas y humanitarias que se acojan a la presente ley orgánica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. La inscripción se practicará en virtud de solicitud, acompañada de documento fehaciente en el que conste su fundación o establecimiento en España, expresión de sus fines ligados a creencias religiosas o a convicciones de carácter no religioso, denominación y demás datos de identificación, régimen de funcionamiento y órganos representativos, con expresión de sus facultades y de los requisitos para su válida designación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3. El Estado reconoce la personalidad jurídica de las entidades religiosas y no religiosas que gocen de ella en la fecha de entrada en vigor de esta ley. Transcurridos tres años, sólo podrán justificar su personalidad jurídica mediante la certificación de su inscripción en el Registro Único al que se refiere la presente ley orgánica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;4. La cancelación de los asientos relativos a una determinada entidad (religiosa o no religiosa) sólo podrá llevarse a cabo a petición de sus órganos representativos o en cumplimiento de sentencia judicial firme.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 6.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. Las Iglesias, confesiones, comunidades religiosas y entidades filosóficas o ideológicas no religiosas inscritas tendrán plena autonomía y podrán establecer sus propias normas de organización, régimen interno y régimen de su personal. En dichas normas, así como en las que regulen las instituciones creadas por aquellas para la realización de sus fines, podrán incluir cláusulas de salvaguarda de su identidad y carácter propio, sin perjuicio del respeto a los derechos fundamentales y en especial a los principios de libertad, igualdad y no discriminación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. Aquellas Iglesias, confesiones, comunidades religiosas o entidades no religiosas, así como las asociaciones, fundaciones e instituciones creadas por ellas para el cumplimiento de sus fines, que no se atengan a dicho precepto de no lesionar derechos fundamentales ni los principios de libertad, igualdad y no discriminación, tras la correspondiente denuncia por parte de un ciudadano particular o de una entidad pública o privada con personalidad jurídica, y en caso de sentencia judicial firme condenatoria, serán disueltas y confiscados sus bienes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 7.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. Los poderes públicos velarán por que el derecho indivisible a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones pueda ser ejercido, individual o colectivamente, por todos y cada uno de los ciudadanos en plenas condiciones de igualdad, evitando cualquier forma de privilegio o de discriminación por motivos de religión o de convicciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. Los representantes políticos y de la Administración actuarán, en el ejercicio de sus funciones, como representantes que son de toda la ciudadanía y no de una convicción particular de carácter religioso o no religioso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3. En los actos promovidos por los poderes públicos, el clero de las distintas religiones o los dirigentes de ideologías particulares pueden estar presentes como miembros de la sociedad civil, no como autoridades civiles o militares.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;4. Los funerales y ceremonias de Estado (incluyendo los organizados por entidades intraestatales) no se atendrán a la liturgia ni el ritual de ningún culto, sin perjuicio de que, a título privado, los familiares de los fallecidos puedan celebrar las propias de su confesión o alguna ceremonia de carácter laico.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;5. Los organismos e instituciones del Estado, así como los edificios y espacios de titularidad pública, estarán libres de símbolos, iconos y ornamentos religiosos o de ideologías particulares, de manera que todos los ciudadanos puedan sentirlos igualmente próximos, independientemente de sus creencias personales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;6. No se subvencionará con dinero público ninguna Iglesia, confesión o comunidad religiosa, como tampoco ninguna asociación filosófica o ideológica de carácter no religioso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;7. No se remunerará con dinero público a los ministros de culto de ninguna confesión ni a los enseñantes y propagadores de su doctrina, y en ningún caso tendrán estos la condición de funcionarios o de empleados públicos, ya que así se vulnera frontalmente el artículo 14 de la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores, además de los principios de igualdad y de no discriminación recogidos en esta ley orgánica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Disposición transitoria primera.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El gobierno desarrollará las disposiciones reglamentarias necesarias para la organización del Registro Único y todas sus implicaciones de gestión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Disposición transitoria segunda.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los privilegios y las discriminaciones existentes, resultantes de la legislación anterior, deberán ser corregidos en un plazo máximo de cinco años desde su entrada en vigor de la presente ley orgánica. Queda derogada toda normativa legal que entre en contradicción con ella.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Disposición abrogatoria primera.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Quedan abrogados los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede de 1976 y 1979, por entrar en contradicción con esta ley orgánica, con los principios de libertad, de igualdad y de no confesionalidad del Estado recogidos en la Constitución y con una legislación supranacional de rango superior, como es la Declaración Universal de 1948 y la Declaración de 25 de noviembre de 1981.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Disposición abrogatoria segunda.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Se abrogan igualmente, por las mismas razones, los Acuerdos con las Confesiones minoritarias de 1992, que podrán acogerse en lo sucesivo, al igual que la Iglesia Católica, a lo dispuesto en la presente ley orgánica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Disposición abrogatoria tercera.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Queda derogada la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa.&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-7077775791490023424?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/7077775791490023424'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/7077775791490023424'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2011/09/el-laicismo-en-el-texto-6-revoluciones.html' title='EL LAICISMO EN EL TEXTO 6 REVOLUCIONES'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://1.bp.blogspot.com/-Xd8PmdsAceg/Tm8Fs4lEU2I/AAAAAAAAAOI/_qlKFl3q-QI/s72-c/IU.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-1381939642865968243</id><published>2011-08-30T16:59:00.004+02:00</published><updated>2011-08-30T17:34:23.793+02:00</updated><title type='text'>PRINCIPIOS BÁSICOS DE LAICISMO</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/-USG7RVn1u_E/Tl0ChTMK8DI/AAAAAAAAAOA/3tf1Dk3byiE/s1600/religi%25C3%25B3n%2Bfuera%2Bescuela.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5646672278902730802" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 246px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/-USG7RVn1u_E/Tl0ChTMK8DI/AAAAAAAAAOA/3tf1Dk3byiE/s320/religi%25C3%25B3n%2Bfuera%2Bescuela.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;Se recogen en esta entrada artículos breves de Jesús Espasandín y de Juan Francisco González que formaban parte del blog “Curso básico de laicismo”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DEFINICIÓN DE LAICISMO&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;sábado 26 de marzo de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Si pretendo saber en qué consiste el laicismo, lo más fácil es acudir al diccionario. Y aquí me encuentro con la definición malintencionada y distorsionadora de la Real Academia Española. Según ella, el laicismo es la "Doctrina que defiende la independencia del hombre o de la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa."&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ya que desde sus orígenes, de Pierre Bayle a Condorcet, lo que se ha defendido desde este movimiento es la libertad de conciencia y de pensamiento, parece que la definición de la RAE se basa en cualquier cosa salvo en la observación de las propuestas y de los textos laicistas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Entendemos el laicismo como el establecimiento de las condiciones políticas, jurídicas y sociales idóneas para el pleno desenvolvimiento de la libertad de conciencia. Partiendo de este postulado, no veo de qué manera podríamos "proteger" al hombre y a la sociedad de cualquier tipo de influencia ideológica, sea esta o no de carácter religioso. Otra cosa es la exigencia de un Estado laico, independiente de toda doctrina particular y sometido al control democrático de los ciudadanos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los hombres (y mujeres) en tanto que individuos, así como el conjunto de la sociedad civil, son permeables a todo tipo de influencias. Lo que importa es que esta capacidad que tenemos de influir en nuestro prójimo no se realice desde situaciones privilegiadas, no se ejerza como injerencia o como coacción, desde organizaciones enquistadas en los organismos e instituciones del Estado, con sus ministros de culto convertidos en poderes públicos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;LIBERTAD DE CONCIENCIA&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;sábado 26 de marzo de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Vamos, pues, al punto dos: qué entendemos por libertad de conciencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los laicistas solemos utilizar este término en su doble acepción: libertad de conciencia, en el sentido de conciencia moral, y libertad de conciencia en el sentido de "consciencia", es decir, como algo sinónimo de reflexión o de pensamiento.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Parece que en principio esto es obvio: cualquier hombre o mujer que se precie, en el marco de una convivencia democrática, podría exigir el derecho a juzgar y a pensar (con libertad de expresar lo que juzga y lo que piensa).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Nuestro movimiento considera que la libertad de conciencia no es sólo un derecho fundamental, sino que es el eje vertebrador de los derechos humanos. Sin esta capacidad de saber y de exigir el ejercicio de los derechos fundamentales que nos atañen, estos se convertirían en "cartas otorgadas", en algo parecido a cuando hablamos de los "derechos de los animales". Por mucha que sea nuestra voluntad de protegerlos de los maltratos de los humanos, no veo por el momento la posibilidad de que por ellos mismos los reivindiquen, de que los lleven a los juzgados y a los parlamentos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;COMPLEMENTOS A LA DEFINICIÓN DE LAICISMO&lt;br /&gt;Jesús Espasandín López.&lt;br /&gt;martes 29 de marzo de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Me permito repetir, subrayada, la definición de laicismo: &lt;strong&gt;&lt;em&gt;el establecimiento de las condiciones políticas, jurídicas y sociales idóneas para el pleno desenvolvimiento de la libertad de conciencia&lt;/em&gt;&lt;/strong&gt;, porque su rigor y minimalismo expresivo es el mejor cimiento sobre el que levantar toda la estructura conceptual que necesitamos los laicistas para definir nuestros objetivos. Su contraste con la equívoca definición de la RAE, permite reflexionar sobre algunas cuestiones complementarias a las ya comentadas por Juan Francisco, a fin de salir al paso de varios equívocos muy usuales y frecuentemente interesados:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1º: La definición de la RAE, al identificar el laicismo con la doctrina que defiende la independencia del hombre o de la sociedad... de las confesiones y organizaciones religiosas, presenta a aquel como crítico global de tales creencias y organizaciones, lo que equivale a mostrarle como antirreligioso y anticlerical. Pero el laicismo, solo puede contemplar críticamente a las religiones o sus organizaciones en tanto estas se definan y comporten respecto al objetivo de la libertad de conciencia. Por ello, el laicismo no es antirreligioso, sino arreligioso, pues nada tiene que decir respecto a las creencias religiosas, salvo los aspectos de estas (o las hermeneuticas que se hagan de ellas) que se pronuncien negativamente respecto a la libertad de conciencia, en cuyo caso estará en inevitable beligerancia con ellos. De igual forma no es anticlerical, pues no se opone a que los creyentes religiosos se organicen y doten de autoridades en sus creencias, aunque será anticlericalista cuando ese clero haga clericalismo, es decir cuando pretenda actuar desde o en el ámbito de lo público. Por cierto que aquí la RAE introduce nuevamente confusiones, pues si bien define como clericalismo la “influencia excesiva del clero en los asuntos políticos” no acuña el término anticlericalista para designar a quien se opone a ello, mientras que designa como anticlerical en primera acepción al contrario al clericalismo y en segunda al contrario al clero. ¡Que paradoja, la RAE nos obliga a los laicistas a enmendarle la plana defendiendo que no siempre ni todo el clero hace clericalismo!&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2º. La definición de la RAE puede también verse desde otro ángulo, el de contemplar las organizaciones o confesiones religiosas como únicos referentes “atacados” por el laicismo, lo que impulsa a identificarle o confundirle con las organizaciones y creencias ateas. El laicismo sabe que la libertad de conciencia está constreñida desde un magma de múltiples poderes dominantes: políticos, económicos, mediáticos, ideológicos... y, por supuesto, religiosos. Consecuentemente, debe enfrentarse a cualquiera de esas múltiples dimensiones desde las que se atenta contra la libertad de conciencia. El laicismo actual, nacido de la Ilustración y la Revolución Francesa, ha dejado su poso histórico de lucha contra el primordial represor de la libertad de conciencia de esa época, representado por la Iglesia Católica y su enjarge con el aparato del Estado, favoreciendo esa identificación equívoca. A ello se acumula el poso de nuestro reciente pasado de dictadura nacionalcatólica y la brutal herencia de privilegios e incrustaciones en el ámbito publico del aparato eclesial de la Iglesia Católica acumulada tras la transición, lo que sitúa ese frente como el de mayor dimensión en la lucha por la libertad de conciencia en nuestra realidad concreta. Pero eso no obsta para tener presente que el siglo XX ha permitido conocer brutales formas de conculcación de la libertad de conciencia practicadas desde poderes e ideologías ajenos a lo religioso e incluso contrarios a las confesiones religiosas. El laicismo en el siglo XXI debe tener muy claro su antagonismo con tales contenidos y practicas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;LAICISMO Y ANTICLERICALISMO&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;miércoles 30 de marzo de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Me sumo completamente a las precisiones de Jesús, y me gustaría matizar algunas nociones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En ocasiones he utilizado los adjetivos "anticlerical" y "anticlericalista" por la necesidad fáctica de definir conceptos... Por "anticlerical" muchos diccionarios mal informados o mal intencionados entienden "hostilidad al clero", así, por las buenas... Es cierto que en periodos críticos de nuestra historia esa hostilidad se concretó en abominables realidades de grupos incontrolados que hicieron un flaco favor a la II República. Por eso en mis conferencias utilicé el término "anticlericalista" para señalar la oposición a que el clero se enquiste, como autoridades, como poderes públicos, en las instituciones y organismos del Estado... Poderes, claro está, no sometidos a ningún control democrático...&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Recuerdo, incluso, que en algún momento utilicé la comparación "antimilitar" / "antimilitarista". Un militar profesional no puede ser "antimilitar", ya que su deber es defender a los ciudadanos de un Estado de beligerancias externas. Pero sí está obligado a ser "antimilitarista", ya que el militarismo supondría una suplantación de los poderes civiles designados democráticamente por poderes militares que deberían estar destinados a ser un brazo armado de aquellos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sí, hay ocasiones en las que tenemos que pasar por los adjetivos, sujetos a múltiples distorsiones, para poder abordar los sustantivos... Y los sustantivos, historicamente, son el "clericalismo" y el "anticlericalismo". Ambos no son nuevos (son anteriores al laicismo), y se han dado en Estados confesionales, tratando de definir la frontera entre "poder temporal" y "poder espiritual". Recordemos, sencillamente, la lucha por las investiduras: es decir, la capacidad de designar obispos (autoridades civiles) por parte del Emperador o por parte del Papa... El "anticlericalismo" es, pues, algo muy anterior a nuestro movimiento, y ha estado siempre bien presente en Reyes y Emperadores de misa diaria mucho antes de que se hablara de laicismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El laicismo comporta una forma de anticlericalismo, pero es una forma definida que no debe confundirse con otras. Sólo reconocemos como poderes públicos legítimos los que emanan del control democrático y de los principios inherentes al mismo de libertad y de igualdad. Aquí el clero, dentro de los organismo e instituciones del Estado, no tiene nada que hacer... Y nada le impide al señor Rouco presentarse a título personal a unas elecciones municipales o fundar un partido político.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;CONCIENCIA COMO ATRIBUTO DEL INDIVIDUO&lt;br /&gt;Jesús Espasandín López.&lt;br /&gt;viernes 1 de abril de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;La conciencia anida en cerebro de cada ser humano. Es la función del cerebro como mente, como producto de las actividades y procesos psíquico-físicos del mismo. Este hecho permite afirmar que el ser humano, como ser individual es el único soporte psicofísico en el que puede darse la conciencia. Todas las disquisiciones filosóficas habidas en la historia de la humanidad acerca de la conciencia no pueden alterar el conocimiento científico de este hecho: la conciencia es un atributo exclusivo del ser individual. Ello implica la imposibilidad de que la conciencia pueda concebirse como perteneciente a dos o más personas, es decir, como fenómeno social, pues la sociedad o grupos de ella carecen de mente común y, por tanto, de conciencia colectiva.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El imposible psicofísico de existencia de conciencias colectivas debe servirnos para esclarecer que hablar de conciencia de grupos solo tiene un sentido meramente metafórico, para aludir a la existencia de sintonías o afinidades entre grupos de personas en torno a algunas formas de pensar o de sentir. Sin embargo, la realidad social está impregnada de herencias culturales que transmiten confusión sobre ello, con importantes consecuencias. Veamos dos ejemplos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La jerarquía eclesiástica católica sostiene la creencia de que sus fieles, a través del bautismo, se fusionan con el cuerpo y el alma de Cristo, constituyéndose así la conciencia de la Iglesia como conciencia colectiva de sus fieles (al fusionarse estos en el Corpus Christi). Esto, que no tendría mayor importancia si se interpretase en un sentido simbólico o metafórico, adquiere dimensiones públicas de consecuencias negativas para millones de personas cuando trasciende al ámbito jurídico. En España, cuando la Constitución establece en su artículo 16 que “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades...” se produce un grave equívoco al atribuir a las comunidades identidades ideológicas equivalentes a las de los individuos, lo que en los hechos conduce a la subordinación de estas a aquellas. Así, cuando nuestro Estado destina miles de millones de euros a la Iglesia Católica como comunidad religiosa no solo discrimina a los ciudadanos ajenos a la misma sino que privilegia a la jerarquía eclesiástica, quien realmente define e impone la ideología “oficial” de este grupo, discriminando a la ideología individual real de la mayoría de católicos, claramente contradictoria con la de sus “autoridades”, como muestran las estadísticas elaboradas por el Centro de Investigaciones Sociológicas. Con este mecanismo pagado por todos los ciudadanos, la conciencia de Rouco Varela, negadora hasta del uso de anticonceptivos, se pretende inculcar como conciencia colectiva a los católicos, a pesar de que estos los usan en su inmensa mayoría atendiendo a su libertad de conciencia. Hay que convenir que si existiera la tal conciencia colectiva católica padecería una esquizofrenia de tamaño descomunal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La herencia de siglos de esta falacia de la conciencia colectiva ha llegado a impregnar incluso al ámbito académico en la obra de algunos sociólogos como Durkheim, o en filósofos como Hegel y hasta en ideologías políticas como las fascistas, en las que se resaltan las afinidades existentes en grupos sociales como virtudes cívicas superiores a las del individuo aislado, hasta convertirlas en identidades del grupo social que deben protegerse y prevalecer por encima del ser individual. La subordinación de la libertad de conciencia del individuo a la del grupo en el que se le considera incluido (religión, nación, raza...) y la ignorancia de las contradicciones inevitables entre los grupos de identidades así concebidas, ha inundado la Tierra de bárbaros enfrentamientos, de guerras de religión, de guerras mundiales, de holocaustos y crímenes contra la humanidad...y los sigue provocando. Sin embargo, hoy todavía se defiende como virtud cívica la formación de comunidades identitarias (comunitarismos) que deben privilegiarse y trascender públicamente a la libertad de conciencia de los ciudadanos. Lo más penoso es que esta peligrosa creencia en la falacia de la conciencia colectiva también impregna de confusión al movimiento laicista. Autores como Rafael Díaz Salazar, productor de una extensa obra presentada como laicista, en sintonía con otros intelectuales como Victoria Camps y personalidades vinculadas al PSOE hacen una defensa de la necesidad del reconocimiento público de las comunidades religiosas como portadoras de virtudes cívicas, de roles positivos que exigen de tratamientos privilegiados diversos que, obviamente, deben canalizarse a través de sus jerarquias. Este “laicismo” que privilegia por tanto la conciencia colectiva frente a la libertad de conciencia necesita diferenciarse con apellidos, según grados o matices respecto a esa cuestión: “laicismo inclusivo o laicismo de inclusión” (Gomez Llorente, Santesmases...), “nueva laicidad” (Morineau, Vidal Fernandez...), "laicidad abierta"...cuando no procede directamente a oponerse al término laicismo intentando sustituirle por el de laicidad en una auténtica pirueta del lenguaje (Peces Barba, Victoria Camps). Evidentemente, esto de la conciencia colectiva produce mucha confusión en algunas conciencias individuales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;LAICISMO Y ATEÍSMO&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;viernes 1 de abril de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Otra de las pertinentes observaciones de Jesús sobre la definición de laicismo, atendiendo al hincapié que se hace en reclamar la independencia del Estado con respecto a las confesiones religiosas, merece ser comentada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En efecto, si la noción de Estado laicista que propugnamos solo se opone a las injerencias y a las coacciones del clero de cualquier religión sobre los individuos, es fácil llegar a la conclusión de que laicismo es igual a ateísmo institucionalizado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Volvemos a la definición inicial: el laicismo persigue "la libertad de conciencia, de pensamiento y de cualesquiera convicciones de libre elección, incluidas las religiosas, como un derecho de los individuos, de los seres humanos, hombres y mujeres, tomados de uno en uno".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La simple separación de un Estado de las iglesias o de las confesiones religiosas no es garantía, en sí misma, de la libertad de conciencia, de pensamiento y de convicciones... Si pensamos en un Estado como la China actual, o en un conjunto de Estados como la antigua Unión Soviética, es evidente que esas condiciones de libertad de pensamiento y de conciencia no están presentes...&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El laicismo actual debería estar atento a todas las formas de coacción a la libertad de conciencia, más allá de las que provienen de las confesiones religiosas&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;EL ATEÍSMO COMO OPCIÓN POLÍTICA&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;martes 5 de abril de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Además de los motivos ya expuestos en anteriores entradas, existe otra serie de razones por las que el laicismo y el ateísmo no deben ser confundidos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El laicismo es una propuesta política, o una serie de propuestas políticas, con la finalidad de establecer un Estado democrático, regido por los principios de libertad y de igualdad, cuya misión es velar por los derechos fundamentales de los ciudadanos, tomando como eje vertebrador de los mismos la libertad de conciencia, de pensamiento y de cualesquiera convicciones de libre elección.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El ateísmo (como el agnosticismo) no es una propuesta política, sino tan sólo una manifestación negativa de carácter individual y privado acerca de las creencias de corte espiritual o religioso. Decir “no creo en Dios” o “no creo en los dioses” o “no me pronuncio sobre ningún tipo de creencia religiosa” es algo completamente vacío de contenido como alternativa política.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Mis opciones políticas nada tienen que ver con las del señor Gustavo Bueno, por poner un ejemplo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por su parte, las religiones conllevan siempre un proyecto político. El Antiguo Testamento contiene una serie de instrucciones destinadas al “pueblo elegido” para organizar su sociedad aquí, en la Tierra. El cristianismo es, desde su fundador, San Pablo, y de su teórico de la Iglesia institucionalizada, San Agustín, un compendio de normas políticas sobre nuestra vida aquí, en la Tierra. El Corán es un código civil y penal extremadamente prolijo… Frente a eso, ateísmo y agnosticismo no son más que negatividad, creencias (o ausencia de creencias) que se remiten al individuo y a su vida privada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El laicismo es afirmación y debe expresar de manera asertiva su proyecto. Un proyecto que pueden compartir muchos agnósticos y ateos, pero también muchos creyentes de diferentes religiones que solo aceptan a sus ministros de culto como tales, y no hacen de ellos sus representantes políticos, y mucho menos sus líderes natos en materias terrenales, en las normas por las que debe regirse la sociedad civil y la constitución del Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;CONCIENCIA COMO SABER Y CREENCIA&lt;br /&gt;Jesús Espasandín López.&lt;br /&gt;martes 5 de abril de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;La conciencia de cada persona está constituida por el conjunto de juicios a través de los cuales conoce, o cree conocer, la realidad en que vive, a sí mismo, lo que está bien o mal, etc. Vimos que esa conciencia es un atributo exclusivo del individuo, aspecto relevante para el laicismo, como también lo es diferenciar en ella la naturaleza distinta de dos tipos de juicio: los conocimientos o saberes y las creencias.&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Ya Sócrates, según Platón, diferenciaba nítidamente el saber de la creencia. Para el individuo que sabe y cree ambas cuestiones pueden parecerle similares, pues está persuadido de la veracidad de ambas. Pero mientras que el saber es un conocimiento válido para todos, objetivo, la creencia no lo es, es un convencimiento meramente personal, subjetivo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Casi 2500 años después la dicotomía entre saber y creer se mantiene en cada uno de nosotros.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El campo del saber, es decir, la ciencia, ha experimentado un desarrollo inmenso. Nuestra conciencia hoy contiene gran parte de juicios fundamentados en saberes, conocimientos que son comunes a todos, o pueden serlo, porque cualquier individuo puede verificar o falsar la veracidad de ese conocimiento si emplea los métodos que la ciencia le ofrece para ello. El saber es potencialmente común a todos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero los saberes que nos proporcionan los conocimientos científicos no son suficientes para resolver todos los problemas que enfrentamos en la vida. Hay múltiples cuestiones que debemos resolver valorando la respuesta desde nuestras creencias o convicciones subjetivas y hasta desde la mera opinión más o menos dubitativa. Esas creencias o convicciones pueden ser de múltiples tipos: religiosas, políticas, económicas...y estar cada uno de nosotros tan convencidos de ellas como si se tratase de saberes, pero carecemos de la posibilidad de demostrarlas, de ofrecer a los demás los medios o procedimientos que permitan su verificación o falsación. Comprenden un campo muy amplio, que va desde las conjeturas e hipótesis que buscan su corroboración en el conocimiento científico hasta la fe que se sustenta en la mera convicción personal e íntima de una revelación divina o un texto considerado sagrado. La creencia o convicción es siempre privativa de aquel que la sustenta.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Por qué esta distinción entre saberes y creencias es importante para el laicismo? Porque si el laicismo tiene como objetivo la creación de las condiciones políticas, jurídicas y sociales que garanticen la libertad de conciencia, debe tener claro que tales condiciones implican:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. La necesidad de potenciar y salvaguardar los saberes, los conocimientos científicos, en tanto constituyen una parte de la conciencia que es, o debe ser, común a todos, es decir a cada uno de los individuos que forman la sociedad. La discrepancia con tales conocimientos debe resolverse en el campo de la crítica teórica de la propia ciencia, que es lo que permite su desarrollo, pero no desde las meras creencias acientíficas, las pseudociencias o los mitos. La libertad de conciencia del individuo le da derecho a basar sus convicciones en la ignorancia o la superstición, pero el ámbito público, de interés colectivo, de todos, debe defenderse de esa ignorancia cuando pretende salir del ámbito de lo privado para atacar el saber. Es una batalla plenamente actual que tiene su reflejo más destacado en la intromisión en la Universidad, sede de la transmisión de saberes, de pseudociencias como la Astrología, la Homeopatía, la Teoría del Diseño inteligente o el mantenimiento de capillas de culto religioso herencia de nuestro pasado de dictadura nacionalcatólica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. La necesidad de garantizar que las diferentes creencias o convicciones gocen del derecho a ser interiorizadas por cada individuo y a expresarlas públicamente sin coacciones, al tiempo que se impida cualquier privilegio de unas sobre otras. Aceptar la más completa pluralidad de creencias así tratadas es la única forma de resolver socialmente el conflicto inevitable entre creencias, que pueden llegar a ser totalmente antagónicas. Respeto pleno al individuo en su libertad de creencia, sin respeto a las ideas, pues la validez o calidad de estas será la que demuestren al sobrevivir al ataque de las diversas armas de la crítica, sea el análisis, la comparación, el humor, el sarcasmo o hasta el escarnio. Esta también es una batalla de plena actualidad en nuestro país, donde el Código Penal todavía mantiene artículos en los que subsiste camuflada la inquisitorial condena por “blasfemia”, como los Artículos 522 a 525, a través de los cuales se inculpa hoy a Leo Bassi y a Javier Krahe por el mero hecho de haber ejercido su libertad de conciencia atea, expresando en actos culturales su crítica sarcástica a las ideas católicas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;LIBERTAD DE CONCIENCIA Y SUS CONTENIDOS&lt;br /&gt;Jesús Espasandín López..&lt;br /&gt;jueves 2 de junio de 2011&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;El concepto de libertad de conciencia es usualmente aceptado en el laicismo como abarcador de un conjunto de términos que aparecen de una forma más o menos difusa e incluso confusa en la literatura jurídica, sociológica, política... y que podemos considerar subsumibles en aquel. Tal sucede con los de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión... o de creencia en la Declaración Universal de Derechos Humanos (Art. 18); libertad de pensamiento, de conciencia y de religión... o de convicciones en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2000; libertad ideológica, religiosa y de culto en nuestra Constitución (artículo 16) y de opinión (artículo 14). Desde lo que llevamos dicho en distintas entradas sobre la conciencia se comprende que entendemos que esta es abarcadora de fenómenos psicofísicos del individuo, como el pensamiento, las creencias (entre las que se encuentran tanto las religiosas como las no religiosas), las convicciones del más diverso tipo, las ideologías más o menos elaboradas, las opiniones con mayor o menor fundamento, etc., etc. De igual forma se puede comprender nuestra posición explicita a concebir la libertad de religión con una forma concreta de libertad de conciencia, en la que se subsume como una mera parte, es decir, como libertad de la conciencia religiosa del individuo, diferenciándola del concepto de libertad religiosa en cuanto este tiene unas connotaciones históricas que atribuyen a colectivos o comunidades el hecho imposible de una conciencia colectiva. Sobre esto último volveremos en el futuro por ser de vital importancia para entender el laicismo que defendemos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo que nos interesa ahora es analizar cuales son las dimensiones y límites que abarca la libertad de conciencia, en cuanto objetivo del laicismo en sus proyecciones políticas, jurídicas y sociales. Para ello voy a realizar en el blog entradas separadas de tres facetas que, al sumarse, pueden dar una visión abarcadora del concepto:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. La libertad de conciencia como libertad de cada individuo para construir su propia conciencia, para formarla en libertad, sin constricciones ni coacciones exteriores.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. La libertad de conciencia como libertad de expresión, como libertad del individuo a la hora de exteriorizar o manifestar la conciencia que ha interiorizado, sin censuras que se lo impidan, más que las restricciones sociales impuestas contra la mentira o la difamación a terceros.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3. La libertad de conciencia como libertad para actuar conforme a la conciencia moral del individuo, con las limitaciones que devienen de la necesidad social de no producir daños a terceros.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;LIBERTAD DE CONCIENCIA COMO LIBERTAD PARA CONSTRUIRLA.&lt;br /&gt;Jesús Espasandín López.&lt;br /&gt;Sábado 4 de junio de 2001.&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;El derecho de cada individuo a construir su conciencia es la condición primaria sin la cual no es posible hablar de libertad de conciencia en una sociedad. El ser humano conforma principalmente su conciencia pasando por una serie de etapas en su vida, que van desde la heteronomía moral de la infancia, en la que el niño solo es capaz de responder a estímulos del tipo premio–castigo, hasta la autonomía moral, en la que el adulto puede tomar decisiones desde los principios éticos alcanzados con su racionalidad. Pero no todas las personas llegan a alcanzar el deseable pleno desarrollo de su autonomía moral, debido a las frecuentes trabas y coacciones con que se coarta ese desarrollo desde distintos ámbitos de la sociedad. Consecuencia de ello es que rasgos de heteronomía moral que el individuo no ha conseguido someter a su propio juicio crítico quedan impresos en su conciencia de adulto, subordinándole así a los esquemas conceptuales o cosmovisiones de quienes son beneficiarios del sistema de coacción que ha impuesto su heteronomía.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Recordando lo expuesto en la entrada del blog titulada “conciencia como saber y creencia” podemos establecer que para que una persona pueda construir su autonomía moral es preciso que la sociedad haga posible la adecuada formación de su mente atendiendo a un doble plano: el del saber, o conocimiento verificable por todos (ciencia), y el de las creencias, o convencimientos personales no verificables. Las instituciones estatales y la escuela pública en particular, han de velar por una transmisión fiel del saber, librándolo de las supersticiones o dogmas que traten de oponérsele, así como hacer posible el conocimiento plural de las creencias, evitando tanto censuras como privilegios discriminatorios a creencias concretas, a fin de permitir que cada individuo pueda ir definiendo sus creencias y opiniones personales en ese mar de pluralidades existentes, mediante el empleo y desarrollo progresivo de su propia e intransferible capacidad crítica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En el proceso de formación de las conciencias cabe distinguir dos situaciones diferenciadas: la del adulto y la del menor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La sociedad presupone que cuando el individuo ha llegado a la edad en que es considerado adulto su conciencia está suficientemente formada como para considerarle sujeto de plenos derechos y responsabilidades, en igualdad de condiciones respecto a cualquier otro e independientemente de cual sea el estado de maduración a que ha llegado en su real autonomía moral. En consecuencia, los medios a arbitrar por la sociedad en relación a la formación autónoma de la conciencia del adulto no se dirigen a cuestionar lo alcanzado por este, sino a crear las condiciones para que el individuo pueda adecuar dinámicamente su conciencia en cada momento, es decir, hacer posible que siga ejerciendo su capacidad crítica ante la evolución de la pluralidad de creencias y circunstancias que la sociedad continuamente genera. Hay mucha tela que cortar en este campo, donde los intereses de grupos de poder económicos, políticos, religiosos y mediáticos impiden que esto se haga realidad, condicionando diariamente la formación de la conciencia de los ciudadanos, impidiendo de variadas maneras que la pluralidad de pensamientos llegue al individuo sin privilegios o la información de la realidad no sea adulterada por intereses privados. Basta con pensar en las dimensiones planetarias de la ocultación y tergiversación de la realidad realizadas por las elites de poder puestas al descubierto por las filtraciones de Wikileaks, o la síntesis de pensamiento realizada por Noam Chomski en sus “Diez estrategias de manipulación mediática” para hacerse una idea de que las actuales extensiones del problema del condicionamiento de la conciencia de los ciudadanos es mucho más amplia y sibilina que la ancestral coacción desde los poderes religiosos que se viene denunciando desde el laicismo tradicional. La necesidad de que la sociedad arbitre los medios para evitar los fraudes al conocimiento, los engaños, la información tergiversada o la ocultación de la verdad que sufrimos los ciudadanos se enfrenta hoy a un espectro de intereses organizados desde ese magma de poderes económicos, políticos, religiosos y mediáticos que es preciso clarificar, denunciar y combatir para que pueda avanzar la libertad de conciencia de los ciudadanos. &lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;En el menor de edad la problemática se agrava y multiplica. Su condición de sujeto cuya personalidad se halla en proceso de formación lo convierte en subordinado directo de decisiones ajenas a su voluntad, por lo que podemos considerar que el problema principal en relación a su libertad de conciencia se centra en que su derecho a formarla en libertad no se vea constreñido por imposiciones ajenas. Estudiosos de la dimensión jurídica del tema, como Ana Valero, deducen este criterio de las interpretaciones jurisprudenciales del TEDH y de las Cortes Constitucionales de países de nuestro entorno y de nuestro propio Tribunal Constitucional, interpretando que “la libertad de conciencia del menor de edad se concreta en el derecho a la formación de su conciencia en “libertad” . De ello habría que concluir que la responsabilidad de cualquier tutoría ejercida sobre el menor tendría que servir a ese fin. Sin embargo, la realidad es muy distinta, tanto en lo relativo a la actuación de los padres o tutores directos como a la del propio Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La tutoría de la “patria potestad” normalmente realizada por los padres no tiene otro sentido que la de amparar esa construcción de la moral autónoma del menor, evitando que la interferencia de terceros impongan creencias al niño o le impidan conocer argumentos que permitan su libre elección mediante el ejercicio y desarrollo de su capacidad crítica. Lo triste es comprobar que, en muchos casos, la tutela se entiende torcidamente y son los propios padres los que imponen al niño sus propias creencias, impidiéndole conocer argumentos contrarios a ellas. Los derechos del niño se subordinan así a un malentendido derecho de los padres que transforman su tutela en una especie de “derecho de pernada” sobre la mente de sus hijos. Tal sucede en la actualidad cuando los padres inscriben al niño en clase de religión en la escuela, donde la enseñanza de dogmas, dirigida desde las autoridades eclesiásticas como instrucción apologética, no admite ningún tipo de análisis discrepantes. Ese proceder solo puede entenderse por el temor a que los argumentos discrepantes puedan superar a los dogmas que se pretende inculcar en la mente del menor, lo que impele a sus “tutores” a sumergir al niño en su ignorancia. Y la ignorancia es la antítesis de la razón de ser de la escuela, donde la instrucción en los conocimientos sólidos expuestos de forma racional y plural debe estar a salvo de censuras, prejuicios, propagandas, publicidades o autoritarismos de padres o grupos privados que quieran anteponer la imposición de sus creencias dogmáticas al derecho del menor a formar su conciencia en libertad. Por esa razón la máxima laicista de “la religión fuera de la escuela”expresa de forma contundente la defensa del respeto al derecho del menor a configurar su conciencia en libertad. No puede interpretarse, como torticeramente se hace, como un rechazo a que los menores tengan un conocimiento del fenómeno religioso en sus cosmovisiones explícitas, hechos y evoluciones históricas, etc., pues es una parte necesaria dentro de su formación general que debe abordarse con objetividad, sin dogmas, desde la pluralidad de visiones y materias en que ese fenómeno se proyecta, tales como Filosofía, Historia..., de forma que se atienda al desarrollo de la capacidad crítica del menor y se ajuste a su edad y a la evolución de su conocimiento.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Lo dramático es que el Estado y sus instituciones amparen esa tergiversación del derecho de los padres a la educación de sus hijos, configurando un sistema educativo que segrega a los menores en grupos estancos de clases dogmáticas de religión, donde en el interior de cada una de ellas queda prohibida la exposición de razonamientos o conocimientos contrapuestos a los dogmas definidos por las “autoridades” religiosas de cada grupo. Con ello el Estado impone institucionalmente lo que la Corte de Estrasburgo califica como un “abuso de proselitismo”, que considera que se produce cuando el adoctrinamiento religioso impide al menor contrastar las convicciones que se le inculcan. El “derecho de pernada” de los tutores sobre la mente de los menores queda así legalizado, organizado y subvencionado desde el Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Parece oportuno observar que no parece aconsejable enfrentarse a la existencia de las clases de religión con el argumento, que a veces se produce desde el laicismo, de que el igual derecho de todos los padres a la educación de sus hijos en sus propias convicciones hace imposible su puesta en práctica, dado el infinito número de grupos que se requeriría para dar satisfacción a la multiplicidad de creencias. La inconveniencia de emplear este argumento de la “imposibilidad práctica” está en que admite implícitamente el que el derecho de los padres está por encima del derecho de los hijos a crear su conciencia en libertad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero la cosa de segregar en clases dogmáticas de religión tiene mucho mayor calado que el de la subordinación del derecho del menor al derecho de los padres. Al estar tales clases totalmente controladas en sus contenidos por las autoridades religiosas, se transmite a estas el “derecho de pernada” directo sobre las mentes de los menores, lo que implica que los propios padres son relegados y sustituidos en su pretensión de educar a sus hijos en sus propias creencias. Con ello, la mayoría de los padres que deciden incluir a sus hijos en clases dogmáticas de religión lo que consiguen es que se les inculquen valores que son con frecuencia contrarios a los que en realidad profesan, pues, como la realidad de las investigaciones sociológicas demuestran, los valores con los que actúan en sus vidas son contrarios a los que se enseñan desde las cúpulas eclesiales, como es fácil constatar con hechos tan cotidianos y generalizados como el divorcio o el uso de anticonceptivos en las relaciones sexuales. Es un efecto más del perverso concepto de libertad religiosa , que se concibe como relativa a una imposible conciencia colectiva de la comunidad de creyentes, en la que tal “conciencia” o creencia religiosa queda definida por lo que dictan las autoridades religiosas, es decir, lo que se dicta desde las reales conciencias de los individuos que forman la cúpula de la comunidad religiosa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Un escalón más de esta perversión del Estado en la conculcación del derecho de los menores a la conformación de su conciencia en libertad es la de permitir y subvencionar colegios con ideario propio, colocándolos en igualdad de condiciones que los públicos, donde la dirección del centro impone la apologética religiosa o ideológica impregnándolo todo, ya se trate de clases de matemáticas o de física cuántica y hasta de teoría de evolución, mediante diversos recursos, tales como el uso de una profusa simbología en los distintos locales, vestimentas del profesorado, actividades del centro, etc., con independencia de que se entre en clase de religión o no. Con ello ya no solo influyen en el grupo de alumnos cuyos padres quieren adoctrinarlos en esa creencia, sino en la totalidad de los alumnos del centro que han sido matriculados en él por razones diversas ajenas a tal ideario.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El resultado es “un mundo al revés” en la escala de derechos relacionados con el derecho del menor a configurar su conciencia: la conciencia del menor se subordina a la de sus padres, y la conciencia de estos a la de las autoridades religiosas cuando no a la del grupo directivo del centro escolar, legalizado todo ello por el Estado y sufragado por la totalidad de los ciudadanos. ¿Cabe menor libertad en la libertad del menor?&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-1381939642865968243?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1381939642865968243'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1381939642865968243'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2011/08/principios-basicos-de-laicismo.html' title='PRINCIPIOS BÁSICOS DE LAICISMO'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/-USG7RVn1u_E/Tl0ChTMK8DI/AAAAAAAAAOA/3tf1Dk3byiE/s72-c/religi%25C3%25B3n%2Bfuera%2Bescuela.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-3008487237732999838</id><published>2011-08-10T22:43:00.008+02:00</published><updated>2011-08-11T00:00:14.632+02:00</updated><title type='text'>MISIVA ABIERTA AL ARZOBISPO DE TOLEDO</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/-4ZHNUUz4o6U/TkL5TXYaA0I/AAAAAAAAANI/SS8COkJjZ2w/s1600/arzobispo%2Btoledo.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5639343794510496578" style="WIDTH: 111px; CURSOR: hand; HEIGHT: 83px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/-4ZHNUUz4o6U/TkL5TXYaA0I/AAAAAAAAANI/SS8COkJjZ2w/s320/arzobispo%2Btoledo.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;Arzobispo de Toledo, Braulio Rodríguez.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Distinguido señor:&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;En la prensa de hoy aparecen declaraciones suyas denostando a quienes critican la visita del Papa Benedicto XVI con argumentos que me parecen dignos de comentar.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Para empezar, llama usted, directa o indirectamente, "paletos" a quienes sostienen dicha actitud. Le recuerdo, señor arzobispo, que el término "paleto" corresponde al ignorante pueblerino, astutillo a veces, ejemplarizado por las películas de Paco Martínez Soria, y que fue ampliamente cultivado en los jardines de la Iglesia del Nacioalcatolicismo, del que personas como usted sienten aún nostalgia.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Yo llamaría "paleto" a quienes sustentan su vida "espiritual" en la superchería. Pero no voy a entrar en esa polémica, sino en la legitimidad política de quienes defienden la visita del Papa en estas condiciones y la de quienes la rechazan.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Prefiero exminar algunos de los argumentos esgrimidos por usted:&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;"...hay que decir que los católicos, que pagamos impuestos igual que todos los demás, somos inmensa mayoría en España".&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Doble error, señor mío. Los católicos no pagan impuestos igual que los demás. Por ponerle un ejemplo, un católico militante puede deducir el 0,7 % del IRPF para destinarlo al sostenimiento de su iglesia. A mí no me cabe la opción de destinar ese 0,7 a la organización que yo quiera.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Por otra parte, eso de que son ustedes la inmensa mayoría en España queda también desmentido en el ejemplo anterior. Quienes ponen la crucecita en el "sostenimiento a la Iglesia Católica" no alcanzan ni de lejos el tercio de los contribuyentes. Señal evidente, parece, de que a muchos que se dicen cristianos o católicos les resulta inadmisible pagar su sueldo y el de su clero.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Todo esto, sin embargo, es calderilla en términos económicos comparado con el expolio permanente de bienes públicos que ustedes llevan a cabo. Pero sí es altamente significativo en cuanto al sentir de la "inmensa mayoría" a la que usted se acoge.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Lo cierto es que, a pesar de una buena parte de la cristiandad de base o del catolicismo de base, su organización es, a todas luces, una organización política, en la medida en que propone y que trata de imponer la manera por la que tenemos que regular nuestra convivencia todos los ciudadanos y ciudadanas de este país, compartamos o no las opiniones de "autoridades" como usted que no se someten a ningún control democrático y que no han sido elegidos en las urnas por nadie.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Desde la "transición" (en lo que a ustedes respecta no la ha habido), ustedes se han movilizado políticamente contra el matrimonio civil, contra el divorcio, contra las madres solteras, contra las parejas de hecho, contra las uniones homosexuales, contra el aborto en las condicones reguladas por la ley, contra el derecho a una muerte digna... Y lo han hecho a base de insultos, de descalificaciones, de atentados al honor y a la dignidad de las personas de manera que, si estuviéramos en un Estado de derecho, ya deberían estar mil veces procesados.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Y para defender esa bazofia ideológica, cuentan ustedes con un parafuncionariado de curas y de obispos pagados por el erario público, además de otro parafuncionariado de catequistas en todos los niveles educativos, pagados también con el dinero de todos.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;¿Le resulta a usted tan extreño, señor mío, que la visita de su líder cree el rechazo social que está creando entre quienes, sean ateos, librepensadores, cristianos, católicos, musulmanes.... desean vivir una vida como hombres y como mujeres libres, sin parásitos que mantener?&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Atentamente.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;10 de agosto de 2011. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-3008487237732999838?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/3008487237732999838'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/3008487237732999838'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2011/08/misiva-abierta-al-arzobispo-de-toledo.html' title='MISIVA ABIERTA AL ARZOBISPO DE TOLEDO'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://4.bp.blogspot.com/-4ZHNUUz4o6U/TkL5TXYaA0I/AAAAAAAAANI/SS8COkJjZ2w/s72-c/arzobispo%2Btoledo.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-7134736981107207475</id><published>2010-08-12T22:52:00.012+02:00</published><updated>2010-08-12T23:46:45.414+02:00</updated><title type='text'>PRIMERA COMUNIÓN</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/TGRneUFkKeI/AAAAAAAAAMA/ZITIs5p0rCs/s1600/canizares2.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5504638415039375842" style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 266px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/TGRneUFkKeI/AAAAAAAAAMA/ZITIs5p0rCs/s320/canizares2.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;Ante la falta de vocaciones, el Vatinano se plantea adelantar la edad de la primera comunión antes de los siete años. Cuanto mayor sea la falta de información de los niños, el desarrollo de su sentido crítico, mejor que mejor para lavarles el cerebro en las catequesis y dejar en sus personalidades una huella imborrable. El Cardenal Cañizares lo expresa así: "...los niños viven inmersos en dificultades, rodeados de un ambiente difícil que no les anima a ser lo que Dios quiere de ellos..." ¿Lo que Dios quiere de ellos o lo que tú quieres de ellos, malnacido? Dios no sé quién es, no lo conozco, pero a ti y a los tuyos sí. Pradres y madres, por muy creyentes que seáis, ¿vais a poner a vuestros hijos e hijas de menos de siete años en estas manos? ¿Es que nunca leéis la prensa o es que sois unos irresponsables? Mirad quién es. Quien deje a un niño o una niña de siete años a su merced es, sencillamente, un hijo o una hija de... Y si se aplicara la legislación internacional, primando el interés superior del niño, esto debería estar perseguido y penalizado y estos manipuladores de menores internados en centros de rahabilitación.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-7134736981107207475?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/7134736981107207475'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/7134736981107207475'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2010/08/primera-comunion.html' title='PRIMERA COMUNIÓN'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/TGRneUFkKeI/AAAAAAAAAMA/ZITIs5p0rCs/s72-c/canizares2.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-1960176046930778371</id><published>2010-07-14T10:29:00.006+02:00</published><updated>2010-07-14T10:51:11.503+02:00</updated><title type='text'>LA FRATERNIDAD REPARADORA ATACA DE NUEVO</title><content type='html'>&lt;a href="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/TD13cEnKZ1I/AAAAAAAAAK4/4qdKh3nsaoo/s1600/REPARADORAS.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5493678444619917138" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 200px" alt="" src="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/TD13cEnKZ1I/AAAAAAAAAK4/4qdKh3nsaoo/s320/REPARADORAS.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;Esta foto fue publicada en marzo de 2003. Curiosamente, junto con el reportaje, desapareció poco tiempo después de la web de la revista "Interviú".&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;.&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;En 2003 fui testigo directo de un caso, con el resultado final de una familia destrozada. Ahora, siete años después, llegan nuevos casos desde Badajoz y Toledo. Niñas captadas mediante un proselitismo sectario, a espalda de sus padres, desde los 13 ó 14 años. A los 18 (técnicamente adultas) abandonan a sus familias e ingresan en el noviciado que la Fraternidad tiene en Oropesa (Toledo). Aisladas del mundo, tiran por la borda una vida que ya no tendrán ocasión de vivir.&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;Adjunto alguna documentación.&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;***&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;EUROPA LAICA HABLA DE ESCLAVITUD EN EL CONVENTO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;INFORMACIÓN APARECIDA EN LA REVISTA "ECOS" NÚMERO 408 (TOLEDO, DEL 28 DE FEBRERO AL 6 DE MARZO DE 2003).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;"Europa Laica" habla de esclavitud en el convento&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En una carta remitida a ECOS, la asociación estatal "Europa Laica" critica las condiciones en las que viven las novicias en el convento de Oropesa y pide que se investigue esa supuesta "esclavitud".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La asociación de carácter estatal "Europa Laica", que agrupa a 62 personas y cuya Junta Directiva tiene su sede en Talavera, ha solicitado, a través de un escrito remitido a esta revista por su presidente, Juan Francisco González, que se realice una investigación con carácter urgente en el interior del convento de la Fraternidad Reparadora, en Oropesa, al considerar que son muy serios "los indicios de vejaciones, de mortificaciones con cilicios y flagelos y de condiciones de vida infrahumanas" a las que son sometidas las novicias. Una situación que, según González, "tratándose de cualquier organización distinta de la intocable Iglesia católica hubiera motivado una seria y concienzuda investigación por parte de los poderes públicos".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El presidente de "Europa laica" entiende que los argumentos que ha ofrecido la Iglesia -a través del comunicado que hicieron público el arzobispo, Antonio Cañizares, y el obispo auxiliar de Toledo y secretario de la Conferencia Episcopal, Jalan José Asenjo- "es que las novicias son mayores de edad". Y ante ello entiende que, por una parte, "la captación de las jóvenes comienza, según sus familiares, a los 13 ó 14 años, utilizando técnicas de proselitismo que encajan plenamente en la tipificación de las sectas dañinas" y, por otra, "si un adulto desea entregarse a una vida llena de privaciones, mortificaciones y vejaciones es, ciertamente, libre de hacerlo. No es un delito establecer una relación sadomasoquista de esclavitud, sea de tipo sexual o sublimada en "lo sagrado". Lo que no parece tan lícito es que el Estado se convierta el valedor de este tipo de contrato. La esclavitud está a todas luces condenada por la Constitución".&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;De ahí que hayan decidido comparecer de forma pública en los próximos días con la intención de "sacar a a luz pública las actividades de los grupos proselitistas implicados, exigiendo a los poderes públicos una investigación concienzuda, en términos idénticos a los procedimientos que se siguen en los casos de las sectas dañinas y que aquí, inexplicablemente, no sólo se toleran sino que se potencian desde sectores políticos carentes de todo escrúpulo".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y a los creyentes "de buena fe les ruego una reflexión sobre qué clase de Padre celestial (aunque yo no comparta esa creencia) puede complacerse en la degradación inútil de sus propias criaturas. Las mortificaciones y las vejaciones que las Reparadoras imponen a sus novicias sólo pueden darnos a los demás una imagen que en nada favorece a su propia fe".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;César del Río.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CARTA ORIGINAL ENVIADA A LA REVISTA “ECOS”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las Monjas Reparadoras de Oropesa.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El pasado 27 de octubre se celebraba el 25 aniversario de la Fraternidad Reparadora Apostólica de Oropesa (Toledo), con una solemne Eucaristía presidida por el Cardenal Marcelo González Martín, Arzobispo emérito de Toledo. Entre otros concelebrantes se encontraban el Obispo de Guadix, Juan García Santacruz, toledano de origen, y el jesuita Luis Mendizábal, fundador de este Instituto de Vida Consagrada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El 13 de diciembre, el Presidente de la Diputación de Toledo, Miguel Ángel Ruíz-Ayúcar, acompañado de la alcaldesa del municipio, María del Carmen Goicoechea, visitó el convento de las Monjas de la Fraternidad Reparadora, haciéndose la foto ineludible y brindando todo su apoyo a las religiosas ante las informaciones vertidas por los medios de comunicación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Según eldia-digital.com, "Ruiz-Ayúcar transmitió a la superiora su convicción personal acerca de la transparencia que en todo momento se viene dispensando a las candidatas a ingresar en la vida religiosa, decisión que toman voluntaria y responsablemente. Junto a la alcaldesa de Oropesa, insistió en la necesidad de respetar la decisión de las jóvenes que eligen dedicarse a una vida de sacrificio y de generosidad, volcada con las desfavorecidos y ocupada tan sólo de proporcionar asistencia y prestación social".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La visita fue de inmediato contestada en una nota de prensa por Emilio Sales, Coordinador de Izquierda Unida en Talavera de la Reina. La asamblea local de esta formación política objeta que el señor Presidente de la Diputación hace de sus convicciones religiosas una cuestión oficial.&lt;br /&gt;Y es que los indicios de vejaciones, de mortificaciones con cilicios y flagelos, de condiciones de vida infrahumanas que se imponen a las novicias hubieran ya motivado, tratándose de cualquier organización distinta de la intocable Iglesia Católica, una seria y concienzuda investigación por parte de los poderes públicos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La actitud de las autoridades civiles es otra, sin embargo, y aquí se borran todas las distancias entre PP y PSOE: en el presente año, el Gobierno Regional concede la medalla de oro de Castilla - La Mancha a Marcelo González Martín, actualmente cardenal emérito de Toledo, conocido por su trayectoria integrista, de la que se hace apología en sitios tan proclives a la democracia y a los derechos humanos como la Fundación Francisco Franco. Hay que decir que el señor González Martín, Doctor honoris causa por la Universidad de Castilla - La Mancha (otra institución pública que potencia las actitudes más retrógradas), tiene entre sus muchos méritos ser el mentor de la Fraternidad Reparadora Apostólica, fundada por el jesuita Luis Mendizábal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pues bien, los escándalos provocados por las Monjas de la Fraternidad Reparadora ya saltaron a la luz pública poco después de la fundación de dicho instituto de vida consagrada y de su instalación en la provincia de Toledo (cuentan, al parecer, con unos 30 conventos diseminados por toda la geografía española).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La primera alarma pública de que tengo noticia la dio "La Voz del Tajo" en sus titulares del 29 de septiembre de 1984:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Bajo la tutela de las monjas "Reparadoras", niñas de Bargas mortificadas con cilicios.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tras su precipitada salida de Bargas, tras las denuncias de familiares de las víctimas, todas ellas menores de edad, e instaladas ahora en Oropesa, el manifiesto desprecio hacia los derechos humanos y hacia la integridad física y moral de las personas ha saltado de nuevo a la luz pública gracias, fundamentalmente, a la revista ECOS y otros medios de difusión.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El argumento que se esgrime desde el arzobispado y desde la complicidad con el maltrato y las vejaciones es que las novicias son mayores de edad. Ante ello, la asociación "Europa Laica", hace un llamamiento a todos los sectores progresistas y defensores de los derechos humanos fundado en las siguientes consideraciones:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-La captación comienza a los 13 ó 14 años, según testimonios de familiares de las novicias, utilizando técnicas de proselitismo que encajan plenamente en la tipificación de sectas dañinas. Las víctimas ingresan en el convento de las Reparadoras o en las carmelitas de "la Madre Maravillas" en cuanto cumplen los 18 años. Es un deber ineludible de los poderes públicos garantizar la protección a los menores.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Si un adulto desea entregarse a una vida llena de privaciones, mortificaciones y vejaciones es, ciertamente, libre de hacerlo. No es un delito establecer una relación sadomasoquista de esclavitud, sea de tipo sexual o sublimada en "lo sagrado". Lo que no parece tan lícito es que el Estado se convierta en valedor de este tipo de contrato. La esclavitud está a todas luces condenada por la Constitución.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-A los creyentes católicos de buena fe les ruego una reflexión sobre qué clase de Padre celestial (aunque yo no comparta esa creencia) puede complacerse en la degradación inútil de sus propias criaturas. Las mortificaciones y las vejaciones que las Reparadores imponen a sus novicias sólo pueden darnos a los demás una imagen que en nada favorece a su propia fe.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Es nuestra intención, en cuanto sea posible y junto a otras organizaciones, convocar una rueda de prensa que saque a a luz pública las actividades de los grupos proselitistas implicados, exigiendo a los poderes públicos una investigación concienzuda, en términos idénticos a los procedimientos que se siguen en los casos de las sectas dañinas y que aquí, inexplicablemente, no sólo se toleran sino que se potencian desde sectores políticos carentes de todo escrúpulo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón,&lt;br /&gt;Presidente de la Asociación "Europa Laica".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Talavera de la Reina, 26 de febrero de 2003.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;= = = = = = = = = = &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt; &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;También podéis consultar la ponencia presentada por José Luis Andrino Martín en Albacete (Julio de 2003):&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://www.europalaica.com/colaboraciones/anteriores/jlandrino2.htm" target="_blank" rel="nofollow"&gt;http://www.europalaica.com/colaboraciones/anteriores/jlandrino2.htm&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-1960176046930778371?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1960176046930778371'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1960176046930778371'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2010/07/la-fraternidad-reparadora-ataca-de.html' title='LA FRATERNIDAD REPARADORA ATACA DE NUEVO'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/TD13cEnKZ1I/AAAAAAAAAK4/4qdKh3nsaoo/s72-c/REPARADORAS.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-2168808498725691996</id><published>2010-05-14T23:33:00.005+02:00</published><updated>2010-07-21T10:53:12.264+02:00</updated><title type='text'>LA POLÉMICA SOBRE EL PAÑUELO ISLÁMICO</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S-3FcpYl-LI/AAAAAAAAAKo/XO3w5uTfIvY/s1600/monja.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5471246218261035186" style="WIDTH: 93px; CURSOR: hand; HEIGHT: 128px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S-3FcpYl-LI/AAAAAAAAAKo/XO3w5uTfIvY/s320/monja.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;Hace ya varias semanas, el tema ocupaba buena parte de los titulares de todos los periódicos. Ahora, con los ánimos más calmados (pero sin hallar una solución), es hora de recodar que lo esencial no ha cambiado en los últimos años. Con motivo de mi responsabilidad como entonces presidente de una asociación laicista, me vi obligado a pronunciarme dos veces sobre una cuestión nada fácil de solventar:&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;EL HIYAB DE FÁTIMA&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Comunicado sobre la aceptación o no de que las alumnas de familias islámicas lleven el hiyab en los centros educativos españoles sostenidos con fondos públicos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón,&lt;br /&gt;Presidente de la asociación "EUROPA LAICA".&lt;br /&gt;22 de febrero de 2002&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Con respecto al caso de Fátima, que ha estado en la primera plana de todos los medios de comunicación durante largos días, se ha pedido repetidamente, desde dentro y desde fuera de nuestra asociación, que "Europa Laica" emita un comunicado manifestando su posición. Pues bien, desde la noción de laicidad que defendemos y que se refleja en nuestra carta programática, el caso de Fátima, como todos los que van a sucederse en avalancha a partir de ahora, carece por completo de solución satisfactoria...&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Quienes afirman tajantemente que "debe quitarse el hiyab" para que se le permita la entrada en un centro público, porque eso es un signo de sumisión de la mujer que atenta contra su dignidad, es anticonstitucional y se trata, además, de una manifestación religiosa inaceptable en una escuela laica, tienen, desde luego, razón. Sólo que esa razón se olvida de más de la mitad de la realidad:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo que el sistema educativo sostenido con fondos públicos ofrece es, por una parte, una serie de centros privados concertados, en su inmensa mayoría católicos, con un ideario católico, que selecciona al profesorado en función de su sumisión a la Iglesia y donde, por lo tanto, los niños son adoctrinados en esa religión incluso en clase de matemáticas. Allí, sin embargo, el "aconfesional" Estado español envía en primera instancia a una niña musulmana.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por otra parte, en los centros públicos, donde la niña es enviada en segunda instancia, encontramos un panorama no mucho más alentador. Gracias a nuestro Concordato, a veces un seglar -o una seglar- nombrado por el obispo (en los institutos, donde el sueldo es más alto, frecuentemente un cura con sotana o con alzacuellos o una monja con "hiyab") es miembro de pleno derecho del Claustro, con todas las consecuencias de adoctrinamiento y de proselitismo activo que ello implica hacia la totalidad del alumnado. Por lo demás, muchos centros públicos tienen capilla y aulas presididas por iconos católicos. Allí se criminaliza en vídeos infames y manipuladores a las mujeres que abortan dentro de los supuestos reconocidos en nuestra legislación, se vilipendia a las madres solteras, a los matrimonios civiles, a los divorciados, a los homosexuales, a las parejas de hecho, a quienes usan preservativo... A cualquiera, en suma, que no comparta la moral de la Iglesia Católica. Y ello, al parecer, no atenta contra la dignidad de la mujer, ni contra la dignidad humana, ni contra la Constitución. De manera que, coherentemente con esa escuela "laica", se exige al padre de Fátima que quite el hiyab a su hija.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como la exigencia que en una auténtica escuela laica sería del todo razonable se revela insostenible (salvo que se quiera crear el agravio comparativo que conduce al enfrentamiento de culturas y religiones) en nuestro sistema educativo actual, surgen voces desde la izquierda progresista pidiendo tajantemente que se respeten las creencias y la cultura de los inmigrantes, sin entrar en matices.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Se trate de inmigrantes o de oriundos, ¿no sería necesario desligar lo que son creencias personales y cultura de las relaciones de poder y de sumisión que se adhieren a ellas y/o las conforman? Ocurre que desde la izquierda progresista, pese a que ya empiezan a oírse ciertas declaraciones valientes que nuestra asociación no ha dejado de felicitar, el laicismo, el desenvolvimiento pleno de la libertad de conciencia, se aborda todavía de manera muy tímida, limitado a revisiones y a retoques. Con afirmaciones absolutas de este tipo, que dejan al individuo a merced de su "tribu" (etnia, confesión religiosa, etc.), sin poner como frontera clara los derechos humanos, ¿por qué no permitir también el Chador, que sólo descubre el rostro y las manos de la mujer, y, puestos en ello, por qué no el burka, que es una jaula ambulante de tela recia con una ranura para los ojos? Si no establecemos delimitaciones claras y válidas para todos, ¿con qué criterio se frenarán mañana las mutilaciones sexuales o la lapidación de una inmigrante adúltera de origen nigeriano? Al fin y al cabo, omitiendo un análisis serio que distinga lo cultural y lo político, éstas son también manifestaciones de la "diversidad".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La asociación "Europa Laica" sólo ruega a quienes sostienen de manera tajante que "Fátima debe quitarse el velo" o que "Fátima debe ir al instituto con velo" una mirada franca y directa a nuestra realidad. Sólo un espacio público común a todos (y, como lugar privilegiado, la escuela laica depositaria de la cultura universal) puede plantearnos la exigencia a cada uno de nosotros de encontrarnos con nuestros semejantes como ciudadanos libres e iguales, capaces de reservar sus creencias personales y sus particularidades de identidad cultural para espacios privados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;= = = = = = = = = =&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;LA ESCUELA NO PUEDE SER ESCENARIO DE LA LUCHA RELIGIOSA&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;Diciembre de 2003.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La posición aconsejada por el informe Stasi y adoptada por Chirac, presidente de la República Francesa, provoca entre quienes defendemos el laicismo una espontánea reacción de alegría. Decir no a la segregación por motivos religiosos, decir no a la segregación que se solapa con la que se produce en función de la étnia y del género, es abrir una brecha decidida para la recuperación de los valores democráticos. Sólo cuando nos detenemos a pensar un instante el alto precio que paga la República por el informe Stasi y las consecuencias de una extrapolación del dictamen en el caso de España se manifiesta la necesidad de una pausada reflexión…&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Stasi no sólo aconseja la prohibición de signos religiosos en la escuela pública y el refuerzo del laicismo en el conjunto de los servicios públicos. Hay una fuerte contrapartida: la inclusión del “hecho religioso” en el sistema educativo francés y en sus itinerarios oficiales. Tomar estos planteamientos de manera automática para intentar aplicarlos en el caso español podría conducirnos en el sentido diametralmente opuesto al desarrollo de las nociones de libertad y de igualdad propugnado por el laicismo: &lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;br /&gt;La República Francesa parte, para prohibir el pañuelo islámico, de una escuela laica de la que está excluido el adoctrinamiento religioso cristiano y donde se prohiben, de igual manera, los signos ostentosos de pertenencia a esta tradición religiosa. Francia tendrá además que explicar a sus ciudadanos y residentes musulmanes la pervivencia del Concordato de 1801 y el estatuto en materia educativa vigentes en los tres departamentos de Alsacia y de Mosela. De no hacerlo, los miembros de cualquier comunidad religiosa diferente de la católica estarán en posesión de argumentos irrefutables para denunciar un trato discriminatorio.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La inclusión del “hecho religioso” brinda el más cómodo pretexto, en España, a los defensores de una asignatura de religión obligatoria para todo el alumnado. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;br /&gt;La asociación “Europa Laica” no se sumará a ninguna campaña en demanda de la prohibición del velo islámico en la escuela mientras persista la situación actual:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Una escuela pública (y privada sostenida con fondos públicos) que alberga a un parafuncionariado de aproximadamente 27.000 catequistas nombrados por los obispos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Un sistema educativo que degrada la enseñanza pública y apuesta por los centros privados concertados, en su inmensa mayoría católicos, con un ideario católico, que seleccionan al profesorado en función de su sumisión a la Iglesia y donde, por lo tanto, los niños son adoctrinados en esa religión incluso en clase de matemáticas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En semejantes condiciones, reclamar a nuestros ciudadanos y residentes musulmanes la renuncia, en el ámbito de las instituciones públicas, a signos de identidad religiosos y étnicos sería, más que una avance hacia el laicismo, un rotundo atentado contra los principios elementales que fundamentan la democracia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Una vez más, la escuela pública y laica es el elemento de partida indispensable para la puesta en marcha de medidas que acaben con la segregación religiosa, étnica y de género. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-2168808498725691996?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/2168808498725691996'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/2168808498725691996'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2010/05/la-polemica-sobre-el-panuelo-islamico.html' title='LA POLÉMICA SOBRE EL PAÑUELO ISLÁMICO'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S-3FcpYl-LI/AAAAAAAAAKo/XO3w5uTfIvY/s72-c/monja.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-6003106653350698854</id><published>2010-04-14T22:51:00.004+02:00</published><updated>2010-04-17T08:47:06.719+02:00</updated><title type='text'>RELIGIÓN Y POLÍTICA: FRANQUISMO Y DEMOCRACIA</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S8lZEIhHwKI/AAAAAAAAAKY/rBJqbk1iLX8/s1600/caudillo.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5460993950704189602" style="WIDTH: 240px; CURSOR: hand; HEIGHT: 237px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S8lZEIhHwKI/AAAAAAAAAKY/rBJqbk1iLX8/s320/caudillo.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;.&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;Hoy, 14 de abril, aniversario de la II República española, aprovecho para recuperar este texto perdido en la web, escrito a partir del guión utilizado para la conferencia pronunciada en el CAUM (Club de amigos de la UNESCO de Madrid) en junio de 2007.&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;Esta es la segunda ocasión que se me brinda para hablar públicamente sobre el franquismo. En la primera, sin embargo, hace ya muchos años, el tema se abordaba desde una óptica muy diferente: la vida cotidiana bajo el Régimen, contemplada a través de la narrativa de posguerra.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hoy se trata de presentar un enfoque directamente político, centrado, sobre todo, en el binomio franquismo = religión. Pero ahora, como entonces, debo decir que no es una temática que aborde con placer. Se trata de un periodo triste y sombrío de nuestra historia, que estamos obligados a conocer y a no olvidar, por dos razones básicas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) Superar definitivamente los fuertes atavismos de la dictadura que todavía perviven en nuestra interminable “transición”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) Hacer justicia a quienes lucharon contra la brutal represión franquista y/o a quienes fueron víctimas de la misma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para abordar la temática que ahora nos ocupa, es preciso intentar un análisis, aunque sea muy somero, para delimitar qué es exactamente el franquismo, cuáles son sus rasgos definitorios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y la primera dificultad que se nos presenta, atendiendo a los intelectuales, sociólogos e historiadores que se han ocupado del tema, es el ingente número de argumentaciones vertidas en una polémica todavía no resuelta: ¿es realmente la dictadura franquista un régimen fascista? O, dicho de otra manera, ¿es el fascismo el modelo político que mejor nos permite observar y comprender este periodo histórico?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;He vuelto a repasar, preparando mi exposición, algunas opiniones relativamente recientes, como las de José Félix Tezanos, Torres del Moral, Raúl Modoro, Salvador Giner, José Casanova, Alfonso Botti… Y digo “algunas”, y no necesariamente las más relevantes o las más significativas, que, en su conjunto, esgrimen el abanico argumentativo completo sobre si nos encontramos o no ante un régimen que podamos definir como fascista.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ciertamente, el tema es tan complejo que no voy a intentar zanjar aquí esa discusión. Los argumentos son muchos, su mera exposición llevaría mucho más tiempo del que parece aceptable en una exposición oral, y el objetivo de esta intervención es otro. Pero sí me gustaría recordar dónde se inserta históricamente el surgimiento de un régimen de este tipo, que tiene ya sus precedentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Debemos remontarnos para ello a la liquidación del Antiguo Régimen, que en Francia se produce a finales del siglo XVIII, y que conlleva dos efectos sin retroceso:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) El poder económico pasa definitivamente a manos de la burguesía, que desplaza en este orden al clero y a la nobleza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) La burguesía también se hace con el poder político, ya de manera incuestionable desde la Revolución de 1848.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es a partir de este proceso, en Francia y en otras áreas fuertemente industrializadas de Europa, cuando el siglo XIX nos permite observar el advenimiento de dictaduras de una burguesía que se ha vuelto reaccionaria y conservadora y cuya finalidad es asegurar la opresión del proletariado y conjurar el peligro que para ella supone el fuerte grado de organización alcanzado por los movimientos obreros.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A este proceso, que en Francia arranca desde el Consulado de Napoleón Bonaparte, poniendo punto final al alcance de la Revolución de 1789, podemos denominarlo “bonapartismo” político.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No obstante, el “bonapartismo”, como autoritarismo o dictadura de una burguesía adinerada, antes enemiga de la aristocracia y de la monarquía, y ahora a la defensiva ante un pueblo que reclama su disfrute de las conquistas revolucionarias, conoce, al menos en Francia, dos fases netamente diferenciadas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) Todavía Napoleón I puede ser visto desde una doble óptica: la del auténtico liquidador del Antiguo Régimen o la del autoritarismo que pone punto final a la revolución.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) El golpe de estado interno de Napoleón III, en el seno de la República surgida de la Revolución de 1848, no deja ya lugar a estas ambigüedades. Con el II Imperio, se instaura un tipo de dictadura de la burguesía que prefigura, en sus rasgos políticos esenciales, lo que serán los fascismos del siglo XX, con el objetivo central de ahogar o destruir los intentos revolucionarios del movimiento obrero.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Recordemos que, precisamente, 1848 es la fecha de publicación del Manifiesto del Partido Comunista. Carlos Marx, por su parte, sin utilizar el término “fascista”, que aún no está acuñado, describe magistralmente, en El 18 Brumario de Luis Bonaparte, los rasgos definitorios de este segundo “bonapartismo” como dictadura de la burguesía, rasgos que, de manera exacerbada, encontraremos en el fascismo y en el nazismo del siglo XX.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pues bien, en el caso de España, pese al tímido liberalismo de la Constitución de 1812, pese a 1868 y al efímero paso de la Primera República, la revolución burguesa nunca llegó a realizarse: no lo hizo en el plano económico y, mucho menos, en el plano político.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las fuerzas insurgentes que se levantan en 1936 contra la II República lo hacen en una España todavía eminentemente agraria, donde el poder económico está fundamentalmente en manos de las oligarquías terrateniente y financiera (clero y nobleza, con escasa presencia de la burguesía adinerada) y donde el sector industrial juega un papel poco importante.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pese a ello, como lo demuestra el Bienio Constitucional de la II República y el triunfo del Frente Popular en las elecciones de 1936, el movimiento obrero y campesino, así como el conjunto de las fuerzas políticas de carácter progresista han alcanzado un altísimo grado de organización y de movilización que aterra a las mencionadas oligarquías.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es obvio, pues, que la intención de base de los grupos que apoyan la insurgencia no es (al menos, no con un gran peso) el establecimiento de una dictadura de la burguesía de corte fascista, tal y como estas se inspiran en el segundo “bonapartismo”. Antes bien, se pretende la regresión a etapas prerrepublicanas y prerrevolucionarias.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero, por otra parte, el grado de organización del movimiento obrero y campesino en España impulsa medidas políticas inspiradas en la Italia de Mussolini y en la Alemania de Hitler.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sería, pues, de utilidad examinar la concurrencia de las distintas familias políticas que integran el franquismo para valorar el peso específico que el proyecto político de inspiración fascista tiene en el Régimen, desde el alzamiento y la guerra civil hasta la muerte del dictador.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En los regímenes vigentes entonces en Italia (desde 1922) y en Alemania (desde 1933), se pretende conjurar el peligro que supone el triunfo de la revolución bolchevique y neutralizar los intentos revolucionarios del proletariado, en países que ya poseen un alto grado de industrialización. Y ello se hace a través de un discurso que pretendidamente supera el capitalismo y el comunismo, con una fuerte movilización de masas fanatizadas, en el seno de un Estado totalitario de partido único, que controla no sólo la esfera pública sino también todos los movimientos del individuo y de la sociedad en la esfera privada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tanto el fascismo italiano como el nacionalsocialismo alemán se van a basar en ese corporativismo paternalista que neutraliza por completo a la clase obrera. Y, al mismo tiempo, van a integrar a aquellas fuerzas procedentes del Antiguo Régimen que puedan brindarle un apoyo significativo. En el caso de Italia, Mussolini establece el Estado Vaticano y los poderes temporales del Papa, que se habían perdido con Pío IX. En el caso de Alemania, Hitler cuanta con dos religiones que lo sostienen en su llegada al poder: la religión luterana y la religión católica. Como sabéis, el Cardenal Pacelli, más tarde Pío XII, firma el Concordato de 1933 que confiere una gran cantidad de prerrogativas a la Iglesia Católica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En este sentido, se cuenta con el precedente del primer “bonapartismo”, cuando Napoleón Bonaparte, con el Concordato de 1801 (todavía hoy vigente en los tres departamentos de Alsacia y Mosela), devuelve a la Iglesia la mayor parte de los privilegios perdidos con la liquidación del Antiguo Régimen. Y, como ocurre entonces, allí donde el triunfo de la revolución burguesa ya no tiene retroceso, la Iglesia apuesta por la nueva tiranía de la burguesía conservadora. Pío XI y Pío XII son y serán, respectivamente, para una memoria histórica que no falsifique la realidad innegable, los papas del fascismo y el nazismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Aun así, siempre hubo una serie de fricciones, tanto en el régimen italiano como en el alemán, con la Iglesia, que, pese a sus privilegios, no ve colmadas sus ansias de que los obispos participen directamente en las decisiones políticas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El caso de España contiene importantes elementos diferenciadores. En primer lugar, porque el Régimen franquista no se instaura como producto de un movimiento de masas que llegue al poder a través de unas elecciones, para después eliminar la democracia, sino que surge y se legitima como “los vencedores” de una guerra civil. El Frente Popular crea un peligro inminente de revolución que pone en guardia a todos los sectores conservadores de la sociedad española, la oligarquía terrateniente, la oligarquía financiera y luego las diferentes familias políticas reaccionarias. Pero estas familias apuestan por proyectos políticos divergentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Desde el inicio de la guerra civil y hasta el final de la segunda guerra mundial, en 1945, la única fuerza claramente asimilable al fascio italiano la constituyen los falangistas. El fundador de Falange Española, José Antonio Primo de Rivera, proclama desde el principio que su organización nace para defender y rendir homenaje a la memoria de su padre. El teórico del corporativismo sindical es, fundamentalmente, Ramiro Ledesma, fundador de las J.O.N.S. Sin embargo, hay grandes contradicciones en el proyecto político de los falangistas: junto a un programa de reforma agraria y de modernización industrial (claro está, sin liberalismo político y sin ideas ilustradas), se alimenta la nostalgia de la España creada por los Reyes Católicos, los ecos trasnochados del Imperio y las apelaciones a un sistema político que se remonta al siglo XVI, con toda la parafernalia como el yugo y las flechas, junto con el amor a una indumentaria similar a la fascista (aquí la camisa es azul), la organización paramilitar y la constante apelación al lenguaje de los puños y las pistolas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La segunda familia con un papel importante en el seno de las fuerzas insurgentes la constituyen los carlistas. El carlismo, claro está, es una fuerza antidemocrática, pero su proyecto político nada tiene que ver con el fascismo. Se trata de retroceder hacia una monarquía tradicional, opuesta tanto a la monarquía parlamentaria (al estilo de Isabel II) como a la monarquía absoluta (al estilo de Fernando VII). En efecto, en la monarquía tradicional anhelada por los carlistas el poder del rey está limitado por la tradición y los fueros, por una parte, y por Dios por la otra. Todo poder emana de Dios, y, por lo tanto, el monarca debe ser un siervo fiel a sus dictámenes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La tercera familia política del Régimen son los monárquicos alfonsistas, que apoyan el alzamiento militar contra la república con la intención de restaurar la monarquía borbónica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Finalmente, podríamos considerar a los militares, cuya obsesión parece ser la unidad de España&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El fascismo está, pues, lejos de ser el punto de encuentro de las grandes familias políticas que se levantan contra la República. La ideología común, el elemento realmente integrador de las fuerzas insurgentes, es el catolicismo. Y ello confiere a la Iglesia Católica española el auténtico protagonismo de lo que se conoce como “Alzamiento”. No son el fascismo ni el nacionalsindicalismo los proyectos políticos que mejor nos permiten comprender el entramado del Régimen, sino, precisamente, el nacionalcatolicismo, que en las diferentes etapas de la dictadura franquista concede una mayor o menor relevancia a cada una de las grandes familias políticas antes mencionadas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Dios, la Patria, la Nación como indisociable de Dios y de la Iglesia, es el punto de encuentro utilizado por Franco para asegurarse durante 40 años su poder personal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Al producirse el golpe militar de 1936 y, como consecuencia del mismo, el inicio de la guerra civil, las fuerzas que integran lo que será el régimen franquista se mueven en el contexto de una Europa prebélica, donde ya se ha encendido la mecha de la Segunda Guerra Mundial. El nacionalcatolicismo apuesta, pues, por la amistad con las potencias del Eje, de manera que el fascismo de corte falangista es la expresión privilegiada de los grupos insurgentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La guerra civil, conviene no olvidarlo, se legitima como una Cruzada, con la bendición de la Conferencia Episcopal Española y el beneplácito del Vaticano. Pese a su papel privilegiado en estos momentos, el decreto de unificación en un partido único (Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S.), que integra a falangistas y carlistas junto con la derecha monárquica y antirrepublicana, resta fuerzas al nacionalsindicalismo. Por otra parte, el papel que juega en España este partido único es muy distinto al que sus homólogos juegan en Italia y en Alemania. Franco se apoya más directamente en la Iglesia y en los militares para contrapesar el poder político de las distintas tendencias agrupadas en el partido, en beneficio de su poder personal, que llega a ser incuestionable.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No obstante, la intervención de los camisas negras italianos en la contienda, los bombardeos de la aviación alemana, la parafernalia fascista y, finalmente, el envío de la División Azul para reforzar el frente ruso, convierten a la España de Franco, durante la guerra civil y durante los primeros años de la Segunda Guerra Mundial, en un claro satélite del Eje.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los primeros signos de distanciamiento se producen ya en 1942, con la destitución de Serrano Súñer y con la declaración de España como país “no beligerante”. Este distanciamiento se hace más profundo desde 1944, cuando las muestras de derrota de las potencias del Eje parecen ya innegables. La España franquista pasa de ser un “país no beligerante” a ser un “país neutral”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Desde el punto de vista de lo que fue la vida de los españoles una vez acabada la guerra civil, el desmantelamiento de la parafernalia fascista tardará muchos años en producirse, pero la familia política integrada por los falangistas ya huele a inconveniente y a derrota.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A partir de este momento, si bien el partido único nunca había tenido el control de un proyecto político totalitario, FET DE LAS JONS queda relegado al papel subsidiario de control social y de intercambio de privilegios (en lo sucesivo se hablará del “Movimiento”). La gran beneficiada es, una vez más, la Iglesia Católica, que con el pacto alcanzado en 1941 reafirma su férreo monopolio sobre la moral, la conciencia y la vida privada de todos y cada uno de los españoles.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sin embargo, este cambio de maquillaje como “país neutral” no es aceptado en el ámbito internacional en 1945, y España entra en un periodo de aislamiento político y económico que se prolonga hasta la década de los cincuenta.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ciertamente, el desenlace de la Segunda Guerra Mundial abre numerosas expectativas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los vencidos en la contienda civil, los familiares de los innumerables represaliados y los republicanos en el exilio albergan la esperanza de una intervención de las potencias aliadas que acabe con la dictadura. Por su parte, desde dentro del Régimen, los monárquicos alfonsistas ven llegado el momento de la restauración y la subida al trono de Juan de Borbón.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Franco muestra una vez más su habilidad para aferrarse al poder hasta el final de su vida. A partir del pacto de 1941 con la Conferencia Episcopal, la dictadura franquista ha alcanzado su propia autodefinición como “un reino tradicional y católico”, donde el general Franco, “Caudillo de España por la gracia de Dios”, gobierna como regente vitalicio con el poder de un monarca absoluto.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El profundo oscurantismo de la autarquía de los años 40 parece evocar los anhelos decimonónicos de cavernícolas como Marcelino Menéndez y Pelayo (Ver su Historia de los heterodoxos españoles), con un nacionalcatolicismo sin fisuras.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No obstante, tanto las presiones internas de la burguesía industrial (fundamentalmente catalana), que aspira a mayores beneficios, como la de los monárquicos que han visto frustradas sus pretensiones a corto plazo obligan al Régimen a buscar una cierta apertura internacional en la década de los cincuenta.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y en esta nueva etapa de la dictadura franquista, la Iglesia Católica será, una vez más, la gran protagonista y la gran beneficiada. El Estado Vaticano, creado por Benito Mussolini en 1929, y el Papa Pío XII (a quien, por cierto, nadie pide cuentas por sus responsabilidades en la guerra mundial) se convierten en uno de los dos grandes polos de la nueva apertura. Con el Concordato de 1953, por el que se sustituye el pacto de 1941, se consolida la religión católica como la única religión de España y se consagra el monopolio sin fisuras de la Iglesia en materia de enseñanza, de ética, de moral y de control de la vida pública y privada de los españoles. Se instaura un clero castrense presente en todos los cuarteles, capellanías en cárceles y hospitales, obispos con capacidad de ejercer su censura directa sobre maestros y profesores y sobre cualquier manual de enseñanza que se publique (muchos de los aquí reunidos tenemos edad suficiente para que haya caído alguna vez en nuestras manos la Enciclopedia Álvarez).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El otro polo de la apertura internacional de 1953 lo constituyen los acuerdos con los Estados Unidos para la instalación de bases militares en España (en Torrejón, en Zaragoza, en Morón, en Rota). Este pacto se suscribe a cambio de prácticamente nada (la leche en polvo que se distribuye en las escuelas), salvo el reconocimiento internacional del Régimen como algo ya no estigmatizado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Se ha de tener en cuenta que estamos en plena “guerra fría”, y los Estados Unidos, internamente, están embarcados en la “caza de brujas” lanzada por el senador McCarthy, represaliando a intelectuales, escritores, cineastas y profesionales de todo tipo susceptibles de ser acusados de “actividades antiamericanas”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La España de Franco ya no es vista como una dictadura fascista (pese a que la parafernalia interna continúa sin ser desmantelada), sino, más bien, como algo asimilable a las dictaduras anticomunistas y bananeras que los EE.UU. promueven en toda América Latina. Aquí, sin embargo, el entramado dictatorial ya está consolidado, y no se necesita la intervención de la CIA. Por otra parte, por su enclave geopolítico y su valor estratégico como llave entre el Atlántico y el Mediterráneo, este es uno de los baluartes más golosos para el creciente imperialismo norteamericano.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;De este modo, atenazados entre los Estados y Unidos y el Estado Vaticano, que legitiman internacionalmente el Régimen franquista ya completamente anquilosado, los españoles hemos tenido que continuar sufriendo la feroz opresión de la dictadura, desde 1953 hasta la muerte de Franco.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El final de la autarquía produce, sin embargo, cambios inevitables en la composición de la economía y de la sociedad española. Junto a las tradicionales oligarquías terrateniente y financiera, ha llegado a desarrollarse una fuerte burguesía industrial (sobre todo en Cataluña y en el País Vasco), y se ha pasado a un mercantilismo ya no tan proteccionista como el de las primeras fases.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Al final de la década de los cincuenta y a principios de los sesenta, entra en juego una nueva familia política, hasta el momento ausente. Se trata, de nuevo, de una carta jugada por la Iglesia Católica, que en todas las etapas de la dictadura es la verdadera protagonista y la más beneficiada: me refiero a los tecnócratas del Opus Dei, que ocuparán los principales ministerios relativos a los aspectos económicos. Y Franco, como siempre, conserva su habilidad para dar primacía a la familia política que mejor le convenga para mantener su poder personal, relegando, sin liquidarlas, a un segundo plano a las restantes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La figura principal en la economía de los años sesenta es, como sabéis, Laureano López Rodó. El discurso desarrollista cambia ahora por completo: si en las etapas anteriores el Régimen se autodeclaraba tanto anticapitalista como anticomunista (bien en la versión fascista de estas oposiciones o en la versión de retorno al Antiguo Régimen y a las oligarquías tradicionales), ahora se habla de un capitalismo sin liberalismo, de un capitalismo sin democracia (porque son elementos que permiten la reorganización del movimiento obrero y la “desintegración social”).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como recordáis muchos de los aquí presentes, en los años sesenta, desde las filas de los tecnócratas de Opus Dei, se teoriza sobre la diferencia entre el liberalismo económico y el liberalismo político, ensalzando el primero y demonizando el segundo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los cambios económicos conllevan, sin embargo, cambios sociales impredecibles. Pese a la total ausencia de democracia, fenómenos como la afluencia turística europea o la movilidad conseguida gracias a la proliferación del Seat 600 hacen que muchos españoles comiencen a salir de ese letargo intelectual y moral provocado por décadas de aislamiento, de desinformación y de oscurantismo, vislumbrando lo que significa diferentes maneras de vivir y de ser ciudadano, de hablar con libertad y de atravesar fronteras.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por lo demás, en los años sesenta se produce un giro en la política internacional de la Iglesia Católica, que por primera vez sorprende en fuera de juego al dictador y socava el nacionalcatolicismo (según este lo concibe) como entendimiento sin fisuras entre el Régimen y la Iglesia. Me refiero, claro está, al Concilio Vaticano II.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A la muerte de Pío XII, la Iglesia se ve obligada a lavarse la cara y maquillarse ante las fuertes implicaciones directas de este Papa en los designios de represión o, llegado el caso, de exterminio de cualquier ser humano no católico o, al menos, no cristiano, apoyándose en feroces regímenes totalitarios y en crueles dictaduras como la española.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ahora la Iglesia, en el ámbito mundial y en el Occidente anticomunista y cristiano, se ve obligada a competir con otras religiones, y no siempre en situación de monopolio o de franca mayoría en las potencias líderes del llamado “mundo libre”. Ya no puede reclamar un trato respetuoso en Estados Unidos, en Inglaterra, en la laica Francia, mientras en países dictatoriales como España se sustenta en regímenes políticos que reprimen con rudeza a las restantes religiones. Por su parte, los Estados Unidos tampoco ven con buenos ojos que sus países satélites repriman las confesiones protestantes (es decir, a quienes pueden ser correligionarios de su Presidente).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Concilio Vaticano II introduce, pues, haciéndola suya, la antigua noción protestante de “libertad religiosa”. Pero no nos equivoquemos: la “libertad religiosa” en nada es una noción asimilable a la “libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones” que proclaman la Declaración Universal de 1948 y el Convenio Europeo de 1950.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La tímida ley franquista de libertad religiosa de 1964 tiene una nula repercusión en las vidas de la mayoría de los españoles, que siguen siendo vigilados y controlados desde los obispados y las parroquias. Es, simplemente, una ley que pone fin a las persecuciones contra los protestantes y otros grupos minoritarios y les permite la libertad de culto. El conjunto de la población española no encuadrado en una de estas toleradas religiones minoritarias sigue siendo obligadamente católico (y necesariamente “buen católico”, según el certificado del párroco correspondiente, para ejercer determinadas funciones públicas como el magisterio). Y esta situación se prolonga hasta la Constitución de 1978, trece años después de concluido el Concilio iniciado por Juan XXIII, el Papa santurrón de los curas de guitarrita, de teólogos como el señor Tamayo y de “obispos seglares” como el señor Peces-Barba. Para quienes realmente aspiraban a las cotas mínimas de libertad de conciencia enunciadas en el Declaración Universal, Juan XXIII aparece más bien como el más astuto y el más hipócrita entre los Papas del siglo XX.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A la muerte del dictador, con la toma de posesión del Rey jurando defender “hasta la última gota de sangre” los principios que inspiraron el “Movimiento”, el periodo constitucional se abre con tres grandes chantajes políticos que convierten la situación actual en una auténtica prolongación de la dictadura franquista:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) La indiscutible permanencia de España como baluarte y satélite militar de los Estados Unidos, cuya culminación se realiza durante el primer gobierno socialista, con la fraudulenta elección entre OTAN o bases americanas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) La propia Monarquía, que convierte finalmente en vencedores tardíos a los antiguos monárquicos alfonsistas, entre las familias políticas del Régimen.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3) El mantenimiento de la Iglesia Católica como fáctica religión oficial del Estado, bajo la forma de un criptoconfesionalismo, con la revisión y actualización del Concordato de 1953.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Dado el título y el objetivo de esta exposición, es con el despliegue de este tercer punto (o este tercer chantaje) con el que quisiera concluirla.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Con el Acuerdo Base entre el Estado Español y la Santa Sede de 1976, en un momento preconstitucional, comienza esta actualización concordataria. El Acuerdo de 1976 introduce, fundamentalmente, tres cosas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) La noción, aceptada sin crítica alguna por el Estado, de “libertad religiosa”, tal como esta emana directamente del Concilio Vaticano II.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) La renuncia, por parte del Estado (y esto a cambio de nada), a participar directamente en la designación de obispos, que sin embargo siguen siendo autoridades civiles o militares.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3) El compromiso de sustituir por nuevos contenidos los restantes artículos de Concordato de 1953, cosa que se hará con los Acuerdos de 1979, ya negociados antes de que se apruebe la Constitución:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Asuntos económicos.&lt;br /&gt;-Asuntos jurídicos.&lt;br /&gt;-Enseñanza y asuntos culturales.&lt;br /&gt;-Atención religiosa a las fuerzas armadas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Concordato de 1953 no ha sido, pues, abrogado jamás. La estructura que determina la relación Iglesia – Estado permanece incólume, y lo que en realidad se ha hecho es sustituir en diferentes fases los viejos muebles del edificio por un nuevo mobiliario.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Acuerdo Base de 1976 y los cuatro Acuerdos de 1979 (pero pactados con anterioridad) mantienen todos los privilegios de la Iglesia Católica, eliminando enunciados hirientes, como la declaración abierta de confesionalidad del Estado o la afirmación de que “la religión católica es la única religión de España”. En esto, el Cardenal Tarancón, presentado como uno de los artífices de la llamada “transición”, es realmente el zorro en la sombra, el Juan XXIII español.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Constitución española de 1978, sobre todo en su artículo 16, nace así como producto del chantaje de unos acuerdos ya pactados, que recogen al pie de la letra los nuevos dictámenes de la Iglesia:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En el Artículo 16.1, la libertad ideológica y la libertad religiosa y de culto se reconocen como un derecho de los individuos y de las comunidades. Y, como hemos visto en toda la jurisprudencia emanada desde entonces desde el Tribunal Supremo y desde el Tribunal Constitucional, el término “comunidad” se entiende de la manera más amplia: desde un municipio a un colegio público, desde el ejército a un cuerpo o una compañía del mismo o de las fuerzas de seguridad…&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo que caracteriza a una comunidad, a diferencia de una asociación o una organización de carácter privado, es que el individuo no puede sustraerse, sin más, de su pertenencia a la misma:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Si en un colegio público la mayoría católica en el Consejo Escolar decide imponer al conjunto de la comunidad educativa (padres, alumnos, profesores y personal no docente) sus convicciones religiosas, sus símbolos y sus iconos, los tribunales de justicia, en virtud de nuestra legislación, reconocen la posibilidad de confesionalidad de un organismo público, sin que ello afecte a la no confesionalidad del Estado (caso C.P. “Macías Picavea” de Valladolid).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Si un municipio actúa de manera abiertamente confesional, no sólo como participante sino como organizador de actos litúrgicos y de culto, el funcionario público (caso del Jefe de la Policía Local de Villarreal) que quiere sustraerse a la asistencia a los mismos debe pleitear durante años. Cuando finalmente se le reconoce su “inmunidad de coacción”, se le exime, pero nadie le hace justicia por los sufrimientos pasados, las coacciones y las vejaciones vividas, cuyos autores quedan en completa impunidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por lo demás, el Artículo 16.2, que nos exime de la obligación de declarar sobre nuestra ideología o sobre nuestras convicciones religiosas, se convierte así, en virtud de lo anterior, en un burla y un escarnio para todos los españoles. En los casos arriba citados, los ciudadanos afectados no han tenido más remedio que renunciar a este derecho para hacer valer su libertad de conciencia, sufriendo así todas las presiones y descalificaciones públicas que los creyentes militantes han querido lanzar sobre ellos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El artículo 16.2 no nos protege en ningún punto sensible (es decir, cuando el declarar sobre nuestras convicciones puede hacernos objeto de agresiones morales, de descalificaciones o de discriminaciones). Estamos obligados a manifestarnos en este punto desde el momento en que realizamos nuestra declaración del IRPF; desde que matriculamos a un hijo en un colegio público o sostenido con fondos públicos, donde se pone de manifiesto si el alumno entra o no en clase de religión católica; desde que acudimos a un juzgado y tenemos que elegir entre las fórmulas “jura o promete”, aunque en el pleito esté implicada la Iglesia y la sala esté presidida por un crucifijo tras la cabeza de un juez del Opus Dei… Y aquí podríamos citar un rosario interminable de situaciones…&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Artículo 16.3, tras el enunciado de que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”, crea la coartada para legitimar el actualizado Concordato con la afirmación de que “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para empezar, aquí ha desaparecido toda consideración positiva de las convicciones de carácter no religioso. Pero, como además veremos, la supuesta “cooperación” con la Iglesia Católica llega a desarrollar todo un corpus jurídico de Derecho Eclesiástico del Estado que la convierte en entidad de derecho público y, por lo tanto, en religión estatal, en franca contradicción con el primer enunciado del artículo que nos ocupa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El bucle que completa la bien visible confesionalidad católica del estado español, como permanencia sin fisuras del nacionalcatolicismo, enmascarada en enunciados contradictorios, se cierra con la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Con ella, las convicciones de carácter no religioso son reducidas a mera negatividad, a “ausencia de creencias” o “ausencia de convicciones”, y con la coartada establecer nuevos pactos con otras confesiones, se pretende haber cerrado el binomio dictatorial franquismo = catolicismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las consecuencias de esta piedra angular del renovado nacionalcatolicismo, integrada por los Acuerdos de 1976 y 1979, por el artículo 16 de la Constitución y por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, las padecemos, fundamentalmente, en cuatro ámbitos ampliamente visibles:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) La actuación pública de las jerarquías católicas como auténticas autoridades civiles y militares (de hecho, lo son, por mucho que este cuarto poder antidemocrático pretenda enmascarase), con el respaldo y la complacencia del Estado (supuestamente aconfesional):&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-La ofrenda anual al Apóstol Santiago y la manifiesta confesionalidad de la Jefatura del Estado y de la familia real en todas sus manifestaciones públicas, estén o no en el ejercicio de sus funciones institucionales, hablando en nombre de todos los españoles y postrándose, también en nombre de todos, ante los representantes -católicos- de Dios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-La constante participación de miembros del gobierno, de autoridades de las comunidades autonómicas y de autoridades municipales, en el ejercicio de sus funciones, en actos de culto católico, en nombre de todos los ciudadanos a los que representan.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Los funerales de Estado por las víctimas de los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 en Madrid, muchas de los cuales, como es evidente, no eran católicas, constituye uno de los episodios más vergonzosos de nuestra historia reciente en materia de libertad de conciencia. El absoluto desprecio que nuestros gobiernos (tanto del PP como del PSOE) muestran hacia el ciudadano no católico sólo es equiparable al desparpajo con que el Cardenal Cañizares nos retrotrae al más genuino nacionalcatolicismo franquista.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-Espectáculos igualmente vergonzosos han sido los recientes funerales militares y los homenajes a soldados caídos en misiones en el extranjero, con la presencia del Arzobispo General Castrense, dando por sentado que todos ellos y sus familiares son católicos (o, sencillamente, son marginados, ignorados o estigmatizados si manifiestan no serlo).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) La financiación de la Iglesia Católica con dinero público y el mantenimiento de un parafuncionariado de curas y de obispos, así como las correspondientes capellanías, nos sitúan de lleno en una concepción innegablemente clerical del Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3) En materia educativa, lo que en la Declaración Universal es un derecho preferente de los padres (creyentes o no) a decidir el tipo de educación que quieren para sus hijos se convierte aquí en un derecho exclusivo de los padres católicos (los pactos con musulmanes y protestantes no generan las mismas obligaciones), con el mantenimiento de otro parafuncionariado de catequistas en las escuelas y toda una red de centros de ideario católico sostenidos con dinero público (casi el 90% de la enseñanza privada concertada).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;4) Con la reintroducción en 1995 del delito de blasfemia (artículos 522 a 525 de Código Penal), bajo la máscara de “ofensa a los sentimientos religiosos”, la concepción emanada de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, que hace de cualquier convicción no religiosa una “ausencia de convicciones”, convierte también en este terreno al Estado en brazo secular de la Iglesia Católica (y de otras confesiones, aunque en menor medida), castigando como delitos los pecados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Parece obvio que, si el principio de igualdad se aplicara a creyentes y no creyentes, para proteger los sentimientos religiosos sería necesario proteger también los sentimientos políticos, filosóficos, estéticos… y, por qué no, futbolísticos para los forofos de cada club… Es obvio que este no es el sentido de los derechos fundamentales, que deben proteger a los individuos y no las convicciones sobre las que proyectan sus sentimientos, ya que eso supondría el colapso completo de la libertad de pensamiento y de expresión. Casos recientes, como el alboroto mundial por las caricaturas de Mahoma y, en la nacionalcatólica España, las agresiones sufridas por Íñigo Ramírez de Haro, Leo Bassi o el fotógrafo Montoya ponen de manifiesto la confesionalidad fáctica del Estado, blindando determinadas ideologías (las de corte religioso), que pueden participar en la vida política sin exponerse al mismo grado de crítica que las demás.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Qué ha cambiado desde la dictadura franquista con respecto a la religión? Exactamente lo que a la Iglesia le ha parecido bien cambiar para lavar su imagen y hacernos olvidar su historia. Pero aquí el poder de la Iglesia Católica, el elemento fundamental en la dictadura de Franco, necesariamente abierto ahora a una cierta tolerancia hacia otras religiones, continúa manteniéndose incólume. Ello para burla y escarnio de una verdadera democracia y para mostrar el ridículo de una “transición” que ya es casi tan larga como la propia etapa histórica que pretendía dejar atrás.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hemos salido de la cárcel, sí, y podemos expresar cosas que antes resultaban impensables. Pero continuamos en el patio, en un régimen de libertad restringida y vigilada.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-6003106653350698854?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6003106653350698854'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6003106653350698854'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2010/04/religion-y-politica-franquismo-y.html' title='RELIGIÓN Y POLÍTICA: FRANQUISMO Y DEMOCRACIA'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S8lZEIhHwKI/AAAAAAAAAKY/rBJqbk1iLX8/s72-c/caudillo.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-6070715491098442730</id><published>2010-04-14T22:28:00.006+02:00</published><updated>2010-04-17T08:55:12.669+02:00</updated><title type='text'>TONY BLAIR Y SU AMISTAD CON DIOS</title><content type='html'>&lt;a href="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S8laPvnDVaI/AAAAAAAAAKg/b1ReZsuLdlI/s1600/dios+padre.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5460995249688237474" style="WIDTH: 202px; CURSOR: hand; HEIGHT: 283px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S8laPvnDVaI/AAAAAAAAAKg/b1ReZsuLdlI/s320/dios+padre.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;Reproduzco un inocente cuento que puse hace un par de años en la web y que hace poco, por casualidad, he recuperado.&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;26 de junio de 2008.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Según dice la prensa, hace unas pocas semanas el señor Blair estuvo en Barcelona, donde cobró 300.000 euros por una charla acerca de su amistad con Dios. Puedo asegurarles que miente. Y no es que yo sea amigo de Dios, pero sí tengo el gusto de conocerlo. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Al Dios Padre (el de toda la vida, claro) me lo encontré una noche a la salida de un puticlub en la autovía de Extremadura, y me pidió que lo llevase a la ciudad. Como estábamos en carnavales, no me llamaron demasiado la atención aquella especie de bata o de camisón y la barba desaliñada. Pero una vez en el coche lo miré de reojo y le dije: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Oye, colega, yo te conozco de algo. ¡Ya caigo! La Enclopedia Álvarez y sus páginas sobre Historia Sagrada. Si supieras la de veces que me he cagado en ti, cacho cabrón!&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Oiga, oiga, un respeto a la divinidad.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Mira, yo en mi coche blasfemo lo que me da la gana. Y para ser Dios andamos un poquito precarios de transporte, ¿no?&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Es que vine en el carro de Elías, y la guardia civil quería detener al pobre profeta por peligro de incendios forestales. Tuvo que salir que se las pelaba.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Muy bonito. ¿Y qué hacemos por el mundo, buen hombre?&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Es que en el cielo, con tanta Isabel la Católica, tanto Escrivá de Balaguer y tanto salmo me aburro. He fabricado un clon de mí mismo y lo he sentado en una nube para que lo contemplen. Ni se enteran. Después me he metido en el cuerpo de un interno en el cotolengo de Santa Margarita.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Desde luego, por el camisón, la barba y las uñas de los pies sucios, lo más parecido a ti. Hombre, que desde Abraham las indumentarias han cambiado un poquito. Además, si te aburres en el cielo es por tu puñetera culpa: tienes lo que has creado. Primero nos puteas sin tregua a lo largo de la historia y todavía, en pleno siglo XXI, tus amiguitos Bush, Blair y Aznar lanzan una cruzada y nos ponen a todos al filo de una catástrofe mundial. Y tienes el cinismo de venir aquí para librarte del aburrimiento.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Oiga, que ni Bush ni Blair ni Aznar son mis amigos. Sólo los utilizo. Necesito que la gente se mate por mí. Cada uno se gana la vida como puede…&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;- No te justifiques… &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Y le solté todo lo siempre había deseado soltarle, cosa que jamás había hecho por no creer en su existencia, por un pudor ateo.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Como estaba en mi coche no se atrevió a replicar hasta que lo dejé en la puerta del cotolengo. Pero ya fuera, me dijo con voz amenazadora.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-Gracias por el viaje. Una vez que me deshaga de este cuerpo mortal y recobre mis poderes, date por inscrito en la lista de condenados al infierno.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;-El infierno es tu cielo. Ni tú mismo lo aguantas, mamarracho.&lt;/div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Así fue como conocí a Dios, y por ello puedo asegurar que Tony Blair no es su amigo, sino uno de sus títeres.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt; &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-6070715491098442730?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6070715491098442730'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6070715491098442730'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2010/04/tony-blair-y-su-amistad-con-dios.html' title='TONY BLAIR Y SU AMISTAD CON DIOS'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S8laPvnDVaI/AAAAAAAAAKg/b1ReZsuLdlI/s72-c/dios+padre.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-6211059888893705760</id><published>2010-01-10T10:10:00.006+01:00</published><updated>2010-05-15T10:32:35.314+02:00</updated><title type='text'>LA CONSIDERACIÓN POLÍTICA DE LA INCREENCIA</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S0mcVKcfJjI/AAAAAAAAAKQ/VNArVr0Qz-g/s1600-h/poder+iglesia.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5425039113539495474" style="WIDTH: 267px; CURSOR: hand; HEIGHT: 320px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S0mcVKcfJjI/AAAAAAAAAKQ/VNArVr0Qz-g/s320/poder+iglesia.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;Transcribo a continuación un artículo de 2007 que puede resultar clarificador sobre los mecanismos que la Iglesia Católica y las grandes religiones ponen en marcha para la configuración de un "poder espiritual" que las sitúa por encima de las leyes. &lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;LA CONSIDERACIÓN POLÍTICA DE LA INCREENCIA&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;br /&gt;I CONCILIO ATEO,&lt;br /&gt;Toledo, diciembre de 2007.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;El fundamentalismo es el eje vertebrador de este Concilio Ateo, y no estoy muy seguro de que todos los reunidos aquí entendamos lo mismo cuando utilizamos un término tan polisémico. De hecho, cuando lo acuñó Wilhelm Marr en 1879, lo hizo con un significado muy restringido, para aludir a todas las corrientes y movimientos sociales que atacaban la religión, el pensamiento y las costumbres del pueblo judío. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Hoy en día, la palabra parece significar la exigencia intransigente de sometimiento a una doctrina. Tendríamos que valorar, pues, cuál es el grado de intransigencia requerido para que hablemos de fundamentalismo. ¿Es necesario que la exigencia se acompañe de violencia o de amenaza de violencia, o basta con que haya coacción, discriminación y/o marginación del que no se somete? &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Porque, en el primer caso, el fundamentalismo quedaría limitado a los sectores más fanatizados de las distintas grandes religiones. En el segundo, sin embargo, la línea de pensamiento inaugurada por Locke y por la noción de “libertad religiosa”, que habitualmente escapa a la acusación de fundamentalista, bajo de máscara de tolerancia y de “un trato igual a todas las religiones”, entraría de lleno en nuestra definición.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;No he venido a este Concilio Ateo con el propósito de ocuparme, desde el punto de vista ontológico, de algo llamado Dios (aunque, personalmente, siento la tentación de hacerlo), sino de la consideración política y jurídica de la increencia: es decir, la consideración de quienes rechazan la obligación de mirar lo que consideran “realidad” a través de la lente de una religión positiva (o de una panreligión), sostienen la posiblidad de otro tipo de lentes para componer su cosmovisión o afirman la libertad de utilizar directamente sus ojos -en este lenguaje figurado.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Y, como punto de partida, me gustaría situarme en lo que es el núcleo duro de la propuesta que formula el laicismo: el establecimiento de las condiciones políticas, jurídicas y sociales idóneas para el pleno desenvolvimiento de la libertad de conciencia, entendida esta en su doble acepción, como conciencia moral y como “consciencia”, es decir como algo asimilable a pensamiento.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;De la propuesta laicista se desprenden tres condiciones irrenunciables:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;1) Se trata de un derecho de los individuos, de los hombres y mujeres tomados de uno en uno, y no de un derecho de las comunidades, que así podrían imponer una religión o una convicción de carácter no religioso a los integrantes de las mismas. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;2) Las convicciones de carácter religioso y las convicciones de carácter no religioso están consideradas en un plano de igualdad, en lo que se refiere a la consideración política y jurídica de los individuos que se adscriben a ellas. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;3) Se prohibe explicitamente a los poderes públicos cualquier tipo de medida que discrimine en función de las convicciones. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Partimos, pues, de esta conquista irrenunciable que arranca de la Ilustración y de la modernidad: agnósticos y ateos, con diferentes cosmovisiones de carácter no religioso, y creyentes, con diferentes cosmovisiones religiosas, somos merecedores de idéntica consideración política y jurídica, allí donde los principios de libertad y de igualdad no sean meros adornos retóricos.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Y, lo que es más importante, el hombre de la calle, el ciudadano de a pie, que, más que creyente, agnóstico o ateo, parece ser un perfecto ecléctico, tiene todo su derecho a existir como tal y a utilizar o no la lente de la religión o de la increencia según el ámbito de la realidad que enfoque. Esto es de extrema importancia para todos nosotros, ya que el eclecticismo es la postura de la inmensa mayoría de la población española y, probablemente, de la inmensa mayoría de la población mundial.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Lo que advertimos, sin embargo, tanto en el caso de España como en el ámbito internacional, es que la noción de “libertad de conciencia” es constantemente suplantada por lo que se conoce como “libertad religiosa”.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Ahora bien, la libertad religiosa no es un derecho fundamental, si por el mismo entendemos la plasmación de un derecho humano universal en una Constitución y un desarrollo legislativo concretos. Y no lo es por dos razones: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;1) Un derecho universal es, por definición, atribuible a todos y cada uno de los seres humanos y reconocible en todos y cada uno de ellos. Y es obvio que no todos los seres humanos se adscriben a una cosmovisión de tipo religioso. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;2) Pero, además, la llamada “libertad religiosa” es doblemente fraudulenta porque, en sus orígenes históricos y tal y como ha sido retomada y utilizada por la Iglesia Católica desde el Concilio Vaticano II, aparece, sobre todo, como un derecho de las comunidades.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Esta segunda tergiversación de lo que es un Derecho Universal merece ser analizada con un poco de detenimiento: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Con el Edicto de Nantes, promulgado por Enrique IV, se pone fin, es cierto, a la sangría de las guerras de religión en Francia. Pero desde el punto de vista del derecho, lo que se hace es distribuir a la población francesa en dos comunidades: los católicos y los hugonotes, donde la libertad del individuo se disuelve y desaparece por completo. Aquí no caben las convicciones de libre elección y aquí no cabe la increencia.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;A planteamientos similares llega Lutero, cuando ya el protestantismo parece haber triunfado en Alemania: “un príncipe, una religión”, dice. La libertad de conciencia queda anulada por la ineludible pertenencia del individuo a la comunidad gobernada por su príncipe. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Una influencia más directa en la formación de nuestras democracias occidentales ha tenido el pensamiento de Locke. En efecto, en sus escritos sobre la tolerancia, Locke exluye a los católicos por ser siervos de Roma, de una potencia extranjera. Igualmente, aunque por muy diferentes razones, excluye a los ateos, quienes, al no creer en Dios, son seres esencialmente depravados, inhabilitados para ocupar cargos públicos o para ser llamados como testigos en un juicio. Lo que Locke establece, pues, es un mosaico de comunidades religiosas. Con la influencia de sus planteamientos en la Ilustración del siglo XVIII y en la democracia norteamericana, los católicos quedan incorporados como una secta más, pero la consideración excluyente de las convicciones no religiosas se mantiene.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Para retomar las raíces de lo que entendemos por “libertad de conciencia”, frente a la noción fraudulenta de “libertad religiosa”, debemos recordar a un francés, coetáneo de Locke y también exiliado en los Países Bajos: Pierre Bayle, autor del Diccionario histórico y crítico, que ya en pleno siglo XVII luchaba con firmeza contra la exclusión de los ateos de los derechos positivos. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;La libertad religiosa, en resumidas cuentas, es eso: el sometimiento de los seres humanos como individuos a una comunidad y a los líderes religiosos de la misma, con el apoyo de los poderes públicos, convertidos así en brazos seculares para dar “al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”. En sus manifestaciones extremas, podemos apreciar qué es exactamente hoy la “libertad religiosa” en países como Líbano, donde el ciudadano sólo puede participar en la vida política en tanto que cristiano o musulmán; en Irak, donde la sangría imparable, provocada por la intervención militar de los EEUU y sus potencias aliadas, pretende resolverse con la conciliación del partido chií y del partido suní, anulando cualquier consideración del ciudadano no sometido a los poderes clericales; en Nigeria, donde el establecimiento de tres comunidades, la cristiana, la musulmana y la animista, permite que, en un país que se declara laico en su constitución, pueda ser lapidada una mujer acusada de adulterio y juzgada por un tribunal coránico.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;La noción de libertad religiosa no sólo es incompatible con la libertad de conciencia, sino que supone un peligro inminente para todos nosotros y para nuestras frágiles conquistas democráticas. Recordemos que los EEUU tienen un observatorio internacional, que elabora un informe anual, para velar por la libertad religiosa (curiosamente, no existe un observatorio para velar por la libertad de conciencia, es decir, para velar por la libertad de convicciones, sean estas religiosas o no). &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El caso reciente de Canadá, donde con más de un millón de musulmanes se pretendía el establecimiento de tribunales coránicos para juzgar delitos familiares (pecados convertidos en delitos), nos muestra la magnitud del peligro que se cierne sobre nosotros. El intento no fraguó gracias a las protestas de las organizaciones feministas, laicistas y defensoras de los derechos humanos, como Amnistía Internacional. Pero la pretensión de que todos los seres humanos, creyentes o no, coaccionados por los poderes públicos, demos a Dios lo que las jerarquías eclesiásticas pretenden que le debemos es cada vez más evidente. Y eso es fundamentalismo.Cito un breve artículo de José Manuel Calvo (“El País”, 10-09-05):&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“El integrador y en tantas cosas ejemplar modelo de convivencia de Canadá está ante una situación nueva y complicada. La propuesta para permitir que la sharía, o ley islámica, pueda usarse para resolver problemas familiares en Ontario, la provincia más poblada del país y un mosaico de razas y religiones, ha despertado una tormenta de protestas.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“De aplicarse, sería el primer lugar en un país occidental en el que ocurre algo así. &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“En Ontario vive una tercera parte de la población de Canadá, en donde habitan unos 600.000 musulmanes. Las comunidades cristianas y judías de la provincia lograron en 1991 la posibilidad de tener tribunales especiales de familia para solucionar las disputas con criterios inspirados por la religión. Nadie estaba al tanto de esto hasta que, recientemente, los líderes musulmanes pidieron los mismos derechos. Un informe oficial les dio la razón con unas garantías y condiciones, y ahora el primer ministro de Ontario, Dalton McGuinty, debe tomar una decisión. &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“McGuinty asegura que los derechos de las mujeres no se verían afectados: "Hagamos lo que hagamos, se respetarán los valores de Canadá". Pero sus palabras no han tranquilizado a muchos: "Está flirteando con la política islamista, y ése es un juego peligroso que pone en peligro la seguridad y las vidas de mujeres y niños", según Homa Arjomand, que coordina desde Toronto la Campaña Internacional contra la Sharía. El grupo, apoyado por movimientos feministas, de defensa de los derechos humanos, como Amnistía Internacional, y de refugiados iraníes y de otros países islámicos, ha organizado manifestaciones. "Los derechos de las mujeres no son negociables, y no vamos a consentir la interferencia de la religión en nuestro sistema de justicia".&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“Los defensores de la medida creen que no puede haber discriminaciones; para los críticos, la introducción de la sharía crearía un precedente peligroso y ninguna garantía es suficiente. "Lo que están haciendo es ayudar a los islamistas a legalizar la violencia contra las mujeres", dijo Shiva Mahbobj a la televisión: "Bajo la sharía, si una mujer tiene relaciones extramatrimoniales, puede ser lapidada; una niña de nueve años puede ser obligada a casarse".”&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En un contexto geopolítico más cercano, la Iglesia Católica y las diferentes iglesias protestantes no cesan en su intento de convertir Europa en una macrocomunidad cristiana, y de que esto quede reflejado en el texto de la supraconstitución.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Se argumenta, desde diferentes sectores, que el cristianismo es, nos guste o no, nuestra realidad histórica desde el Emperador Teodosio. Pero, al margen de que realidad histórica innegable son también el paganismo, el derecho romano, el Renacimiento, la Ilustración y los innumerables perseguidos y represaliados por las diferentes iglesias cristianas sin excepción (más de 200 hipócritas peticiones de perdón, mientras mantenía el hacha de la coacción levantada, formuló Juan Pablo II), el texto de la Constitución Europea no es un texto historiográfico, sino una declaración política y jurídica: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Dado que el voto de la mujer (y con él su consideración plena como ciudadana) sólo se consolida tras las dos guerras mundiales del siglo XX, con similares argumentos podríamos reclamar el reconocimiento de “las raíces machistas de europa”.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Dado que la esclavitud doméstica se prolonga, prácticamente, hasta el siglo XVIII y que, hasta el siglo XIX, las principales potencias europeas practican el tráfico de esclavos en sus colonias, debemos pedir que también se expresen “la raíces esclavistas de Europa”.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;La sistemática persecución a los judíos y a otras comunidades étnicas, hasta llegar al holocausto, con la muda complicidad de Pío XII y de los luteranos alemanes, debería igualmente plasmarse en el texto supraconstitucional como “las raíces racistas y antisemitas de Europa”. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En el caso de España, también observamos esta suplantación de la libertad de conciencia por la llamada “libertad religiosa”, como un derecho de las comunidades. Si bien el Estado es aconfesional, se utiliza como coartada el hecho de que la sociedad es religiosa y mayoritariamente católica.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;No obstante, si observamos el comportamiento de quienes se dicen “católicos” en las encuestas de opinión, veremos que este nada o muy poco tiene en común con lo que por “católico” entiende el Cardenal Cañizares: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;1) Menos de 1/3 de quienes hacen la declaración anual del IRPF marcan la casilla de sostenimiento a la Iglesia Católica, pese a que ello nada les cuesta de su bolsillo, sino que se sustrae del erario público común para sostenimiento del clero. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;2) El conjunto de la población española, expresado en el comportamiento observable de la amplia mayoría, utiliza prolijamente medios contraceptivos y recurre a la interrupción voluntaria del embarazo, por razones de higiene y/o con el propósito de una maternidad/paternidad responsable, pese a las presiones de las jerarquías católicas y de otras confesiones para que los poderes públicos imposibiliten o dificulten el libre acceso a dichos medios. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;3) Muchos de quienes se declaran católicos en encuestas de opinión recurren al divorcio y al matrimonio civil para crear nuevas uniones.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;4) La mayoría de la población española, como queda de manifiesto en sus opciones políticas expresadas democráticamente, está a favor del matrimonio civil, del divorcio, de no discriminar ni estigmatizar en modo alguno a las madres solteras, a las parejas de hecho, a las uniones entre homosexuales… &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Pese a que estos comportamientos objetivamente observables ponen de manifiesto que el término “católico” es polisémico, y encierra diferentes acepciones según lo utilicen el Cardenal Cañizares o los ciudadanos católicos de a pie, los obispos pretende hablar y actuar como representantes políticos de todos ellos, como autoridades civiles, intentando suplantar a los representantes que los ciudadanos eligen democráticamente en ambitos que no son los estrictamente cultuales.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Volviendo al fundamentalismo como eje vertebrador de este Concilio Ateo, quiero decir que considero fundamentalista todo el pensamiento heredero de Locke y de la noción de libertad religiosa, asumida y utilizada por la Iglesia desde el Concilio Vaticano II. Y ello porque dicho pensamiento no es sólo la expresión legítima de opiniones, sino que se traduce en propuestas políticas y jurídicas concretas que consagran la discriminación y la desigualdad. Al mismo tiempo, es necesario insistir en que la privación de derechos analizada no sólo afecta a los ateos y a quienes se reconocen en convicciones de libre elección de carácter no religioso: afecta también a ese aludido ciudadano ecléctico de a pie, que no se ve representado, fuera de ámbitos estrictamente cultuales, por las jerarquías eclesiásticas de su confesión.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Para empezar, sería útil prestar atención a la manera en que se articula el discurso católico, en lo que a las relaciones Iglesia – Estado se refiere, a partir del Concilio Vaticano II: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“La laicidad del Estado se fundamenta en la distinción entre los planos de lo secular y de lo religioso. Entre el Estado y la Iglesia debe existir, según el Concilio Vaticano II, un mutuo respeto a la autonomía de cada parte. &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“¡La laicidad no es el laicismo!&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“La laicidad del estado no debe equivaler a hostilidad o indiferencia contra la religión o contra la Iglesia. Mas bien dicha laicidad debería ser compatible con la cooperación con todas las confesiones religiosas dentro de los principios de libertad religiosa y neutralidad del Estado.”&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El Estado, pues, debe reconocer, desde el punto de vista jurídico y político, la existencia de dos planos de la realidad: uno secular y otro religioso, monopolio este último de la Iglesia (compartido, si es el caso, con otras confesiones). Con ello, el Estado mismo debe adscribirse a una cosmovisión religiosa del mundo y asumir el papel tradicional de brazo secular para coaccionar a todos los ciudadanos y obligarlos a plegarse a ese “poder espiritual”. A ello se llega a través de fórmulas concordatarias, en las que se produce una curiosa separación formal de sentido unívoco entre la Iglesia y el Estado, de manera que aquella se sitúa por encima de la leyes y puede obrar con completa impunidad en el seno de este.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Así quedaría definida la laicidad, frente al laicismo, considerado como “hostilidad o indiferencia contra la religión o contra la Iglesia”. Para empezar, si el laicismo es hostil contra la religión o contra la Iglesia, sólo lo es en aquellos aspectos bien visibles donde la religión o la Iglesia atentan contra los derechos humanos, no contra los individuos religiosos o católicos tomados de uno en uno como conciencias libres. En segundo lugar, bien desearíamos los laicistas que la Iglesia nos tratara con la misma indiferencia, en lugar de presionar a los poderes públicos para que restrinjan el disfrute de nuestros derechos fundamentales. Por lo demás, como se advierte en el último párrafo citado, la “cooperación” debe darse con todas las confesiones religiosas, excluyéndose las convicciones de carácter no religioso, privadas de derecho a existir que no sea la pura negatividad.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Pero veamos otras muestras recientes que nos instruyan sobre el tipo de poder que pretende (o al que no quiere renunciar) la Iglesia. Juan Pablo II declaraba el 24 de enero de 2005: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“(…) en el ámbito social se va difundiendo también una mentalidad inspirada en el laicismo, ideología que lleva gradualmente, de forma más o menos consciente, a la restricción de la libertad religiosa hasta promover un desprecio o ignorancia de lo religioso, relegando la fe a la esfera de lo privado y oponiéndose a su expresión pública.”&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Efectivamente, el laicismo se opone a la libertad religiosa, cuyo carácter restrictivo y represivo ya hemos analizado ampliamente, por ser esta incompatible con la libertad de conciencia, que no excluye a ningún ser humano, ya sean religiosas o no sus convicciones. Pero además aquí Juan Pablo II introduce otra tergiversación, no sabemos si producto de la más cerril ignorancia o de la mala fe, al decir “…relegando la fe a la esfera de lo privado y oponiéndose a su expresión pública.” &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;La “expresión pública”, la manifestación a través de los medios de comunicación y/o de actos públicos, de todas las ideogías y sistemas de convicciones o de creencias, religiosos o no, no ha pretendido jamás ser reprimida desde los postulados laicistas, sino que constituye precisamente un derecho fundamental especialmente reivindicado por este movimiento y ferozmente combatido por la Iglesia Católica en el mundo contemporáneo, en la línea ejemplarizada por el Sílabo de Pío IX. Algo muy direrente es la consideración de la esfera de lo público (del derecho público que concierne a todos y cada uno de los ciudadanos) y la esfera de lo privado en el ámbito del derecho, donde deben instalarse las asociaciones de tipo religioso, en estricta igualdad con las restantes organizaciones que agrupan a los individuos en torno a sistemas de convicciones no religiosas o de creencias particulares, cosa que sí exige ardorosamente el laicismo en nombre de la libertad de conciencia.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Lo que la Iglesia persigue al reivindicar su presencia en “el espacio público”, terreno de la sociedad civil en el que se fragua lo que entendemos por “opinión pública” (Habermas), no es la posibilidad de expresarse, en un plano de igualdad con otras organizaciones religiosas y no religiosas, como Amnistía Internacional, la FIDA o Europa Laica. Por más que quieran hacerse las víctimas, saben que ningún movimiento que utilice como armas la razón y los argumentos les cierra esa posibilidad. Es precisamente la Iglesia, desde el Emperador Teodosio, la que ha intentado monopolizar el espacio de la expresión pública con una desmedida violencia, con torturas y con represión. Tratan de conservar el privilegio de utilizarlo como autoridades civiles, como poderes públicos enquistados en las instituciones y organismos del Estado, otra vez para que este oblige a todos a “dar a Dios lo que es de Dios”, que se traduce en dar más poder estatal a las jerarquías eclesiásticas.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Veamos un par de citas más que nos aclaran dicha pretensión.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En el Mensaje de Juan Pablo II a la Conferencia Episcopal Francesa en el centenario de la ley de separación de la Iglesia y el Estado, de 11 de febrero de 2005 se decía: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“Bien comprendido, el principio de laicidad, muy arraigado en vuestro país, pertenece también a la doctrina social de la Iglesia. Recuerda la necesidad de una justa separación de poderes (cf. Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nn. 571-572), que se hace eco de la invitación de Cristo a sus discípulos: «Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios» (Le 20, 25). Por su parte, la no confesionalidad del Estado, que es una no intromisión del poder civil en la vida de la Iglesia y de las diferentes religiones, así como en la esfera de lo espiritual, permite que todos los componentes de la sociedad trabajen juntos al servicio de todos y de la comunidad nacional.” &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;La tradicional separación de poderes que, desde Montesquieu, es característica de las democracias occidentales (ejecutivo, legislativo y judicial), se nutre aquí de un cuarto elemento, sin control democrático alguno y por encima de las leyes humanas: el poder espiritual. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En efecto, la no confesionalidad del Estado no se define aquí como lo que se entiende desde la competencia idiomática de cualquiera de nosotros: que el Estado no tiene ninguna confesión. La definición es precisamente la que permite a la Iglesia participar en la vida política y social situándose por encima de las leyes: “la no intromisión del poder civil en la vida de la Iglesia y de las diferentes religiones, así como en la esfera de lo espiritual”.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En este sentido, también es muy explícito el discurso que dirigió el Papa Benedicto XVI al 56º congreso nacional de la Unión de Juristas Católicos Italianos, sobre laicidad y laicidades. Tras recordar una de las acepciones de “laico”, como sinónimo de “seglar”, dice:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“En realidad, hoy la laicidad se entiende por lo común como exclusión de la religión de los diversos ámbitos de la sociedad y como su confín en el ámbito de la conciencia individual. La laicidad se manifestaría en la total separación entre el Estado y la Iglesia, no teniendo esta última título alguno para intervenir sobre temas relativos a la vida y al comportamiento de los ciudadanos; la laicidad comportaría incluso la exclusión de los símbolos religiosos de los lugares públicos destinados al desempeño de las funciones propias de la comunidad política: oficinas, escuelas, tribunales, hospitales, cárceles, etc.”&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Por lo pronto, Benedicto XVI confunde sociedad con Estado. Para el laicismo, en el ámbito de la sociedad civil hay lo que hay, y todos los ciudadanos y todas las organizaciones de carácter privado a través de las que ejercen su derecho de asociación, sean religiosas o no, se expresan públicamente como estiman conveniente, dentro de un marco legal común, ensalzando o descalificando lo que les parece conveniente ensalzar o descalificar. Pero “oficinas, escuelas, tribunales, hospitales, cárceles, etc.” son lugares de todos, y allí deben estar presentes todos los símbolos, iconos y sentencias, desde la cruz hasta “La religión es el opio del pueblo”, cosa completamente absurda y temible para la convivencia, o, lo que es más razonable, deben ser lugares de mutuo respeto y de neutralidad que posibiliten la vida en común, no presididos por los distintivos de una creencia particular. La sed de poder de la Iglesia Católica, pretendiendo actuar como institución del Estado y monopolizar desde esta posición ilegítima nuestras conciencias, no tiene límites, y es preciso ponerle freno.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Para terminar con este somero análisis que evidencia los designios que arrancan del Concilio Vaticano II, me gustaría ver cuál es la finalidad en esta búsqueda incesante de privilegios. Para ello quisiera detenerme brevemente en el Catecismo Católico editado 25 años después de acabado el Concilio. Dicho catecismo está dirigido a los obispos, con el fin de inspirar los catecismos locales y la enseñanza de la doctrina de la Iglesia. Cuando se habla en él de derechos fundamentales, se hace con una argumentación sumante curiosa, que trataré de sintetizar:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Para la Iglesia, el derecho fundamental es el que tiene el católico de trabajar por su salvación. Y ello conlleva el derecho a vivir en una sociedad que no le incite al pecado. La conclusión es obvia: todos los demás tenemos que evitar en nuestras vidas las conductas católicamente pecaminosas, para no provocar la envidia del católico y no incitarlo a pecar. Y como ello es algo que, en principio, no vamos a aceptar de buen grado, su concepción de lo que es un “derecho fundamental” les autolegitima para ejercer el grado de coacción que la sociedad actual les permita (ya no pueden quemarnos en plazas públicas o encarcelarnos sin más), presionando a los poderes públicos para que, como brazo secular, realicen el trabajo sucio de sustraernos derechos fundamentales. ¿No es eso fundamentalismo? ¿O es “fundamentalismo laicista” el que se opone a tan desmedidas pretensiones?&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Lo realmente preocupante, a la hora de examinar las coartadas ideológicas que se utilizan para justificar la sustración de derechos analizada arriba, no es lo que procede directamente del Estado Vaticano (ahora “Santa Sede”) o de la Conferencia Episcopal Española. Al fin y al cabo, ante eso ya estamos prevenidos por siglos de opresión. La violencia verbal y la intransigencia del Cardenal Cañizares (así como los ecos que encuentra en el Partido Popular) son sólo síntomas de su impotencia, al realizar esa constatación del rechazo social. Lo que sí puede preocupar al laicismo es que los mismos argumentos esgrimidos por la Iglesia desde el Concilio Vaticano II son aceptados y utilizados, con un lenguaje más taimado y dulzón, desde las filas de la llamada “laicidad”. Y aquí sí quisiera detenerme en la ideología, “laica” frente a “laicista”, de la Universidad Carlos III y la Fundación CIVES. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;La dicotomía laicidad / laicismo, utilizada por la Iglesia para mantener su estatus o conquistar mayores privilegios, es retomada en diversos artículos por el señor Peces-Barba, convertido en auténtico “obispo seglar” de una panreligión cristiano-ecuménica.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Tomenos, para empezar, el artículo publicado el “El País” el 20 de abril de 2004, donde, tras declararse discípulo de Locke y denunciar desmesurados privilegios de la Iglesia Católica, el señor Peces-Barba expone sus propuestas políticas: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“(…) la verdadera libertad de conciencia debe conducir a la separación entre la Iglesia y el Estado y al igual tratamiento de todas las Iglesias y todas las confesiones religiosas.” &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Deberíamos recordar al señor Peces-Barba que la libertad de conciencia a lo que debe conducir es a un igual tratamiento de todas las convicciones (y de las organizaciones en que los individuos se agrupan ejerciendo el derecho de asociación para defenderlas), sean estas religiosas o no. Pero, como buen heredero de Locke y de la “libertad religiosa”, el señor Peces-Barba, al igual que la Iglesia, condena a la marginación política a los no creyentes. Así, su artículo continúa con una apología de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, que reduce las convicciones de carácter no religioso a pura negatividad:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“Por eso la Ley de Libertad Religiosa no afecta a la Iglesia católica, sino sólo a las restantes confesiones; por eso arañó una mención expresa en el artículo 16-3 de la Constitución, para diferenciarse de las demás; por eso, en fin, regula su status jurídico en España con una norma de derecho internacional, un tratado del Estado español con la Santa Sede, lo cual es insostenible en el siglo XXI. Su derecho a existir, a actuar, a predicar su doctrina, a su personalidad jurídica, al respeto de los poderes públicos y a organizarse autónomamente está protegido por la Constitución y la ley.” &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Sin Concordato, pero quedando vigente la Ley orgánica de libertad religiosa de 1980, los agnósticos, los ateos y los creyentes eclécticos que quieren ser ciudadanos fuera de ámbitos estrictamente cultuales permanecen en la misma situación de discriminación y de marginación. Y eso, traducido a propuesta política y jurídica, es fundamentalismo. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En un artículo mucho más reciente, titulado “Sobre laicidad y laicismo” (“El País”, 8 de septiembre de 2007), el señor Peces-Barba retoma la dicotomía sustentada por la Iglesia, desde su óptica constitucionalista: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“(…) A veces, desde posiciones interesadas, se le ha intentado identificar con el laicismo, que es una actitud enfrentada y beligerante con la Iglesia. Es una maniobra más para desacreditar a la laicidad política y jurídica. Bobbio, una vez más, aclara definitivamente el tema: el laicismo es "un comportamiento de los intransigentes defensores de los pretendidos valores laicos contrapuestos a las religiones y de intolerancia hacia las fes y las instituciones religiosas. El laicismo que necesita armarse y organizarse corre el riesgo de convertirse en una Iglesia contrapuesta a otra Iglesia". Y como dirá al final de su texto: "¡Para Iglesia, nos basta con una!". Aunque el creyente está protegido con la laicidad, en sociedades democráticas, con la Constitución o la ley, no es protagonista político. Por eso, a los dirigentes eclesiásticos no les gusta este estatus y confunden laicidad con laicismo. Como casi siempre, pretenden maldecir en vez de colocar una luz en la barricada.”&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Valdría la pena analizar los planteamientos de Bobbio, para valorar este sospechoso designio de impedir que quienes somos privados de derechos positivos en materia de libertad de conciencia renunciemos a cualquier intento de reclamarlos y de organizarnos para hacerlo (eso sería “hostilidad y beligerancia”), permaneciendo en la más absoluta pasividad.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El artículo de Bobbio al que se refiere el señor Peces-Barba fue publicado por “El Mundo” (17 de noviembre de 1999), y en él delimita el pensador turinés los conceptos de “cultura laica” y “laicismo”, a propósito de un texto contra el integrismo católico:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“El espíritu laico no es en sí mismo una nueva cultura, sino la condición para la convivencia de todas las posibles culturas. La laicidad expresa más bien un método que un contenido.” &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Y continúa: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“Dicho esto, precisamente de acuerdo con el principio de libertad que distingue una sociedad abierta de una sociedad cerrada, el laico tiene que respetar al que profesa cualquier religión, mientras que el que profesa una religión total, como la católica, puede incluso no respetar al no creyente.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;“El Manifiesto me ha parecido más laicista que laico. Cuando se lamenta la "debilidad del laicismo", por estar "desarmado y desorganizado", me confirmo en mi primera impresión: el laicismo que necesite armarse y organizarse corre el riesgo de convertirse en una iglesia enfrentada a las demás iglesias. Hace unos años escribí lo siguiente: "Cuando una cultura laica se transforma en laicismo, pierde su inspiración fundamental, que es la de no cerrarse en un sistema de ideas y de principios definitivos de una vez por todas". Y añadía: "El espíritu laico no es en sí mismo una nueva cultura, sino la condición para la convivencia de todas las posibles culturas. La laicidad expresa más bien un método que un contenido. Tanto es así que, cuando decimos que un intelectual es laico, no intentamos atribuirle un determinado sistema de ideas, sino que estamos diciendo que independientemente de cuál sea su sistema de ideas, no pretende que los demás piensen como él y rechaza el brazo secular para defenderlo". &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Efectivamente, el laicismo no es una nueva cultura (sobre todo, no lo es en el sentido etnológico del término), sino una propuesta política y jurídica que se plasmó en realidad con la liquidación del Antiguo Régimen, y que constituye el núcleo fundamental de la democracia y del desarrollo de los derechos humanos. Y para ello, desde la Revolución Francesa, las fuerzas de distinto signo político que han defendido y defienden los principios elementales de libertad y de igualdad (constantemente amenazados desde los intentos de involución hacia monarquías absolutas, desde las dictaduras y totalitarismos de todo tipo y desde las jerarquías de las grandes religiones) han necesitado organizarse y ser beligerantes. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;A esta “laicidad”, opuesta al “laicismo”, heredera de Locke, tan cara al señor Bobbio y al señor Peces-Barba, que más bien parece una avanzadilla de las pretensiones de poder espiritual de la Iglesia Católica y de otras confesiones, mostrando la cara blanda de una panreligión ecuménica, se le han sumado en los últimos años otras nociones de nuevo cuño para sostener idénticas posiciones. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Examinaremos también las más significativas: &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Frente al modelo institucional de laicidad francesa, nacido de la Ley de 1905, surgió a finales del siglo XX la llamada “laicidad abierta” o “laicidad inclusiva”. Por la misma se entiende, claro está, la que incluye una religión o varias religiones como entidad o entidades de derecho público, entre las instituciones y organismos del Estado, configurando ese cuarto “poder espiritual”.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Uno de los textos más relevantes para saber de qué hablamos es el "Manifiesto por la laicidad inclusiva", traducido del francés y divulgado desde “Cristianos en el PSOE”. Se trata de un alegato contra la decisión de Jospin de oponerse en el año 2000 a las presiones clericales para la elaboración de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Pretendían estas presiones, plasmadas en el primer borrador, que tales derechos aparecieran como "herencia religiosa". Jospin, a quien la laicidad francesa no debe gran cosa pero que en este asunto se merece un aplauso, consiguió que los términos se sustituyeran por "herencia espiritual". Si consideramos la significación que la palabra "espíritu" tiene en francés (en español hubiera sido preferible hablar de “herencia humanista”), como sinónimo de "inteligencia" o de “entendimiento” (lo que permite a Sartre decir "l'esprit est à gauche"), parece que hablar de "herencia espiritual" no excluye a nadie. Aquí cabe toda la tradición humanista europea: la de corte religioso y la de corte no religioso. La laicidad inclusiva, sin embargo, excluye de la génesis de los derechos humanos nada menos que todas las corrientes ateas, agnósticas y deístas (es decir, no adscritas al teísmo de una religion positiva), cuyo papel en la generación de los valores de libertad y de igualdad todos conocemos. ¿Cuál es, pues, la laicidad excluyente: la laicidad francesa sin adjetivos o esa llamada "laicidad inclusiva", sostenida por el PSOE? &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Otra noción de nuevo cuño, con idénticas pretensiones, es el "laicismo moderno", y también vale la pena detenerse un instante para saber qué es. Los términos, como los de "laicismo actual", han sido ampliamente utilizados en los últimos años por Luis Gómez Llorente. Me remito a un artículo de 1999 titulado "El papel de la religión en la formación humana", publicado en la Revista “Iglesia Viva” y después exhibido igualmente en las páginas “Cristianos en el PSOE” y en el sitio internet de la Fundación CIVES. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Para Gómez Llorente y para su "laicismo moderno", la oposición entre Estado laico y Estado confesional queda resuelta y superada por el Estado aconfesional (donde "aconfesional" no significa lo que nuestra competencia idiomática nos dice: que el Estado no tiene confesión religiosa alguna). Este sería un Estado formalmente separado de la Iglesia en su Constitución, pero que devuelve a la Iglesia su papel en la vida pública y en el derecho público mediante un concordato. Y a continuación se entrega a la apología de los Acuerdos de 1979. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Por lo demás, el idioma se fuerza también con el adjetivo "moderno", porque en español eso significa algo más reciente, más actual que el laicismo a secas, que aparecería como "antiguo". &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Pues bién, la solución mágica hallada por Gómez Llorente data, nada menos, de Napoleón Bonaparte, cuando dejó de ser un adalid de la Revolución Francesa para embarcarse en su egolatría, devolviendo para ello a la Iglesia Católica, mediante el Concordato de 1801, la mayor parte de los privilegios perdidos con la liquidación del Antiguo Régimen. El concordato de 1801 sigue hoy vigente en Alsacia y Mosela. No es de extrañar, pues, que el arzobispo de Estrasburgo se permitiera decir cínicamente, en el segundo centenario del Concordato, que no había en Francia nadie más laico que él, ya que ese modelo concordatario es precisamente lo que propone la laicidad abierta o inclusiva.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El laicismo sin adjetivos, la laicidad francesa sin adjetivos, son, pues, posteriores al "laicismo moderno", que sólo tiene de reciente la terminología, y se han fraguado en la lucha por la libertad y la igualdad durante todo el siglo XIX, en la oposición a los concordatos de corte fascista del siglo XX: el de Mussolini de 1929, el de Hitler de 1933, el de Franco de 1953..., todos ellos vigentes, aunque pasados por ciertas revisiones. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El propósito de estas nociones y estas dicotomías analizadas: laicidad frente a laicismo, laicidad inclusiva frente al modelo institucional francés de laicidad sin adjetivos, laicismo moderno frente a laicismo a secas… es siempre el mismo: el establecimiento o la consolidación de un poder espiritual al que todos debemos plegarnos, constreñidos a ello por los poderes públicos en su papel de brazos seculares. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Ante esta ofensiva mundial de las grandes religiones para anular lo que entendemos por libertad de conciencia, sólo nos quedan dos opciones: padecer resignadamente sus efectos, en esa pasividad tan querida por Bobbio, o defender y desarrollar hasta afianzarlas sólidamente las frágiles conquistas que, desde la Ilustración a nuestros días, hemos logrado en el ámbito de los derechos universales de reclamación individual. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-6211059888893705760?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6211059888893705760'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6211059888893705760'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2010/01/la-consideracion-politica-de-la.html' title='LA CONSIDERACIÓN POLÍTICA DE LA INCREENCIA'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/S0mcVKcfJjI/AAAAAAAAAKQ/VNArVr0Qz-g/s72-c/poder+iglesia.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-2994088244507504458</id><published>2009-12-25T00:39:00.004+01:00</published><updated>2009-12-25T02:03:03.372+01:00</updated><title type='text'>RESPUESTA A HENRI PEÑA-RUIZ</title><content type='html'>&lt;a href="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SzP9zy8ZkHI/AAAAAAAAAKI/_mWN0sM3-HQ/s1600-h/Pierre_Bayle.png"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5418953842947100786" style="WIDTH: 238px; CURSOR: hand; HEIGHT: 320px" alt="" src="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SzP9zy8ZkHI/AAAAAAAAAKI/_mWN0sM3-HQ/s320/Pierre_Bayle.png" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;Pierre Bayle.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Antecedentes del debate:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;LA LIBERTAD ESPIRITUAL&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;RÉPLICA DE CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;RESPUESTA A CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;RÉPLICA DE HENRI PEÑA-RUIZ&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-henri-pena-ruiz.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-henri-pena-ruiz.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Señor Peña-Ruiz:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Su réplica a mi reflexión sobre la “libertad espiritual” empieza y culmina de manera semejante:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Entre defensores de la laicidad, los debates deben plantearse desde el rigor y la honestidad intelectual” –dice al inicio.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Un auténtico defensor de la laicidad tiene cosas mejores que hacer que enfrentarse a otro de una manera tan poco respetuosa desde el punto de vista de la deontología de la reflexión. Platón decía que el diálogo filosófico es amistad (philia), incluso en el seno del desacuerdo, y no discordia malintencionada (eris) o combate ciego (polemos)” –concluye.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No sé si se equivoca sobre el destinatario, porque son ya muchos los artículos que he publicado en torno a esta problemática, y en ellos rechazo sistemáticamente la noción de “laicidad” (hablo de laicismo y me proclamo laicista), porque “laicidad”, en España, es sinónimo de libertad religiosa. Y ello no sólo gracias al clero, sino también a la fundación CIVES y a círculos próximos a ella, que engloban a conocidos autores como Gregorio Peces-Barba o el teólogo Juan José Tamayo, cuya coletilla se mantiene invariable: “un trato igual a todas las religiones”. No se confunda, pues. Mi coletilla, en todo caso, sería la de “un trato igual a todas las convicciones” (o, más bien, a los individuos que se adscriben a cada una de ellas, sin entrar en el carácter religioso o no religioso de las mismas, espiritual o no espiritual de las mismas, sabiendo, además, que un mismo individuo puede adscribirse de manera simultánea a diferentes convicciones de distinta índole).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Creo que si hay alguna cosa en la que convenimos los participantes en este debate es en el carácter marcadamente polisémico del término “espíritu” y, por lo tanto, del adjetivo “espiritual”. Y ello es algo que usted ilustra en el generoso y aleccionador paseo por la filosofía al que me invita. Personalmente, considero que lo procedente ante tal polisemia es reservar “espíritu” y su adjetivo a la explicación de sistemas de pensamiento o a discursos que lo utilizan, precisando el sentido que cobran en cada uno de ellos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En el discurso específico del libro a que nos referimos (Antología Laica), la “libertad espiritual” se remite a la creencia o no creencia en Dios. De una manera más pormenorizada, se trata de la libertad de creer en Dios (en cualquiera de las versiones disponibles), de no creer en Dios (ateísmo) o de no pronunciarse sobre tal creencia o falta de creencia (agnosticismo).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y dice usted asombrarse de que yo señale un paralelismo entre esta noción y la de libertad religiosa, basándome en la evidencia de que ambos planteamientos presentan las convicciones no religiosas (la libertad de no tener religión alguna) o las convicciones que no se fundamentan en la creencia en Dios (no creer en Dios o evitar pronunciarse) únicamente en su vertiente negativa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por lo demás, no soy el único en advertir el paralelismo: la curia vaticana utiliza los términos “libertad religiosa” y “libertad espiritual” como sinónimos. Pero bueno, ejemplos y citas que ponen de manifiesto este paralelismo ya se han desplegado a lo largo del debate, y no me parece oportuno repetirlos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por otra parte, cuando usted habla de poder político, lo llama “poder temporal”. También, en mi respuesta a la amable réplica de César Tejedor, he intentado remontarme a la significación de este tipo de concepciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como bien comprenderá, señor Peña-Ruiz, lo que me preocupa no es el hecho de que usted reflexione sobre la laicidad de la manera que le parezca conveniente, sino la posibilidad de que una terminología que me parece confusa sea asimilada por el movimiento laicista en España.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Nuestra trayectoria laicista es muy breve. Sin embargo, la Constitución de la II República es de una magistral precisión en lo que se refiere a la libertad de conciencia. Y ello a pesar de una tradición de “laicidad” (que no de laicismo) proveniente de esa filosofía amalgamada y pueril, hecha para “quedar bien”, que fue el krausismo: un espiritualismo panteísta que, al mismo tiempo, concibe a Dios como personal y providente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por otra parte, el movimiento laicista en España dispone de algunas (escasas, es cierto) sólidas bases en las que apoyarse, jurídica y políticamente, con un lenguaje que no mueve a la confusión. Por ejemplo, la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Allí se interpretan los artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 ligados de manera más directa a la libertad de conciencia, que se enuncia como “libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de cualesquiera convicciones de libre elección”. Es decir, aquí se admite y se exige el despliegue de todas las convicciones (religiosas o no, espirituales o no) en toda su asertividad, y no como meras negaciones de otras.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las propuestas políticas se ponen a prueba en la praxis. Hablando con esa “honestidad” que usted predica, ¿le parece que avanzaríamos en el laicismo modificando el artículo 16 de la Constitución, cambiando su enunciado por el de “libertad espiritual”? En lugar de la Proposición de ley de libertad de pensamiento, de conciencia, o de cualesquiera convicciones de libre elección, ¿avanzaría en el laicismo una Proposición de ley de libertad espiritual, para sustituir la actual Ley orgánica de libertad religiosa?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A mí la respuesta me parece evidente, por eso dejo al margen sus alusiones personales y sus argumentos ad hominem, en el convencimiento de que nuestros lectores saben leer.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Atentamente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-2994088244507504458?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/2994088244507504458'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/2994088244507504458'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-henri-pena-ruiz.html' title='RESPUESTA A HENRI PEÑA-RUIZ'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SzP9zy8ZkHI/AAAAAAAAAKI/_mWN0sM3-HQ/s72-c/Pierre_Bayle.png' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-1257778290834378469</id><published>2009-12-18T18:49:00.009+01:00</published><updated>2010-04-18T10:31:57.607+02:00</updated><title type='text'>RÉPLICA DE HENRI PEÑA-RUIZ</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Sy3qhZZKEzI/AAAAAAAAAKA/X_puNcu45KE/s1600-h/soplo+divino.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5417243786269561650" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 213px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Sy3qhZZKEzI/AAAAAAAAAKA/X_puNcu45KE/s320/soplo+divino.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;Transcribo a continuación la réplica de Henri Peña-Ruiz a la entrada "La libertad espiritual".&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Antecedentes del debate:&lt;br /&gt;LA LIBERTAD ESPIRITUAL&lt;br /&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;RÉPLICA DE CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA&lt;br /&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;RESPUESTA A CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA&lt;br /&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;SOBRE MI VOCABULARIO&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Entre defensores de la laicidad, los debates deben plantearse desde el rigor y la honestidad intelectual. Esto quiere decir que en ningún caso deben caer en la amalgama, en el enfoque reductor tan propio de las posiciones que critican, ni en el ataque polémico o la insinuación tendenciosa. Teniendo presente este principio básico pretendo responder a Juan Francisco González Barón (JFGB en el texto a partir de ahora), cuyo gran mérito es el de haber jugado un rol decisivo en la fundación y posterior puesta en marcha de nuestra asociación Europa Laica, tan querida tanto por mi razón como por mi corazón. Sin embargo, los términos en los que ha planteado su argumentación crítica sobre mi vocabulario cuando menos me han sorprendido. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En primer lugar resumiré las cuatro críticas principales que me dirige JFGB, y que ha reiterado de nuevo al hilo de la publicación de la Antología laica, obra redactada con mi amigo César Tejedor de la Iglesia con el objetivo de proporcionar a todo aquel que pretenda defender y promover la laicidad un manual sólido, articulando aclaraciones conceptuales y textos de referencia. &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En su primera crítica, JFGB me acusa de haber utilizado un vocabulario de tipo teológico cuando recurro a las nociones de opción espiritual y de libertad espiritual. En su segunda crítica, ligada a la primera, da por sentada una identidad entre dos expresiones que son, sin embargo, bien distintas: libertad espiritual y libertad religiosa. Se trata de una amalgama muy sorprendente y no demostrada. En su tercera crítica, JFGB me acusa de mantener una tipología reductivista del amplio abanico posible de cosmovisiones, término que, sin embargo, no he utilizado en ningún momento. Se refiere en este caso a la distinción que hago habitualmente entre las convicciones humanas en relación a la existencia de Dios: la creencia religiosa, que la afirma; el ateísmo, que la niega; y el agnosticismo, que suspende el juicio. Finalmente, en su última crítica, JFGB me pretende aleccionar sobre mi pretendida “complicidad” con la noción de libertad religiosa, noción que sin embargo no utilizo jamás, si no es para criticarla como no pertinente. Para finalizar, JFGB parece afirmar que poco importa al fin y al cabo si yo pienso otra cosa diferente de lo que él me atribuye al leer mis palabras, puesto que ellas tienen inevitablemente las consecuencias que él les atribuye. En definitiva, una de dos: o soy complice de los adversarios de la laicidad, o no sé explicarme con rigor y no mido responsablemente el alcance de mi vocabulario. Reconozcamos que la insinuación es incisiva, y bastante desagradable en tanto que sustituye el argumento por la invectiva.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Gracias, querido JFGB, por haber pretendido “corregirme”…, pero antes de saber si verdaderamente debo hacerlo, tengo que dar algunas explicaciones. Después de haberlas planteado, no estoy seguro de que deba modificar mis conceptos.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El primer reproche es, por tanto, que el hecho de utilizar la expresión opción espiritual supondría retornar inevitablemente a un vocabulario teológico, inaceptable para un laico. Este reproche es claramente un juicio de intenciones, que me deja consternado al provenir de un hombre tan culto como JFGB. Mantengo que la noción de espiritualidad es bien distinta que la de religión, y que la versión religiosa de la espiritualidad no es más que una forma particular en la que esta puede desarrollarse. Existen formas de espiritualidad no religiosa, a pesar de que las religiones han pretendido durante cerca de veinte siglos apoderarse de la vida espiritual y monopolizarla. En primer lugar, es importante distinguir la vida del espíritu, que se expresa especialmente a través de la ciencia, la filosofía, el arte, y todas las actividades de la conciencia humana, entre ellas la creencia religiosa, que no es más que una versión particular de aquella. Es preciso igualmente distinguir la actividad del espíritu de lo que es su soporte ontológico. Los espiritualistas piensan que solo se puede dar cuenta de tal actividad si asumimos la hipótesis de la existencia de una realidad distinta del cuerpo, mientras que los materialistas afirman que la materia puede pensar, en su nivel último de organización, y en consecuencia puede explicar esta actividad espiritual (es la tesis de Engels en su Dialéctica de la naturaleza, donde habla del “espíritu pensante”, “floración suprema de la materia”). Ni Marx ni Engels, materialistas bien conocidos, abandonan el término “espíritu” o “espiritualidad”, al mismo tiempo que hacen una crítica filosófica muy metódica del espiritualismo. ¿Se puede decir que sean inconsecuentes, o incluso inconscientemente prisioneros de un vocabulario teológico? Ni mucho menos. Piensan simplemente que hablar de vida espiritual no significa necesariamente ser “espiritualista”, si por tal entendemos una afirmación de la inmaterialidad del pensamiento. Por tanto, tampoco significa someterse necesariamente al vocabulario dualista de la religión.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Lucrecio, pensador materialista, no otorga a la vida espiritual un soporte inmaterial. Así, escribe igualmente en el tercer libro de De natura rerum que el espíritu (“animus” o “spiritus”) está constituido de átomos muy sutiles con movimiento muy rápido. De la misma manera, Diderot considera que hay una esencia material del soporte propio de la vida pensante. Es la religión la que defiende una ontología espiritualista y afirma un dualismo entre el cuerpo (que tiene la característica de la “extensión”), y el espíritu (que no tiene “extensión”). Por otra parte, es preciso recordar a JFGB que los términos griegos psyché y el término latino spiritus hacen referencia en primera instancia a algo muy material: significan “soplo de aire”. Cuando Hegel afirma que las pirámides de Egipto o las pinturas del Renacimiento son obras espirituales, hace un uso muy amplio del término espíritu (geist en alemán). Otorgarle el monopolio de la espiritualidad a la religión es hacerle una concesión inesperada y confirmar uno de los argumentos de los que por otra parte se sirve para hacer creer que fuera de ella no puede darse ningún tipo de vida del espíritu humano. JFGB podría también leer a Spinoza, gran pensador laico, defensor de una espiritualidad no espiritualista. El alma (mens) es para él la idea de cuerpo, su conciencia de sí mismo. Más cerca de nosotros en el tiempo, un filósofo como André Comte-Sponville ha escrito un libro titulado L’esprit de l’athéisme (Editions Grasset, Paris), donde utiliza explícitamente el concepto de “espiritualidad atea”. En resumen, ¡yo reivindico la utilización del término “espiritual” sin tener que ser por ello acusado de favorecer inconscientemente a la religión! Si hubiera que abandonar ciertos términos bajo pretexto de que han sido utilizados por las religiones, entonces habría que renunciar incluso al término “laico” (laïc, laikos), utilizado por la Iglesia para referirse a aquel que no juega ningún rol oficial en la institución religiosa, a diferencia del “cleros”. ¿Habrá entonces que llamar de forma diferente a nuestro movimiento “Europa laica”, que estaría utilizando así un vocabulario teológico?&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El segundo reproche se deriva de la formulación del primero. Intelectualmente, es muy extraño por la petición de principio que contiene. Según JFGB, al referirme a la libertad espiritual estaría haciendo referencia subrepticiamente a la libertad religiosa. He aquí una amalgama no demostrada, efectuada autoritariamente, entre espiritual y religioso. Por mi parte, no he defendido nunca la noción de “libertad religiosa”. Siempre la he criticado claramente diciendo que esta “libertad” no se refiere más que a un caso particular de la única libertad que habría que defender, a saber, la libertad de conciencia, que no es ni atea ni religiosa. Invito a JFGB a encontrar una sola línea en mis libros que diga lo contrario. Todos los que me han escuchado en mis conferencias saben muy bien a lo que me refiero: siempre he criticado esta noción de libertad religiosa, precisando que para hacer la defensa de un principio no hay que darle nunca una visión reductivista, sino llevarlo a su extensión más general. Demostración: si la libertad religiosa es la libertad de adherirse a una religión, también lo es de cambiar de religión, o de no adherirse a ninguna. ¿Llamaríamos entonces “libertad atea” a la libertad de no adherirse a una religión? Tal es el paralelismo que hago a menudo para invalidar la noción de libertad religiosa y decir que el único principio aceptable, por su universalidad, es el de libertad de conciencia, o incluso libertad espiritual. Subrayo, por tanto, que la libertad de conciencia implica la autonomía de juicio, tal y como la fundamenta y alimenta la educación laica. En cuanto al concepto de libertad espiritual, es de la misma manera más general que el de libertad religiosa, puesto que estipula la libertad que debe tener cada ser humano de disponer de su espíritu, de su actividad espiritual multiforme. Si admitimos la irreductibilidad de la espiritualidad a la religión, como pienso que debemos hacer en razón de los argumentos precedentes, no alcanzo a ver de ninguna manera por qué el recurso a la noción de libertad espiritual equivale a una revalidación de la noción de libertad religiosa. La amalgama y la visión reductivista no son demostraciones racionales, sino instrumentos polémicos que se ajustan muy poco a la deontología del pensamiento.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;En su tercera crítica, JFGB me acusa de proponer una tipología reductivista del abanico posible de visiones del mundo. Sin embargo, yo nunca he pretendido construir tal tipología, ni tampoco he hablado nunca de “visiones del mundo”, sino que persigo un fin mucho más modesto. No se trata más que de mencionar las diferentes actitudes de los hombres ante la creencia religiosa, y no pretender hacer el inventario exhaustivo de las grandes representaciones del mundo, término muy general que incluye de hecho la multiplicidad de los elementos en juego en la concepción de la existencia humana. Como filósofo y profesor de filosofía, soy demasiado consciente de la diversidad de estas concepciones y de su riqueza como para pretender reducirla a una tripartición simplista. También en este punto, tenemos el derecho de preguntarnos si JFGB se refiere a mis escritos o a otros por los que él los sustituye. En realidad, la distinción que yo efectúo habitualmente atañe únicamente a las convicciones humanas en lo que concierne a la existencia de Dios: la creencia religiosa, que afirma esta existencia; el ateísmo, que la niega; y el agnosticismo, que suspende el juicio. Antes de inventarse el reproche de “simplista”, JFGB debería preguntarse de qué estoy hablando cuando propongo esta tipología. Ello le evitaría sostener una apreciación por lo menos apresurada e infundada.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Finalmente, en su última crítica, JFGB propone que quizás yo no pienso lo que él me atribuye, pero que tal es realmente el efecto de mi vocabulario, desde su punto de vista contestable. En definitiva, viene a afirmar que yo no habría medido el alcance de lo que escribo, ¡y es bueno que un maestro me lo recuerde! Me gustaría mostrar a JFGB que su interpretación forzada y tendenciosa de mis conceptos solo se puede defender desde su propia lectura, y que no es legítimo inventar un abismo entre el sentido que yo doy a mis términos y el que se sigue de ellos sin saberlo yo. JFGB es libre de interpretar las cosas a su manera, pero no de atribuirme una diferencia que no acepto entre lo que yo escribo y lo que algunos lectores pueden interpretar a partir de lo que escribo. Por otra parte, JFGB habla de “complicidad” por mi parte con la teología, lo que significa que yo sería subjetivamente responsable de los malentendidos que él imagina, y no solo objetivamente. Si las palabras tienen un sentido, el “complice” es intelectualmente y psicológicamente responsable de las representaciones que él mismo suscita por su vocabulario. De ahí la pregunta que plantea JFGB: ¿Soy consciente, o inconsciente de los efectos a su juicio perniciosos de mi discurso? En el primer caso, sería “complice”. En el segundo caso, no tendría suficiente dominio intelectual. Por supuesto, rechazo las dos hipótesis, no por orgullo, sino simplemente por la exigencia de respetar el máximo rigor. En la observancia de esta exigencia he desarrollado los argumentos precedentes.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Concluyamos. Las polémicas precipitadas, los análisis reductivistas, y las amalgamas poco escrupulosas impiden alimentar un diálogo sereno. Un auténtico defensor de la laicidad tiene cosas mejores que hacer que enfrentarse a otro de una manera tan poco respetuosa desde el punto de vista de la deontología de la reflexión. Platón decía que el diálogo filosófico es amistad (philia), incluso en el seno del desacuerdo, y no discordia malintencionada (eris) o combate ciego (polemos).&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;VER LA RESPUESTA A HENRI PEÑA-RUIZ:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-henri-pena-ruiz.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-henri-pena-ruiz.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt; &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-1257778290834378469?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1257778290834378469'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1257778290834378469'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-henri-pena-ruiz.html' title='RÉPLICA DE HENRI PEÑA-RUIZ'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Sy3qhZZKEzI/AAAAAAAAAKA/X_puNcu45KE/s72-c/soplo+divino.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-3374930422615559585</id><published>2009-12-16T22:30:00.006+01:00</published><updated>2010-04-18T10:28:23.959+02:00</updated><title type='text'>RESPUESTA A CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SylXBJRfJeI/AAAAAAAAAJw/PTMJcMejzJ8/s1600-h/MITO+CAVERNA.png"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5415955704070481378" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 320px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SylXBJRfJeI/AAAAAAAAAJw/PTMJcMejzJ8/s320/MITO+CAVERNA.png" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Mito de la caverna.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Antecedentes del debate:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;LA LIBERTAD ESPIRITUAL&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;RÉPLICA DE CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;Tras solicitar su autorización, el pasado 7 de diciembre publiqué en este blog su réplica a mi reflexión (24 de noviembre) sobre Antología Laica, libro recientemente aparecido en España y del que es usted coautor. En esta cuestionaba la noción de “libertad espiritual” como apropiada para entender y divulgar en qué consiste el laicismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hoy desearía responder a dicha réplica, en el convencimiento de que un sosegado debate puede contribuir a aclarar nuestras respectivas posiciones, y que, lleguemos o no a un acuerdo, vale la pena darlas a conocer en los círculos laicistas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sin embargo, antes quiero expresarle mi agradecimiento por haber prestado atención a mis inquietudes terminológicas y por haber tenido la deferencia de responder a las mismas de una manera tan cordial, prolija y didáctica. Porque, en efecto, comparto con usted la sensación de que nuestras diferencias son más de léxico que de contenido, aunque ambos sabemos que el lenguaje nunca es inocente y que los términos utilizados pueden traicionar nuestras intenciones y conducir a consecuencias políticas no deseadas…&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;He afirmado que la llamada “libertad espiritual” pone en marcha un razonamiento restrictivo paralelo al de la llamada libertad religiosa (e incluso que lo agudiza), casi se confunde con la pretensión de “autonomía de la esfera espiritual” voceada desde la curia vaticana y, en definitiva, encorseta el pensamiento laicista en el lenguaje teológico, lo cual en nada sirve a la comprensión y a la divulgación de nuestro proyecto. A mi entender, confunde y obstaculiza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ante estas afirmaciones, usted razona que el haber elegido como eje conductor la noción “libertad espiritual” responde a la exigencia de rigor filosófico, que debe quedar libre de los prejuicios y del pensamiento mojigato de quienes, educados en el franquismo, asocian “espíritu” y “espiritual” a las significaciones impuestas por ese régimen. En definitiva, si no he entendido mal, que se trata de devolverles su sentido originario.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pues bien, si debo serle franco, eso no acalla mis inquietudes. En lo que a la Antigüedad se refiere (y usted me cita el ejemplo de Epicuro como “opción espiritual”), “espíritu” traduce términos griegos como “nous” y “pneuma”, unas veces asociados a nociones como psique, mente, intelecto y otras como algo situado en un plano distinto y superior. El término “spiritus” en latín significa “soplo”, “aliento”… En suma, se trata de un término tan polisémico y tan controvertido que la mayoría de eruditos del pensamiento Antiguo rechaza la traducción, limitándose a transcribir términos como “nous” y “pneuma”, explicando su significado preciso en cada contexto a pie de página. Es más, un autor tan próximo a la filosofía analítica (y, por lo tanto, particularmente sensible al rigor terminológico), como Ferrater Mora, se suma a la exigencia de que el término “espíritu” se destierre de los debates filosóficos. Debería reservarse exclusivamente a la exposición de sistemas de pensamiento donde adquiere un significado preciso, como es el caso de la Escolástica, pasando por su acepción en todos los idealismos posteriores, de Descartes (donde es sinónimo de “alma”) a Kant, o, más recientemente, en la fenomenología del espíritu de Hegel.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Si usamos “la libertad espiritual”, en nombre del rigor filosófico, nos resignamos a aceptar el papel de “sierva de la teología” asignado a la disciplina intelectual a la que usted se adscribe. O, de Descartes a Kant, a poner a Dios como única garantía de la verdad y/o de la fundamentación ética. En lo que a Hegel y a su “inmanencia” del espíritu se refiere, poniendo fin a un dualismo (falso dualismo, ya que nuestro pobre mundo sensible sólo tiene una realidad subrogada) que se remonta a Platón, bien sabe usted que se funda en la encarnación de Dios en Cristo. Es un razonamiento completamente religioso, aunque no se vincule a ninguna iglesia cristiana concreta. No en vano, para Feuerbach, se trata de una teología racionalizada (yo preferiría decir “secularizada”, pero mi opción personal es acercarme al discurso político, religioso y sociológico como lingüista, visto que la llamada “filosofía”, desde el punto de vista académico, no acaba de sacudirse el yugo platónico).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En resumen, si el rigor filosófico a usted le conduce a esa elección de la “libertad espiritual” para analizar las propuestas políticas (concretamente, la propuesta laicista), a mí el rigor filológico me lleva a enfrentarme directamente al lenguaje de cada propuesta, sin apriorismos terminológicos ajenos a las mismas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero, de todas formas, estos breves paseos por la filosofía (el suyo y el mío), en el asunto que debatimos, sobran por completo. Que la noción “libertad espiritual” encorseta el pensamiento laicista en el lenguaje teológico, en el libro que comentamos (Antología Laica), es algo que queda completamente explicitado en la introducción al mismo, sin salir de sus páginas. Allí se lee:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Algunos hombres creen en Dios. Otros no. Y aun otros son agnósticos. Tales son los tres grandes tipos de opciones espirituales. Y tal es la realidad de la que podemos partir para esbozar la problemática de la relación entre el poder temporal y la vida espiritual.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es decir, la intencionalidad del libro es tratar la problemática de la relación entre el poder temporal y… Si de habla de “poder temporal”, la más elemental hermenéutica del lenguaje nos dice que se acepta implícitamente un poder que no lo es, un poder eterno, un poder espiritual, y a esto, se lo presente en nombre de lo que se quiera, se le llama planteamiento eclesiástico, planteamiento teológico… Porque, convendrá usted conmigo, la noción “poder temporal” es acuñada en la Alta Edad Media por el agustinismo. Y “poder temporal” no es sinónimo de “poder político”, sino que es una manera muy particular y tendenciosa de concebir este último.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La fundamentación teológica del “poder temporal” se apoya en el enunciado evangélico dirigido al apóstol Pedro: “Sobre esta piedra edificaré mi iglesia, y todo lo que atares en la Tierra será atado en el Cielo y todo lo que desatares en la Tierra será desatado en el Cielo.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Así, el poder político, que emana de Dios, recae en el sucesor de Pedro, en el Papa. En principio, el llamado “poder temporal” se refiere al poder del Papa en sus dominios, con su moneda propia, su administración, su ejército… Allí donde el papado no llega de manera tan directa, se trata de recrear la situación de monopolio moral lograda en el Imperio Romano bajo Teodosio El Grande. Ese sueño de la curia romana se hace realidad con la coronación de Carlomagno como Emperador. Y aquí se pone en juego una parafernalia que se ha mantenido hasta épocas muy recientes: el “presunto” Emperador entrega su corona, que simboliza el llamado “poder temporal”, al Papa, como único destinatario legítimo de la misma, quien, a su vez, la devuelve al Emperador para que, como brazo secular, se convierta en defensor de la Iglesia y de sus intereses, estableciéndose así una peculiar relación de vasallaje.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La formación de reinos potentes, que ya no se agrupan bajo la égida de un imperio, hace que el llamado agustinismo político renueve sus planteamientos, negociando el ejercicio del poder temporal subrogado con cada uno de ellos. Esto es algo que ya se generaliza a partir del siglo XIII, sin que ello cambie esencialmente la “filo-teología” de fondo, y se prolonga hasta la liquidación del Antiguo Régimen y, en regímenes como el de Franco (“Caudillo de España por la gracia de Dios”), prácticamente hasta nuestros días.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pues bien, paseando por la realidad histórica (y no por una realidad espiritualizada), ¿le sigue pareciendo tan falto de rigor terminológico el que afirme que la introducción al libro de que hablamos y el hilo conductor del mismo se encorsetan en un lenguaje eclesiástico y teológico?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A mí me parece que las propuestas políticas (y en especial la propuesta laicista) poseen un lenguaje propio, y que una regla metodológica de base consiste en analizarlas como tales, sin apriorismos conceptuales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Otra cosa me recuerda un poco el humor fresco de Benjamin Farrington al hablar de Platón. Como bien sabe, para aprender astronomía, no hay que observar los astros para luego traducir, en la medida de lo posible, dichas observaciones a términos matemáticos o geométricos (cosa que, por fortuna, hacían los navegantes de su época). No, como los astros se “tienen” que mover según los modelos geométricos, se prohibe la mirada directa. Tampoco ignora usted que, en este punto, Aristóteles se mantuvo fiel a su maestro, y así tenemos la herencia intelectual que nos ha tocado en nuestra suerte histórica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero Platón no se limitaba en sus delirios a la astronomía. Durante su estancia en Siracusa, donde Dionisio I le permitió difundir sus propuestas políticas, se dedicó a enseñar geometría a las clases dirigentes (ya que también, al parecer, las prácticas políticas deben ser reflejo de los modelos geométricos). La polvareda levantada (las figuras se trazaban con palos en el suelo de tierra) fue tal que, debido a las protestas, salió casi a patadas de Sicilia…&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hoy en día, no existen propuestas políticas observables que se reclamen de la “autonomía espiritual”, del “poder espiritual”, de la “vida espiritual”, a excepción de las que proceden de las grandes religiones, en especial de la católica… Y no me refiero a la política en el sentido “estrecho” del término (gobiernos o partidos), sino en el sentido amplio en el que organizaciones como Amnistía Internacional o la misma Asociación Europa Laica tratan de influir en la opinión pública para la vindicación de determinados derechos humanos que consideran prioritarios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En este sentido, le invito a leer nuestra Carta programática, nuestro Plan de acciones y campañas y nuestra más reciente Proposición de ley de libertad de conciencia:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;a href="http://www.europalaica.com/"&gt;http://www.europalaica.com/&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La “autonomía de la esfera espiritual”, como la llamada “libertad religiosa”, sirve al interés de la Iglesia Católica y de otras religiones para actuar dentro y desde los poderes públicos, situándose por encima de las leyes. Para no cansarle más, también le invito a leer el artículo “La consideración política de la increencia” (2007), en el que intento desplegar estas observaciones:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;a href="http://www.europalaica.com/colaboraciones/LA_CONSIDERACION_POLITICA_DE_LA_INCREENCIA_DICIEMBRE_2007.pdf"&gt;http://www.europalaica.com/colaboraciones/LA_CONSIDERACION_POLITICA_DE_LA_INCREENCIA_DICIEMBRE_2007.pdf&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Esperando que estas líneas expresen el porqué de mi inquietud, y agradeciéndole de nuevo la atención y la deferencia que ha tenido conmigo, le saluda cordialmente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Juan Francisco González Barón, miembro fundador de la Asociación Europa Laica.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;VER LA RÉPLICA DE HENRI PEÑA-RUIZ:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-henri-pena-ruiz.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-henri-pena-ruiz.html&lt;/a&gt; &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-3374930422615559585?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/3374930422615559585'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/3374930422615559585'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html' title='RESPUESTA A CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SylXBJRfJeI/AAAAAAAAAJw/PTMJcMejzJ8/s72-c/MITO+CAVERNA.png' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-7257688071463905053</id><published>2009-12-07T22:58:00.009+01:00</published><updated>2010-07-21T10:54:42.032+02:00</updated><title type='text'>RÉPLICA DE CÉSAR TEJEDOR</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Sx2ACPCLZHI/AAAAAAAAAJo/4hNrIwl42dg/s1600-h/ANTOLOG%C3%8DA+LAICA.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5412623103052964978" style="WIDTH: 99px; CURSOR: hand; HEIGHT: 139px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Sx2ACPCLZHI/AAAAAAAAAJo/4hNrIwl42dg/s320/ANTOLOG%C3%8DA+LAICA.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;strong&gt;Adjunto la réplica de César Tejedor de la Iglesia a mi artículo publicado en este blog en noviembre sobre la "libertad espiritual".&lt;/strong&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;***&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Es motivo de orgullo y satisfacción para mí que la reciente publicación de nuestro libro &lt;em&gt;Antología laica. 66 textos comentados para comprender el laicismo&lt;/em&gt; haya servido para dinamizar el debate y la discusión constructiva sobre los conceptos, muchas veces controvertidos, y las exigencias que conlleva el laicismo. Creo que este tipo de reflexión es muy ventajosa para no caer en el anquilosamiento tan propio de otras corrientes de pensamiento clericales, de las que aún sufrimos las consecuencias, y más ventajosa aún, si cabe, cuando quien suscribe la crítica es uno de los grandes defensores del laicismo en España. No en vano, las posibles controversias que le ha suscitado la lectura de nuestro libro responden a un problema conceptual, pero no de contenidos. En este sentido, suscribo todo lo que usted defiende en su artículo, y entiendo que la discusión está en el nivel de los términos utilizados. Diría algún filósofo que discrepamos en la “letra”, pero no en el “espíritu” (para no crear más confusión, diríamos sin más en el contenido).&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;En efecto, estoy totalmente de acuerdo con usted cuando dice que en la Constitución española la libertad de conciencia se restringe de manera zafia a una libertad religiosa que de hecho considera como inexistente cualquier otro tipo de convicción que no sea religiosa. Así lo hemos querido denunciar, como usted, en nuestro libro (texto XVII. Constitución española. “Unos principios constitucionales contradictorios”). No es de recibo que en un mismo artículo (16.3) se establezca por principio la aconfesionalidad del Estado (“Ninguna confesión tendrá carácter estatal”), y justo a continuación se consideren como únicas creencias válidas las creencias religiosas, incluso llegando a legitimar las relaciones con una institución particular, citada con nombre y apellidos, que se erige como representante de una determinada creencia religiosa (“Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”). Y usted y yo clamamos: ¿Qué pasa? ¿Acaso las creencias que no se pueden considerar religiosas no merecen la misma consideración? Pierre Bayle ya demostró, y así lo hemos expuesto en el libro, que el espectro de las convicciones humanas no se puede reducir a las diversas creencias religiosas, como si fuera de las religiones no existiera más que una ausencia total de convicciones. En su obra Pensamientos diversos sobre el cometa (texto XVIII) recoge una idea sencilla, pero contundente: de la misma manera que se han visto creyentes religiosos criminales, ha habido ateos virtuosos. No quería decir Bayle que la única alternativa a la creencia fuera el ateísmo. Su pensamiento iba mucho más allá. Lo que quería demostrar era que la defensa de los valores humanos no necesariamente estaba fundamentada en la creencia religiosa, como algunos pensadores clericales de su tiempo pretendían. Un creyente puede ser virtuoso, pero igualmente puede serlo un ateo, un agnóstico, un lamaísta o un budista, o incluso alguien cuyas convicciones no se reconozcan en ningún cliché preestablecido.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Por supuesto, si la Constitución española es reflejo de este reduccionismo atentatorio contra toda la variedad posible de convicciones y creencias, lo es todavía más la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, y también el Código Penal, tal y como expone de manera inmejorable.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Sin embargo, si pretendemos ser rigurosos con el lenguaje que utilizamos, no puedo estar de acuerdo con usted cuando pretende extender esta crítica al concepto de “libertad espiritual” que proponemos en nuestro libro (y sus correspondientes “opciones espirituales”). Dice que la llamada libertad espiritual es una noción completamente paralela a la llamada “libertad religiosa”, y por lo tanto, cómplice de la misma. Y un poco más adelante añale que utilizar la expresión “libertad espiritual” no solo reproduce este razonamiento restrictivo y opresivo, sino que lo agudiza.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;En primer lugar, he de advertir que el libro lo hemos escrito como filósofos de la laicidad, y no como polemistas. Así lo hemos puesto de manifiesto en la última frase del prólogo. Un filósofo tiene que ser muy riguroso con los conceptos que utiliza y no caer en el error de traicionar el sentido genuino de los términos por culpa de diferentes prejuicios históricos. El término “espiritualidad” no hace referencia prioritariamente a la “religión”. Ya en la filosofía griega, antes de que se formara el corpus sistemático de las tres grandes religiones monoteístas, hay ejemplos de formas de espiritualidad inmanentes al propio ser humano, que no precisan de referencias trascendentes. Es el caso por ejemplo de Epicuro, que rechazó el finalismo providencialista y toda intervención divina en los asuntos humanos, haciendo del placer el único principio y fin de la acción humana (véase el texto IV de nuestro libro). Y aún así explicó cómo se puede ser el más virtuoso de los hombres. En este sentido, si se quiere, la “espiritualidad”, ontológica e históricamente es anterior a la religión, tal y como la entendemos nosotros ahora.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Por ello, al identificar espiritualidad con religión o con lenguaje religioso está siendo víctima de un prejuicio histórico muy arraigado en España por la triste tradición del nacionalcatolicismo de Franco, régimen que aún hoy sigue estando muy vigente en muchos aspectos de nuestra sociedad española. Sólo desde el pensamiento mojigato y sesgado que es producto de aquella educación restrictiva se admitiría que “espiritualidad” es un concepto paralelo al de “religión”. Incluso nosotros somos víctimas de esa confusión, porque el término “espiritualidad” nos suena inmediatamente a religión, y concretamente a la religión católica, por culpa de ese prejuicio histórico arraigado en nuestra tradición.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;Es necesario explicar, desde el plano distanciado de la filosofía, el sentido en el que utilizamos el término “espiritualidad”. Entiendo por espiritualidad una forma de trascender el ámbito meramente material dotando de un determinado sentido a nuestro estar y actuar en el mundo. La espiritualidad radica en la conciencia, que es lo que nos distingue de los demás seres sobre la tierra (no se me escapa la complejidad que entraña el problema filosófico de la dualidad materia/espíritu, que es una reformulación del problema cerebro/mente). Sólo el ser humano tiene conciencia, y gracias a ella es capaz de dotar a su existencia de un determinado sentido. Todo ser humano desarrolla su espiritualidad de alguna manera. Ahora bien, hay muchas formas de darle un sentido a nuestra existencia y a lo que hacemos con ella. En otras palabras, hay muchas formas de espiritualidad: sólo una de ellas es la religión, pero no la única. De ahí que podamos considerar la espiritualidad como una carácterística natural, esencial, del ser humano; no así la religión. La religión no es la única forma de expresar la espiritualidad humana, y por supuesto, no tiene por qué ser (ni mucho menos) más excelente que las demás. El filósofo alemán Hegel decía que el Espíritu se desarrollo a través de tres cosas: el arte, la filosofía y la religión. No quiero yo decir con esto que Hegel tuviera razón, o que sólo se desarrolle la vida espiritual a través de estas tres cosas. Pero sí suscribo la intuición que tuvo Hegel al mostrar que la religión no es más que una forma entre otras de desarrollar la vida espiritual. En definitiva, la religión y las creencias religiosas no tienen el monopolio de la espiritualidad. Utilizando la terminología aristotélica, se podría decir que la espiritualidad es el “género”, del que la creencia religiosa no es más que una “especie”.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Por eso, la identificación que usted denuncia en nuestro planteamiento entre “libertad espiritual” y “libertad religiosa”, haciéndolas complices de una reducción absurda del amplio espectro de convicciones que radican o pueden radicar en la conciencia humana, no tiene otro fundamento que la confusión que la tradición clerical del nacionalcatolicismo en España ha creado en el imaginario colectivo. De ahí que trate tal confusión como un prejuicio histórico, que va en contra del sentido genuino de los términos “espiritualidad” y “religión”. La libertad espiritual, por tanto, se identifica con “libertad de conciencia”, y no con “libertad religiosa”, que es un término absurdo, falaz y restrictivo (como muy bien ha mostrado usted), igual que lo sería la expresión “libertad atea”, o “libertad agnóstica”.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Entiendo que algunas expresiones sacadas de contexto de nuestro libro le puedan llevar a interpretar que de nuestro análisis se deduce que no existen más opciones espirituales que la creencia religiosa (como si no existieran creencias no religiosas), el ateísmo y el agnosticismo. Quizás a la hora de redactar el libro, en alguna de sus partes, hemos sido victimas igualmente de ese prejuicio histórico. Sin embargo, una lectura de conjunto del libro pretende dejar claro que la libertad espiritual o libertad de conciencia incluye a los creyentes, de cualquier signo, ateos y agnósticos. Por supuesto, hay formas de creencia que no necesariamente están ligadas a la creencia en un Dios personal, unitario, etc. Usted cita el lamaísmo o el animismo. Incluso hay formas de creencia que están arraigadas en el seno de un planteamiento materialista. Marx, por ejemplo, militaba en favor de una igualdad real entre la burguesía y el proletariado que acabara con las luchas de clases existentes en la sociedad desde la perspectiva del materialismo histórico, que reinterpretaba el materialismo dialéctico de Hegel (no hemos de olvidar que la defensa de unos valores morales, como la libertad, la igualdad, etc. no deja de ser una forma de dar sentido a nuestras actuaciones y a nuestro estar en el mundo, y por tanto, trascienden el mero ámbito de lo material). En el caso de Marx, el fundamento de esta búsqueda de la igualdad no provenía de una instancia transcendental (“la religión es el opio del pueblo”), sino de la propia concepción inmanente del ser humano como portador de unos derechos naturales, entre ellos el derecho a disponer de la propia fuerza de trabajo y de su producto, que estaban siendo conculcados por el progresivo capitalismo industrial. Marx creía en la igualdad. Así, usted plantea la pregunta: “La comunidad animista de Nigeria que no cree en Dios, sino en seres numinosos, ¿son ateos o agnósticos?”. Yo no tendría ningún problema en considerarlos dentro de la opción espiritual creyente, aunque ese tipo de creencia no corresponda a la creencia en el Dios cristiano. Por tanto, cuando decimos que existen tres grandes opciones espirituales (la creencia de cualquier signo, el ateísmo y el agnosticismo) no creo que caigamos en ese reduccionismo simplista que usted denuncia. Incluso hemos defendido lo mismo que usted, a través de los textos de D’Holbach y Bayle, cuando denuncia que el ateísmo no puede ser considerado como una opción meramente negativa (no creer), como si los ateos carecieran de concepciones positivas en cuanto a la virtud moral o a la filosofía. Valga el caso de Marx. Todos los ateos se escandalizarían si sugirieramos que el no creer en Dios significa no creer en nada, al estilo de Dovstoievski (“Si Dios no existe, todo está permitido..”) Los defensores del laicismo, si queremos ser consecuentes, debemos darle un tirón de orejas a Dovstoievski, así como a aquellos que propugnan que el ámbito de la creencia se circunscribe a la creencia religiosa. Creo que estará perfectamente de acuerdo conmigo en este punto.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Si me he explicado bien, habrá quedado claro que cuando utilizamos la expresión “libertad espiritual” (y las tres grandes opciones espirituales), en un sentido riguroso, al margen de prejuicios históricos de determinadas épocas y lugares, estamos haciendo referencia a un principio universalista inherente al pensamiento laico, que no está ni mucho menos ceñido a ningún corsé o molde particularista, como puede ser el lenguaje teológico.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Queda igualmente contestada la crítica que encuentra las raíces de esta expresión en el lenguaje teológico de Agustín (Yo no lo hubiera beatificado nunca: vease el texto XII), que plantea la dicotomía mundo espiritual/mundo terrenal. La expresión “libertad espiritual” y su sentido no está dentro del planteamiento teológico de Agustín de Hipona (en tal caso hubiera sido legítima la crítica que usted plantea al denunciar que los principios del pensamiento laicista permanecen “encorsetados en el lenguaje de la teología”). Cabe entenderla más bien en el seno de la dicotomía materia/espíritu, que es un problema filosófico y no teológico, tal y como he tratado de exponer brevemente más arriba.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Por otra parte, usted critica la idea de que la religión se vincula a una autonomía del mundo espiritual con respecto al mundo temporal. La religión, en tanto creencia que une libremente a los fieles en torno a unos dogmas y al culto a una divinidad determinada, no debe confundirse con clericalismo, que es la ilegítima deriva política de la religión, es decir, la pretensión de dominación de una religión particular sobre la esfera pública a través de la captación de poder público. Un ejemplo claro de clericalismo lo tenemos en España con las continuas declaraciones y acciones de la Conferencia Episcopal Española. Pero no debemos caer en el error de identificar a la Conferencia Episcopal Española con el conjunto de los creyentes católicos de España. No en vano, muchos católicos españoles no se sienten representados por un órgano fanático y clerical que dista mucho de lo que debe ser una religión. Se oye por doquier la impronta “Creo en Dios, pero no en los curas”.&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El laicismo, en orden a hacer efectiva la igualdad de trato de todas las convicciones u opciones espirituales, debe luchar contra todo clericalismo que pretenda ostentar un poder temporal sobre las bases ideológicas de un credo particular. Hemos de distinguir entre religión y clericalismo. La laicidad no está en contra de la religión, al igual que no está en contra del ateísmo ni de ninguna otra opción espiritual, pero sí está en contra de todos los tipos de clericalismo. El clericalismo, del signo que sea, es por definición una “instrumentalización política de cualquier ideología particular (entre ellas la religión)”, y por tanto atenta contra el principio de la libertad de conciencia o libertad espiritual, y contra el principio de la igualdad de trato de todos los ciudadanos, independientemente de la opción espiritual a la que libremente se adhieran. &lt;/div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Muchos creyentes religiosos, que viven su creencia como una “persuasión íntima de su conciencia” (Bayle), dentro de los límites de la vida privada, se sentirían ofendidos cuando usted propone que “las religiones (especialmente las monoteístas) son política, nada más que política y exclusivamente política”. Sin ir más lejos, otro de los autores recogidos en nuestra antología, Leopoldo Alas “Clarín” explicaba cómo se puede ser defensor de los principios del laicismo sin dejar de ser católico, simplemente separando los ámbitos privado y público, y confinando la vivencia de la religión católica al ámbito privado. Victor Hugo, católico confeso, decía “Yo quiero al Estado a lo suyo, y a la Iglesia a lo suyo”. E Immanuel Kant, protestante pietista, denunciaba la práctica clericalista del cristianismo histórico (lo que llamaba “el libro negro del cristianismo histórico”), que no tenía nada que ver con lo que debería ser la vivencia genuina de la religión cristiana, al margen de todo clericalismo.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Sólo en este sentido el laicismo, y el proyecto político de la democracia, debe tener en cuenta la “autonomía del orden espiritual”: Cada cual es libre de seguir su propias convicciones, que nunca pueden ser impuestas ni prohibidas. En este sentido un Estado confesional, que reconozca una religión oficial, estaría “mancillando la autonomía del orden espiritual” en el sentido que está imponiendo una opción particular al conjunto de los ciudadanos. El Estado español, desde mi punto de vista, sigue siendo un estado confesional, puesto que sigue otorgando privilegios públicos ilegítimos a la Iglesia católica que hacen que, aunque no “imponga” –en el sentido fuerte de la palabra- una religión a los ciudadanos y no prohiba no ser católico, sí “orienta” –soy demasiado benévolo utilizando este término- las conciencias en un sentido muy determinado, y con mucha “mala fe”, en el sentido sartreano del término (piénsese en la existencia de clases de religión católica en los colegios y los institutos públicos, con profesores de religión puestos a dedo por los obispos, y pagados con dinero público).&lt;br /&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El orden político no puede entrometerse, por tanto, en las vivencias de las diferentes convicciones particulares, que deben permanecer en todo momento dentro del ámbito de la libertad individual, siempre y cuando tales convicciones particulares no traspasen los límites marcados por los principios universales de justicia y los derechos humanos. Y aquí no hay ninguna discrepancia entre lo que usted plantea y lo que nosotros exponemos en el libro. Me identifico totalmente con sus palabras, cuando dice que en un Estado democrático, laico, es importante respetar el principio de la no intromisión de los poderes públicos en los asuntos de conciencia… “pero esto es un requisito insoslayable mientras tales colectivos no delincan y no conculquen los derechos humanos. Y, en el caso de que lo hagan, no sólo la intervención es legítima sino que es exigible por parte de quienes se ven vulnerados. Y aquí no puede haber ningún trato de excepción o de privilegio por el hecho de que tengan un carácter espiritual”. Evidentemente, cuando un acto atenta contra los principios universales de justicia, o contra los derechos humanos, ese acto deja de tener un carácter privado, y pasa a ser de carácter público, aunque tenga lugar en el seno de una comunidad religiosa. Este es precisamente el argumento que se utilizó en Francia para prohibir en las escuelas públicas de la república el velo islámico y otros signos religiosos ostensibles. En el caso de España es más claro aún: en algún foro últimamente he manifestado mi opinión de que la Conferencia Episcopal Española, y su portavoz Martínez Camino, deberían ser juzgados por algunas de sus declaraciones públicas. Por ejemplo, cuando advierte a los diputados católicos que si, en el ejercicio de su papel como diputados (esfera pública), defienden o no hacen nada ante la propuesta de reforma de la ley del aborto, estarán cometiendo “pecado público” y están concurriendo en “herejía”, y serán castigados por ello, entiendo que traspasan los límites de la libertad de expresión, que es un derecho amparado en la constitución. Pretender recuperar los términos de “herejía” o “pecado público” en el seno de una comunidad religiosa parece demasiado peligroso como ser pasado por alto; pero si eso ya no es tolerable, que pretendan rescatar su poder vinculante en el ámbito del ejercicio del deber en el ámbito público traspasa de forma flagrante todos los límites de lo que debe ser tolerado.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Le invito a leer un artículo de Fernándo Savater, muy riguroso y de menos carácter divulgador de lo que nos tiene acostumbrados, titulado «¿Es tolerable la tolerancia religiosa?», publicado en el número 39 de la revista ISEGORÍA. Revista de Filosofía Moral y Política. En este artículo Savater defiende exactamente lo mismo que usted y yo: es importante tolerar las diversas opciones espirituales. Pero existen límites. Por ejemplo, cuando los grupos de presión clericales que se erigen como representantes de una religión pretenden que en las clases de biología de una universidad se den clases de creacionismo, en vez de estudiar la teoría de la evolución, entonces la tolerancia no está ni mucho menos justificada. En mi libro ¿Debemos tolerarlo todo?, expongo la misma idea, a saber, que la tolerancia solo es una virtud mientras no se superen los límites que la separan del vicio. “Tolerar” los atentados contra la dignidad de las personas, contra la libertad de tener unas convicciones propias y libres, o “tolerar” las amenazas públicas que continuamente vierten sobre los medios de comunicación los altos representantes de la Iglesia Católica en España ya no es una virtud. Se convierte en un vicio. Para poder considerarnos tolerantes tenemos que tener muy claros unos límites que no se pueden pasar, y si se traspasan es legítimo desde el punto de vista de la justicia no tolerar.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Coincido con usted cuando denuncia a ciertos partidos políticos actuales (el PSOE entre ellos) que por no buscarse problemas, trastocan el sentido genuino de la “autonomía del ámbito espiritual”, convirtiéndola en una especie de permisivismo absoluto donde todo vale si viene disfrazado con los ropajes de la religión, incluso los más graves intentos de conculcar los derechos humanos. Según esto, me parece por ejemplo que no debemos permanecer indiferentes ante las declaraciones de Angel Gabilondo, ministro de educación, cuando ante la pregunta por la pertinencia de prohibir los crucifijos en las escuelas públicas, manifestó que la decisión debería adoptarla cada colegio particular. Sorprendente e intolerable falta de responsabilidad pública.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;Agradeciéndole de nuevo su reflexión crítica, espero haber intentado explicar mi posición en esta controversia, que considero eminentemente conceptual, con la mayor claridad posible.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;VER LA RESPUESTA A CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/respuesta-cesar-tejedor-de-la-iglesia.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-7257688071463905053?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/7257688071463905053'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/7257688071463905053'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html' title='RÉPLICA DE CÉSAR TEJEDOR'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Sx2ACPCLZHI/AAAAAAAAAJo/4hNrIwl42dg/s72-c/ANTOLOG%C3%8DA+LAICA.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-380412728265847370</id><published>2009-11-29T18:53:00.003+01:00</published><updated>2009-12-31T10:05:57.100+01:00</updated><title type='text'>¡AHORA SE ENTERA USTED, SAN JOSÉ!</title><content type='html'>&lt;a href="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SxK2Ujg-fUI/AAAAAAAAAJg/AEj8CRDHs_4/s1600/BONOCA%C3%91IZARES.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5409586566672579906" style="WIDTH: 270px; CURSOR: hand; HEIGHT: 283px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SxK2Ujg-fUI/AAAAAAAAAJg/AEj8CRDHs_4/s320/BONOCA%C3%91IZARES.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;No he podido evitarlo, pero hoy, al hojear los diarios, me he visto asaltado por un nada caritativo y nada cristiano ataque de hilaridad. Pongo como ejemplo el ABC de Toledo:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;em&gt;El presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, pidió ayer a la Conferencia Episcopal que no le condene «por ser socialista». Razonó que él no era «un asesino» y, sin embargo, «a Pinochet que sí era un asesino desalmado se le dio la comunión de manera vergonzosa».&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En la clausura del X Congreso de Escuelas Católicas, Bono reconoció la «tristeza» que le había causado la posición de los obispos al negar la comunión para aquellos diputados católicos que den su voto al proyecto de ampliación del aborto que ha empezado a debatirse en el Congreso, salvo que, además de confesarse, manifiesten públicamente su arrepentimiento.&lt;br /&gt;&lt;/em&gt;&lt;br /&gt;Pero, señor mío, si cuando era usted presidente de Castilla - La Mancha ya se le conocía por estos lares como “San José Bono”, nos desayunábamos cada día en la prensa con sus arrumacos (político-religiosos) con el señor Cañizares, nos tragábamos en todos los actos institucionales su sacrosanta devoción a la Virgen, y, tras esa larga etapa, quiso llevar al Congreso de Diputados a la mismísima Madre Maravillas…&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es que entonces usted no conocía la posición de Felipe González con respecto a la extradición de Pinochet; probablemente tampoco llegaron a sus oídos los argumentos del actual Benedicto XVI, entonces gran inquisidor Ratzinger, justificando las acciones del genocida porque “salvaron a Chile del ateísmo”. ¡Devota sordera, beata candidez!&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¡Y ahora se ve picoteado por los pajarillos tan bien alimentados por usted! ¡Conmovedora, su queja! Tanto, tanto, que deseo con todo mi corazón que le den… la Sagrada Comunión. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-380412728265847370?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/380412728265847370'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/380412728265847370'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/ahora-se-entera-usted-san-jose.html' title='¡AHORA SE ENTERA USTED, SAN JOSÉ!'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SxK2Ujg-fUI/AAAAAAAAAJg/AEj8CRDHs_4/s72-c/BONOCA%C3%91IZARES.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-2250069766247775299</id><published>2009-11-24T18:53:00.004+01:00</published><updated>2010-04-18T10:24:22.819+02:00</updated><title type='text'>LA LIBERTAD ESPIRITUAL</title><content type='html'>&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SwwjMjgb8LI/AAAAAAAAAJY/dvECVzhDEFU/s1600/SAN+AGUST%C3%8DN.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5407735951161815218" style="WIDTH: 240px; CURSOR: hand; HEIGHT: 320px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SwwjMjgb8LI/AAAAAAAAAJY/dvECVzhDEFU/s320/SAN+AGUST%C3%8DN.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div&gt;San Agustín de Hipona.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Con la reciente publicación en España del libro Antología Laica, de Henri Peña-Ruiz y César Tejedor de la Iglesia, editado por la Universidad de Salamanca, se me reaviva una vieja inquietud. Si la memoria no me traiciona, hace ya un par de años llegué a manifestarla en algún foro, aunque probablemente no de una manera lo suficientemente didáctica como para ser entendido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La cuestión, en principio, es bastante simple. ¿Por qué razón política o filosófica el pensamiento laicista (o que se pretende tal) tiene que encorsetarse en el lenguaje de la teología? Y, como trataré de explicar, las consecuencias de dicha constricción no son precisamente desdeñables.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para empezar, la llamada “libertad espiritual” (y sus correspondientes “opciones”) es una noción completamente paralela a la llamada “libertad religiosa”, y, por lo tanto, cómplice de la misma, independientemente de que esta sea o no la intención de su autor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La libertad religiosa pone en marcha un tipo de razonamiento taxonómico (si se me permite la extrapolación del término) que ningún ser humano en su sano juicio aceptaría en cualquier otro ámbito de la realidad. Imaginen que se pretenda definir la libertad lúdico-deportiva de la siguiente manera: “Usted es libre de ser jugador, socio o seguidor del Real Madrid, del Barça o de cualquier otro club de fútbol registrado en la Federación Española. O bien es libre de carecer por completo de cualquier afición lúdico-deportiva. A eso lo llamaremos ausencia de aficiones.” Pues bien, supongo que ante tal despropósito se levantarían mil voces indignadas diciendo: “oiga, que yo practico la natación; pues a mí me gusta el tenis; a mi marido, en siesta en sofá, no hay quien le gane”, y no vale la pena seguir con los ejemplos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sin embargo, cuando hablamos de libertad religiosa, el sentido común desaparece, y lo que es el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de cualesquiera convicciones de libre elección se restringe de esta manera zafia en la inmensa mayoría de naciones, y de manera muy especial en España, en su Constitución y en su desarrollo legislativo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Así, la Ley orgánica de libertad religiosa de 1980 reza en su artículo segundo:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía; manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No existen, al parecer, las creencias no religiosas, ni tan siquiera en el sentido orteguiano del término. Además, creer firmemente que toda religión es necesariamente superchería y que toda teología es una egolatría (“egología” decía Unamuno), pensamiento arraigado en algunos seres humanos entre los que me cuento, parece ser también “ausencia” de convicciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Más llamativa, si cabe, es la redacción del artículo 525 de nuestro Código Penal, reformado por ley orgánica en 1995:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Obsérvese que el punto 1 da protección a las creencias y convicciones religiosas y a los individuos que las profesan. El punto 2, sólo a los individuos, ya que no se concibe la existencia de creencias o convicciones de carácter no religioso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La llamada “libertad espiritual” (y sus correspondientes “opciones espirituales”), no sólo reproduce este razonamiento restrictivo y opresivo, sino que lo agudiza. En la introducción del libro mencionado leemos:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Algunos hombres creen en Dios. Otros no. Y aun otros son agnósticos. Tales son los tres grandes tipos de opciones espirituales. Y tal es la realidad de la que podemos partir para esbozar la problemática de la relación entre el poder temporal y la vida espiritual.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y digo que este planteamiento agudiza la restricción impuesta por la libertad religiosa, porque esta última contempla formas de religiosidad no ligadas a la creencia en Dios, como son el lamaísmo o el animismo. Y, desde luego, ambas religiosidades que cito como ejemplo se traducen en proyectos muy sólidos de poder temporal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como encarnación de Buda, el Dalai lama no es Dios. ¿Su opción espiritual es el ateísmo o el agnosticismo? Bueno, en todo caso la intencionalidad de reinstauración de un Estado autocrático lamaísta en El Tíbet está aquí bien presente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La comunidad animista reconocida legalmente en Nigeria no cree en Dios, sino en seres numinosos. ¿Son agnósticos o ateos? Lo cierto es que, constreñidos por leyes emanadas del poder temporal, los integrantes de dichas comunidades no pueden sustraerse a los tabúes impuestos por los voceadores de sus creencias.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Si hacemos un somero recorrido por el mundo de lo religioso (recomiendo la Historia de las ideas y creencias religiosas de Mircea Eliade, porque, aunque enemigo acérrimo de su ideología, me inclino ante el peso de su tremenda erudición), el reduccionismo simplista de las “opciones espirituales” se nos revela en su aplastante realidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No obstante, si lo se que pretende es hacer filosofía política, tratando de dar cuenta de las distintas convicciones desde las que podemos abordar esta problemática que a todos nos concierne, la reducción de las que pueden concebirse como no contempladoras de la creencia en Dios a su mera negatividad (ateísmo o agnosticismo) nada tiene que envidiarle al carácter restrictivo y opresivo de la llamada libertad religiosa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Así, uno puede ser judío, musulmán, católico, protestante… O no creer en Dios (o eludir el pronunciarse) en ninguna de estas versiones, y todos en el mismo saco en cuanto a proyecto “temporal” o ausencia del mismo. Recuerden el ejemplo utilizado al principio sobre el fútbol y las opciones lúdico-deportivas….&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo que ocurre es que a partir de este punto, en la introducción del libro que comentamos, se utiliza un lenguaje puramente teológico, cuyo origen, en su primera versión sistematizada, encontramos en San Agustín: la dicotomía mundo espiritual / mundo temporal. Se trata, eso sí, de una reinterpretación teológica del agustinismo político que ignora la realidad de lo que pretenden las religiones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“La religión, entre otras cosas, se vincula a la idea de una autonomía del mundo espiritual con respecto al mundo temporal” –se dice en el libro que comentamos. Y se añade que “la instrumentalización política de lo religioso, conjugada con el dominio de la religión sobre la política, mancilla tal autonomía”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;No se entiende muy bien por qué razón el proyecto político de democracia tenga que vincularse a la intención de mancillar o no la autonomía del llamado “mundo espiritual”. De hecho, invito a buscar el adjetivo “espiritual” en cuantos diccionarios y enciclopedias tengáis a mano, incluida Internet, para ver desfilar a todo tipo de gurús, astrólogos, magos, nigromantes, espiritistas…, además de los iluminismos religiosos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero, en lo que a las religiones se refiere, y en particular a la dicotomía agustinista, la pretensión de autonomía del “mundo espiritual” sirve siempre a la pretensión de imposiciones de carácter político (es decir, notablemente “terrenales”).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las religiones (especialmente las monoteístas, pero también hemos visto el ejemplo tibetano) son política, nada más que política y exclusivamente política: son intentos explícitos de configurar el poder terrenal, incluso en sus plegarias (“Hágase Tu voluntad así en la Tierra como en el Cielo”). Su especificidad es que este poder “temporal” procede de Dios o de fuerzas sobrenaturales, cuyos designios sólo sus representantes conocen y/o están capacitados para interpretarlos. Para quienes sostienen proyectos políticos, éticos y sociales según los cuales el poder emana (o debe emanar, como conquista) de los seres humanos, plegarse a la citada dicotomía espiritualista es una insensatez.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Qué es el Antiguo Testamento (o, si se quiere, la Torá) si no un conjunto de consignas para configurar el poder político aquí, en la Tierra? ¿Qué es el cristianismo, desde su fundador (me refiero a San Pablo, claro: el “nazareno”, existiera históricamente o no, es un profeta, un gurú, un líder enmarcado en el judaísmo)? Cuando la Iglesia aún no está institucionalizada, San Pablo se ocupa de cosas tan terrenales como dictar el papel político y social de la mujer, regular la sexualidad, las relaciones amo / esclavo y la actitud correcta respecto al poder político. Una vez institucionalizada la Iglesia, y ya con absoluto monopolio de las convicciones en el Imperio Romano, ¿qué es la obra de San Agustín, si no un sistematizado tratado político, ético y social sobre cómo tenemos que vivir en la Tierra? ¿Y qué es el Corán, si no un prolijo código civil y penal, directamente comunicado por Alá a su Profeta?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿De qué estamos hablando cuando nos planteamos la necesidad de “no mancillar” la “autonomía del mundo espiritual”?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Si a la hora de precisar qué es la libertad de pensamiento, de conciencia o de cualesquiera convicciones de libre elección (independientemente del carácter religioso o no religioso de las mismas) aceptamos por un instante la dicotomía agustinista (y, repito, me parece un dislate el hacerlo), de lo que tenemos que ocuparnos es de la “libertad terrenal” y de las “opciones terrenales”. Aquí es donde realmente se expresan en su positividad y se despliegan en sus planteamientos todas las propuestas ideológicas, políticas, sociales, éticas… (incluidas, como hemos visto, las religiosas, que se ocupan notablemente de asuntos terrenales).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¡Y faltaría más que el planteamiento inicial sea “mancillar” o “no mancillar” la autonomía de dichas opciones de pensamiento y de conciencia! ¿Puede un Estado democrático, por no mancillar la “autonomía científica”, permitir los experimentos con prisioneros en campos de concentración, como los que llevaban a cabo los médicos de la Alemania nazi? ¿Por no mancillar la “autonomía artística”, se puede permitir a un inspirado creador asesinar y momificar a seres humanos para producir una imaginería impactante? Son cosas que ni nos planteamos. Ahora bien, si se trata de la “autonomía espiritual”… ¿A cuento de qué vienen estas consideraciones?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El discurso es completamente paralelo al que hacen las grandes religiones. En el Mensaje de Juan Pablo II a la Conferencia Episcopal Francesa en el centenario de la ley de separación de la Iglesia y el Estado, de 11 de febrero de 2005 se decía:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Bien comprendido, el principio de laicidad, muy arraigado en vuestro país, pertenece también a la doctrina social de la Iglesia. Recuerda la necesidad de una justa separación de poderes (cf. Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nn. 571-572), que se hace eco de la invitación de Cristo a sus discípulos: «Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios» (Le 20, 25). Por su parte, la no confesionalidad del Estado, que es una no intromisión del poder civil en la vida de la Iglesia y de las diferentes religiones, así como en la esfera de lo espiritual, permite que todos los componentes de la sociedad trabajen juntos al servicio de todos y de la comunidad nacional.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pues bien, en un Estado democrático, en un Estado de derecho, que es a fin de cuentas el objetivo del laicismo, la no intromisión de los poderes públicos en los asuntos de pensamiento y de conciencia (y en los colectivos que se formen en torno a ellos) es un requisito inexcusable (sean estos colectivos religiosos o no)… Pero esto es un requisito insoslayable mientras tales colectivos no delincan y no conculquen los derechos humanos. Y, en el caso de que lo hagan, no sólo la intervención es legítima sino que es exigible por parte de quienes se ven vulnerados. Y aquí no puede haber ningún trato de excepción o de privilegio por el hecho de que tengan un carácter “espiritual”. Sigo preguntándome de qué se habla con eso de “mancillar” o “no mancillar”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los ejemplos que he puesto arriba sobre la “autonomía científica” o la “autonomía artística” no son tan peregrinos o exagerados como a primera vista parecen. La Iglesia Católica lleva siglos martirizando a cientos de miles de seres humanos, y continúa haciéndolo en la actualidad. Basta con teclear nociones como “Iglesia y abusos sexuales” o “Iglesia y pederastia” en un gran buscador para que aparezca una información abrumadora. Y, en la mayor parte de los casos, los poderes públicos se inhiben, por eso del respeto a la “autonomía de la esfera espiritual”, dejando que el clero resuelva el asunto chantajeando moralmente a las víctimas o sobornándolas con “caritativo” dinero para acallar sus voces. ¡A muchos violadores y abusadores comunes ya les gustaría tener esa misma inmunidad “espiritual”!&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Este lenguaje tan políticamente correcto, tan deseoso de agradar a los poderes fácticos, cuyos paralelismos con las nociones de “libertad religiosa” y de “autonomía espiritual”, proclamadas por los jerifaltes de todas las grandes religiones, resultan manifiestos, ¿sirve realmente para impulsar el laicismo o para entender en qué consiste? ¿No es más bien la manera, aunque esta no sea la intención de su autor, de dar crédito y solidez a una dicotomía que, desde San Agustín, ha servido a la opresión de los seres humanos?&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;VER LA RÉPLICA DE CÉSAR TEJEDOR DE LA IGLESIA:&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html"&gt;http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/12/replica-de-cesar-tejedor.html&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-2250069766247775299?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/2250069766247775299'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/2250069766247775299'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/la-libertad-espiritual.html' title='LA LIBERTAD ESPIRITUAL'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SwwjMjgb8LI/AAAAAAAAAJY/dvECVzhDEFU/s72-c/SAN+AGUST%C3%8DN.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-1427576777976453577</id><published>2009-11-09T19:39:00.004+01:00</published><updated>2009-11-10T18:05:22.296+01:00</updated><title type='text'>UNA MADRE ACUSA A LA ESCUELA</title><content type='html'>&lt;a href="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SvhidPOepYI/AAAAAAAAAJQ/qfMeNHgmszc/s1600-h/madre+acusa+escuela.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5402176007473898882" style="WIDTH: 196px; CURSOR: hand; HEIGHT: 320px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SvhidPOepYI/AAAAAAAAAJQ/qfMeNHgmszc/s320/madre+acusa+escuela.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;Por consejo de un compañero de militancia laicista, he leído este libro en la web, en versión PDF. Escrito en 1979 por una madre de ocho hijos, que también ha sido durante algunos años profesora de secundaria, conserva todavía una gran vigencia en la mayor parte de sus planteamientos. Y lo cierto es que con su autora, Cristina Santa-Ana, comparto muchas de estas acusaciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) En efecto, la jornada estudiantil de un niño o de un adolescente es mucho más larga (contando el tiempo de estudio y las tareas en casa) que la jornada laboral de un adulto. Y esto es un disparate que debería evitarse.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) No existen verdaderas recuperaciones (en la mayor parte de los casos) para los que suspenden.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3) El profesor se ve obligado a trabajar con niveles muy diferentes en un mismo grupo, y con ratios enormes, con lo que es imposible que pueda atender correctamente a todos y hacer un seguimiento individualizado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;4) El número de asignaturas es excesivo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;5) Se convierte el derecho a recibir enseñanza en una obligación que, a partir de los 13 ó 14 años, no puede funcionar. Hay un itinerario único para todos. Quienes no quieren seguirlo están a disgusto, se vuelven conflictivos, y no sólo sufren ellos, sino que molestan a quienes sí quieren y a sus profesores.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Estas cosas forman parte de lo que defiendo frente a la "secta pedagógica" (denominación que tomo, con agrado, de Mercedes Ruiz Paz).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hay otras cosas en las que no puedo estar de acuerdo con esta madre de familia tan sensata. Para empezar, con su no a los exámenes (o a procedimientos más elaborados que podamos inventar para medir, de la manera más objetiva posible, el grado de conocimiento alcanzado). Me parece una contradicción insalvable quejarse de la diferencia de niveles en un mismo grupo y denostar que estos nivelen se midan y se traduzcan en una calificación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Otra cosa que también me choca es su rechazo al "esfuerzo". No soy de los del culto al esfuerzo porque sí, pero cuando hay cosas que lo requieren tampoco podemos convertirlo en algo despreciable. Y sí, al igual que esta madre, deseo que mi hijo sea feliz aquí y ahora, y que su vida no se limite al instituto. Pero a los padres y a los profesores (si alguna vez nos dejan opinar) nos compete esa tarea de buscar el equilibrio entre vivir el presente y prepararse para el futuro. En este punto, los planteamientos de la señora no me parecen nada realistas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y, sobre todo, quisiera enfocar mis propias quejas hacia la confusión generada por ese ejército de mercenarios a los que denomino “secta pedagógica”:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1) Si la escuela tiene como papel principal la educación y no la instrucción, está avocada a la privatización. Este año, mi hijo va a centros privados, fuera del horario escolar, para hacer guitarra, kárate e inglés. ¿Tengo que hacer lo mismo con las matemáticas, con la lengua, con la historia...? Si es así, ya lo educo yo en casa y luego me busco la vida para que le enseñen conocimientos. Eso es lo que desean hacer con la escuela pública el PP y el PSOE, un lugar de socialización para encubrir los conflictos sociales, y confiar la verdadera instrucción que da acceso a trabajos cualificados y a responsabilidades sociales a las iniciativas privadas (y a la clientela que pueda costeárselas). ¡Valiente progresismo! ¡Y valiente elitismo político-económico, enmascarado bajo el disfraz de la igualdad, que ya no es igualdad de oportunidades, sino igualitarismo ramplón y mutilante: hay que tratar igual al que aprende y al que no aprende, al que estudia y al que no, al que se comporta correctamente y al que pega a sus compañeros! Y la literatura al respecto se encuentra en abundancia en internet con sólo teclear varios conceptos clave (entre ellos “escuela democrática” y “secta pedagógica”).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2) Ya que la educación es la función principal, se trata de evaluar valores y convicciones, y no conocimientos. La "objetividad" para hacer algo así sólo podría obtenerse, pues, con una uniformidad del pensamiento del profesorado. Y, claro está, eso implica que la contratación del mismo venga determinada por su perfil ideológico (establecido por la secta pedagógica), y no por su competencia en su materia. Cuando algo así se defiende desde quienes se consideran integrantes del movimiento laicista, exijo que me explique cómo semejante planteamiento puede ser compatible con la libertad de conciencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3) Cuando empecé con el movimiento laicista, me parecía que la presencia en la escuela pública de la religión católica era el problema principal en el camino hacia el laicismo. Hoy creo sinceramente que, sin que este haya dejado de ser un gran problema, la uniformidad de pensamiento exigida al profesorado y a los alumnos por la secta pedagógica es un dogmatismo igual de preocupante. Además, no entiendo a los defensores "democráticos" de la pluralidad social que pretenden que la escuela "democrática" debe ser una prolongación de la misma. La pluralidad no existe cuando esa exigencia les conduce a la uniformidad del pensamiento (y de los valores, de las convicciones) del profesorado y de lo que deben transmitir a los alumnos. Aquí mi inteligencia manifiestamente no llega.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-1427576777976453577?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1427576777976453577'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/1427576777976453577'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/11/una-madre-acusa-la-escuela.html' title='UNA MADRE ACUSA A LA ESCUELA'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SvhidPOepYI/AAAAAAAAAJQ/qfMeNHgmszc/s72-c/madre+acusa+escuela.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-5363747936095597279</id><published>2009-06-07T17:57:00.004+02:00</published><updated>2010-11-09T23:34:12.392+01:00</updated><title type='text'>EDUCACIÓN: LA ESCUELA PÚBLICA TRAICIONADA</title><content type='html'>&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Siwm4Fb4mWI/AAAAAAAAAIs/XIoCiAk-ZAw/s1600-h/escuela.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5344689602755598690" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 186px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Siwm4Fb4mWI/AAAAAAAAAIs/XIoCiAk-ZAw/s320/escuela.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt; &lt;div align="justify"&gt;Parece existir un consenso generalizado, en el seno del movimiento laicista, por la demanda de una escuela pública y laica. Dicho consenso se diluye en cuanto pretendemos plantearnos el papel de la misma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;De hecho, la polémica (con la dicotomía instrucción / educación) se remonta a los orígenes de la propia escuela pública, y todavía hoy continúa viva, sin encontrar soluciones satisfactorias.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como es bien sabido, el primer proyecto ambicioso y de ámbito estatal de escuela pública se remonta a Condorcet, en 1792, y, aunque nunca realizado con fidelidad, contiene el germen de lo que a finales del siglo XIX será la escuela pública en Francia, proceso que se completa con la Ley de separación de las iglesias y el Estado de 1905.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Un proceso semejante jamás ha tenido lugar en España, si exceptuamos los breves años de la II República.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Al elaborar sus escritos sobre la instrucción pública, Condorcet parte del monopolio casi exclusivo que, hasta la Revolución Francesa, la Iglesia Católica ejerce sobre la enseñanza, ya se trate de la Universidad, de los colegios universitarios o de los colegios religiosos. Eso sin contar con el desafío que supone el hecho de que más del ochenta por ciento de la población francesa es, en esos momentos, gracias a la monarquía absoluta y a la Iglesia, completamente analfabeta.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Condorcet no alberga dudas: lo que libera a los seres humanos, lo que los hace emancipados y libres, es el saber.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Los padres, cualquiera que sea su creencia, cualquiera que sea su opinión sobre la necesidad de tal o cual religión, podrán entonces enviar sin reticencias a sus hijos a los centros nacionales. Y los poderes públicos no habrán usurpado en absoluto los derechos de la conciencia, bajo pretexto de iluminarla y de conducirla.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La polémica ya estaba servida. Es cierto que, desde entonces, en muchos textos se vienen utilizando como sinónimos términos como instrucción, educación, formación, enseñanza… Pero si nos centramos en el papel de la escuela pública, con la dicotomía instrucción / educación que siempre acompaña las diferentes opciones políticas, encontramos significaciones netamente diferenciadas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En palabras de Salvador López Arnal:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“La contraposición entre educar e instruir normalmente apunta a la diferencia entre transmitir información, conocimientos, destrezas, describir situaciones, explicar leyes o demostrar teoremas, que sería instruir (a veces, sinónima de enseñar) y, por el otro lado, formar al individuo, ayudar a construir su personalidad, su moral, sus valores éticos, estéticos, sus formas sociales de comportamiento, las bases de su perspectiva política (sin adoctrinamiento dogmático),… todo lo cual sería educar o formar. La contraposición se presenta a veces de forma excluyente o casi excluyente: cuando se instruye, se enseña y no se educa; si se educa, no se pretende instruir.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo cierto es que la polémica nunca se ha planteado de esta manera excluyente, por lo menos no de un modo sincero y abierto. La Iglesia siempre ha pretendido formar (y lo ha hecho y continúa haciéndolo con adoctrinamiento dogmático), pero no ha podido excluir la enseñanza (los jesuitas y el Opus Dei se llevan la palma en lo que a Universidades confesionales en España se refiere). Al usar y abusar del término “formación”, muchas de las tendencias pedagógicas actuales hablan de “formación integral de la persona”, calcando sin el menor sonrojo el viejo lenguaje de la Iglesia Católica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Quienes, por otra parte, sostienen que el papel de la escuela es instruir (enseñar), proporcionar conocimientos que posibiliten la autonomía y la emancipación de los futuros ciudadanos adultos, no ignoran que en la transmisión y adquisición racional del saber también se incluyen aspectos educativos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Porque educar es, en efecto, enculturar; es decir, introducir en la cultura, en el sentido etnológico del término. Y este proceso de enculturación se produce, deliberadamente o no, en todos los ámbitos de la realidad donde se ubica un niño o un adolescente. La escuela pública, incluso en el caso de que políticamente se le asigne como papel la instrucción, no deja de ser un ámbito de enculturación y, por lo tanto, de educación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pero esta tarea educativa está perfectamente delimitada por el ámbito que le es propio: el proceso de transmisión y de adquisición del saber, con los valores que, desde nuestro sentido común y desde el uso crítico de la razón, son inherentes al mismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo contrario, sin embargo, no ocurre. Cuando la decisión política consiste en atribuir a la escuela el papel de educar en todos los ámbitos de la personalidad, el conocimiento es algo que puede soslayarse, limitarse o manipularse en función de intereses particulares.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Me remito a las palabras de Juan Antonio Planas Domingo, Presidente de la Confederación de Organizaciones de Psicopedagogía y Orientación de España, en una Carta al Director publicada por “El País” el 17 de enero de 2009:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Hay que asesorar al profesorado en cuanto a problemáticas que antes se desconocían, como alumnado disruptivo, desmotivación, déficit de atención, hiperactividad, anorexia, bullying, o ciberadicción. También precisan formación en temas como materiales específicos para la diversidad, agrupamientos flexibles, nuevas tecnologías aplicadas a la educación, evaluación, mejora de la tutoría, medidas para mejorar la convivencia, etcétera. El futuro profesorado precisará experiencias directas y ejemplificaciones de la tarea de enseñar, más que conocimientos de su propia disciplina que al poco tiempo quedarán obsoletos.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Creo que con mayor claridad no podría expresarse la pretensión de este ejército de “pedagogos” y de “expertos en educación”, fabricado y agrandado desde la LOGSE, como mercenarios al servicio de la decisión política (compartida, con distintos matices, por el gobierno y la oposición) de privar a la escuela pública de su razón de ser y, por lo tanto, de destruirla.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es cierto que las matemáticas o la física de hoy, o una parte de ellas, quedarán obsoletas dentro de cien años. ¿Para qué estudiar, pues, las matemáticas o la física de hoy? Si, además, sabemos que la estupidez y la ignorancia siempre estarán al día, sobre todo si se fomentan.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Deberíamos tener también en cuenta que cuando se habla de escuela pública se está hablando de todos los niveles preuniversitarios de enseñanza, y no sólo de educación infantil o de educación primaria. La genial solución de los “pedagogos” consiste en infantilizar a adolescentes y a adultos (los alumnos pueden permanecer en el instituto hasta los 18 años en la ESO y hasta los 20 en Bachillerato). Todo se convierte en una clase unitaria, con el profesor de inglés (¿y para qué debe saber inglés este profesor, si es una lengua que en mil o dos mil años habrá cambiado completamente?) tratando la anorexia dentro del aula. En el futuro, los adolescentes “educados” hoy seguirán siendo eternos niños de teta, incluso dentro de sus tumbas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El resultado es obvio: los padres abandonan la escuela pública, constantemente zancadilleada por el ejército de “pedagogos” mercenarios, y desvían a sus hijos hacia la escuela privada, con la esperanza de encontrar en ella una enseñanza seria. Dicha enseñanza, claro está, va siempre acompañada del adoctrinamiento moral religioso, ya que el noventa por ciento de los centros concertados son confesionales. En la comunidad de Madrid, el alumnado inscrito en dichos centros ya supera al de los centros de titularidad pública, con la sonrisa complaciente de Doña Esperanza Aguirre, que jamás hubiera esperado encontrar aliados tan fieles en las filas de quienes se consideran “progresistas”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Porque hay además un aspecto que parece escapar a la atención de quienes, de buena fe, defienden desde las filas del laicismo que el papel esencial de la escuela pública es la educación, quedando la enseñanza de conocimientos en un plano anecdótico, e incluso, como ocurre en el texto del “pedagogo” citado, completamente despreciable. La educación, desde el punto de vista de los derechos humanos (que, supuestamente, defendemos), es algo prioritariamente atribuible a los padres o a los tutores legales de los menores. A la derecha conservadora se la dota, pues, de todos los argumentos, en contra de una escuela pública “adoctrinadora”, para defender un adoctrinamiento libremente elegido en la escuela privada y concertada: el de carácter religioso. Eso es algo que Mariano Rajoy ha sabido explotar a fondo en sus campañas, con motivo de la “educación para la ciudadanía”, con una sonrisa cínica y satisfecha que se merece el aplauso a la astucia, frente a la panfilia, la ignorancia o la interesada mala fe de tanto pseudoprogresista.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En efecto, si la función de la escuela es educar, enculturar, inculcar valores, ésta se convierte o está obligada a convertirse en una prolongación de la familia y del entorno social más inmediato: es decir, está condenada a la privatización, porque la moral es algo familiar, tribal, étnico, y, por lo tanto, algo perteneciente a la esfera privada. Mantener así una enseñanza pública carece de sentido, y, económicamente, resulta mucho más costoso que el simple cheque escolar y la constante tendencia a la privatización. Allí papi y mami pueden decidir qué se enseña a sus eternos retoños, quiénes les enseñan y cómo les enseñan. Para el príncipe de Gales, que ya sexagenario sigue siendo hijito de la Reina como única profesión conocida, la solución puede valer. ¿Qué hacemos los padres conscientes de que nuestros hijos necesitan saber matemáticas, lengua, historia, idiomas… para convertirse en adultos libres? ¿Nos plegamos al adoctrinamiento religioso de la escuela privada o dejamos que pierdan el tiempo con profesores que “no necesitan conocer su disciplina” sino que deben tratar la disrupción o la anorexia en clase de francés?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por fortuna, la situación de la escuela pública no es todavía esta, pero es el camino hacia el que conduce inevitablemente la nueva pedagogía.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En sucesivos artículos trataremos de cuestiones como el “corporativismo” del que acusan al profesorado que pretende enseñar, además de la descalificación personal y los ataques ad hominem como único argumento, desde las filas de esa pedagogía mercenaria. También de conceptos como “escuela inclusiva” y “escuela democrática”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hasta entonces.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-5363747936095597279?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/5363747936095597279'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/5363747936095597279'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2009/06/educacion-la-escuela-publica.html' title='EDUCACIÓN: LA ESCUELA PÚBLICA TRAICIONADA'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/Siwm4Fb4mWI/AAAAAAAAAIs/XIoCiAk-ZAw/s72-c/escuela.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-8954735806644833976</id><published>2008-11-02T09:57:00.000+01:00</published><updated>2008-11-02T10:59:09.178+01:00</updated><title type='text'>LOS ESTADOS UNIDOS DE DIOS</title><content type='html'>&lt;a href="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQ151-RnLFI/AAAAAAAAAIM/D4qtmQfBd2M/s1600-h/Obama.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5263997507622874194" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 160px" alt="" src="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQ151-RnLFI/AAAAAAAAAIM/D4qtmQfBd2M/s320/Obama.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;.&lt;br /&gt;La separación de las iglesias y el Estado, formalmente expresada en la constitución de los USA, es también aquí, como en otras partes del mundo, una pobre quimera.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Cuando el actual presidente, George W. Bush, inició su mandato, en enero de 2002, anunció un programa nacional de “iniciativa basada en la fe”, que debía movilizar a las iglesias para combatir males sociales como la droga o la pobreza. Para llevarlo a cabo, se creó en la Casa Blanca el departamento “Faith-Based and Community Initiatives”. El dinero público entregado a los aliados fundamentalistas del Presidente ha servido de trampolín para la llegada de candidatos republicanos al Congreso y al Senado, mientras que, tras ocho años de funcionamiento, los partidarios del programa no han podido probar que este funcionara mejor que los programas gubernamentales de carácter laico. La iniciativa desde la esfera de lo público para paliar la pobreza se entrega así a las comunidades religiosas, que la administran en forma de caridad y de adoctrinamiento.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pues bien, el candidato Barack Obama, que ha centrado en la religión la mayor parte del peso de su campaña, ya ha declarado de manera reiterada que los servicios sociales basados en la fe serían el centro moral de su administración.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por su parte, para no quedar a la zaga en política interior, su rival, John McCain, también ha declarado su pretensión de apoyar este tipo de programas de “iniciativas basadas en la fe”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Renacen o perviven, pues, gane quien gane, los Estados Unidos de Dios. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-8954735806644833976?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/8954735806644833976'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/8954735806644833976'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2008/11/los-estados-unidos-de-dios.html' title='LOS ESTADOS UNIDOS DE DIOS'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQ151-RnLFI/AAAAAAAAAIM/D4qtmQfBd2M/s72-c/Obama.jpg' height='72' width='72'/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7653922506676017855.post-6340998141574252875</id><published>2008-11-01T18:08:00.000+01:00</published><updated>2008-11-01T19:01:25.950+01:00</updated><title type='text'>ROUCO Y EL LAICISMO</title><content type='html'>.&lt;br /&gt;De un artículo aparecido el EL PAÍS el pasado 16 de octubre extraigo la siguiente cita:&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;El cardenal Antonio María Rouco Varela, presidente de la Conferencia Episcopal Española, ha impulsado en el sínodo de los obispos de Roma un nuevo despertar en la conciencia de los cristianos para "iluminar con el Evangelio la vida pública". La Iglesia debe ser fermento de las culturas modernas, y participar en la vida pública y los debates legislativos, afirmó Rouco, para oponerse al laicismo, esa gran fuente de peligros históricos: "El Estado moderno, en su versión laicista radical, desembocó en el siglo XX en las formas totalitarias del comunismo soviético y del nacional-socialismo", advirtió. &lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;em&gt;.&lt;/em&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Las imágenes que ven aquí no son, pues, lo que parecen.&lt;/div&gt;.&lt;br /&gt;&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyVAf8gbhI/AAAAAAAAAIA/hZzYPeiWz7s/s1600-h/NAZISMO001.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5263745900297088530" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 218px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyVAf8gbhI/AAAAAAAAAIA/hZzYPeiWz7s/s320/NAZISMO001.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;A la izquierda, dos laicistas disfrazados.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;&lt;a href="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyVAD1XFhI/AAAAAAAAAH4/eOHe_e8BR8w/s1600-h/NACISMO002.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5263745892750923282" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 236px" alt="" src="http://2.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyVAD1XFhI/AAAAAAAAAH4/eOHe_e8BR8w/s320/NACISMO002.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;Aquí son muchos los disfrazados.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;&lt;a href="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyU-ffhtmI/AAAAAAAAAHw/Bq5aM4lV3OM/s1600-h/NACISMO003.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5263745865815799394" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 231px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyU-ffhtmI/AAAAAAAAAHw/Bq5aM4lV3OM/s320/NACISMO003.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;Que no, que no es el Arzobispo Coch.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;&lt;a href="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyU99Hm_8I/AAAAAAAAAHo/GKLzAGQNW-g/s1600-h/NACISMO004.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5263745856588677058" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 230px" alt="" src="http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyU99Hm_8I/AAAAAAAAAHo/GKLzAGQNW-g/s320/NACISMO004.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;Qué manía la de estos laicistas de hacerse pasar por hombres de iglesia. Menos mal que tenemos al señor Rouco para reestablecer la verdad histórica.&lt;br /&gt;.&lt;br /&gt;&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyU9XUvO-I/AAAAAAAAAHg/dIAd50s1PUA/s1600-h/NAZISMO005.jpg"&gt;&lt;img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5263745846443195362" style="WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 219px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyU9XUvO-I/AAAAAAAAAHg/dIAd50s1PUA/s320/NAZISMO005.jpg" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;Joder, si en España el sanguinario Franco también se alzó contra la República con la ayuda de laicistas disfrazados de jerarquía católica. Debía de ser una costumbre de la época. Ya nos lo aclarará el eminente Doctor Rouco Varela.&lt;a href="http://3.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyQXCPQ-tI/AAAAAAAAAGo/wbmTWbrbU2A/s1600-h/NACISMO002.jpg"&gt;&lt;/a&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7653922506676017855-6340998141574252875?l=laicismoypolitica.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6340998141574252875'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7653922506676017855/posts/default/6340998141574252875'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://laicismoypolitica.blogspot.com/2008/11/de-un-artculo-aparecido-en-el-pas-el.html' title='ROUCO Y EL LAICISMO'/><author><name>Juan Francisco González Barón</name><uri>http://www.blogger.com/profile/16575629330774317016</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='24' src='http://2.bp.blogspot.com/-xkMYIB40e-U/TY4ecmYzeGI/AAAAAAAAAMk/wnm_rMzlxes/s220/P3030003.JPG'/></author><media:thumbnail xmlns:media='http://search.yahoo.com/mrss/' url='http://4.bp.blogspot.com/_EvF3c8eVEro/SQyVAf8gbhI/AAAAAAAAAIA/hZzYPeiWz7s/s72-c/NAZISMO001.jpg' height='72' width='72'/></entry></feed>
